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Artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo

Capítulo II. Contenido del contrato de trabajo · Sección 5ª. Tiempo de trabajo Actualizado el Texto vigente en el BOE ↗ 246 consultas

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Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo

1. A los efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. El empresario que recurra regularmente a la realización de trabajo nocturno deberá informar de ello a la autoridad laboral.

La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias.

Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual.

Resultará de aplicación a lo establecido en el párrafo segundo lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 34 de esta Ley. Igualmente, el Gobierno podrá establecer limitaciones y garantías adicionales a las previstas en el presente artículo para la realización de trabajo nocturno en ciertas actividades o por determinada categoría de trabajadores, en función de los riesgos que comporten para su salud y seguridad.

2. El trabajo nocturno tendrá una retribución específica que se determinará en la negociación colectiva, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se haya acordado la compensación de este trabajo por descansos.

3. Se considera trabajo a turnos toda forma de organización del trabajo en equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas.

En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.

Las empresas que por la naturaleza de su actividad realicen el trabajo en régimen de turnos, incluidos los domingos y días festivos, podrán efectuarlo bien por equipos de trabajadores que desarrollen su actividad por semanas completas, o contratando personal para completar los equipos necesarios durante uno o más días a la semana.

4. Los trabajadores nocturnos y quienes trabajen a turnos deberán gozar en todo momento de un nivel de protección en materia de salud y seguridad adaptado a la naturaleza de su trabajo, incluyendo unos servicios de protección y prevención apropiados, y equivalentes a los de los restantes trabajadores de la empresa.

El empresario deberá garantizar que los trabajadores nocturnos que ocupe dispongan de una evaluación gratuita de su salud, antes de su afectación a un trabajo nocturno y, posteriormente, a intervalos regulares, en los términos que se establezca en la normativa específica en la materia.

Los trabajadores nocturnos a los que se reconozcan problemas de salud ligados al hecho de su trabajo nocturno tendrán derecho a ser destinados a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa y para el que sean profesionalmente aptos. El cambio de puesto de trabajo se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 41, en su caso, de la presente Ley.

5. El empresario que organice el trabajo en la empresa según un cierto ritmo deberá tener en cuenta el principio general de adaptación del trabajo a la persona, especialmente de cara a atenuar el trabajo monótono y repetitivo en función del tipo de actividad y de las exigencias en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Dichas exigencias deberán ser tenidas particularmente en cuenta a la hora de determinar los períodos de descanso durante la jornada de trabajo.

Preguntas frecuentes sobre el artículo 36

Resumen de las dudas que más se repiten en las consultas de este artículo, con la respuesta que dio el equipo.

¿Puedes trabajar más de dos semanas consecutivas en turno de noche?

En empresas con procesos productivos continuos durante las 24 horas debe tenerse en cuenta la rotación y ningún trabajador debería permanecer de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria. El artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores dice que se tendrá en cuenta este criterio, por lo que debes negociar que se respete. Ver la consulta original ›

¿Es legal trabajar más de ocho horas diarias en un turno nocturno?

La respuesta del equipo señala que no puedes trabajar más de ocho horas diarias en turno de noche. Debes consultar el convenio, y la empresa tiene que proporcionarte un calendario que respete la jornada pactada y los descansos legales. Ver la consulta original ›

¿Puedes trabajar solo durante la noche?

El Estatuto de los Trabajadores no prohíbe trabajar solo durante la noche. Deben cumplirse una vigilancia específica de la salud, una retribución especial y las medidas correspondientes a la evaluación de riesgos del puesto. Consulta también lo que establezca tu convenio. Ver la consulta original ›

¿Cómo se retribuyen las horas trabajadas durante la noche?

El trabajo nocturno debe tener una retribución específica, determinada por la negociación colectiva. El artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores permite que el convenio establezca un plus nocturno o que se compense mediante descansos. Ver la consulta original ›

¿Puedes solicitar un cambio de turno para conciliar el trabajo y el cuidado de tus hijos?

Puedes solicitar a la empresa un cambio de turno para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar. El artículo 34.8 del Estatuto vincula la duración y distribución de la jornada al ejercicio de este derecho, aunque existen sentencias que desestiman cambios de turno cuando no van acompañados de una reducción de jornada. En cualquier caso, hay que intentarlo. Ver la consulta original ›

¿La empresa puede cambiarte un turno fijo que llevas meses realizando?

Debes revisar si tu contrato establece el turno de mañana y qué dispone el convenio. El horario puede modificarse por razones objetivas; si no estás de acuerdo, puedes rescindir el contrato con la indemnización prevista para la modificación sustancial de condiciones objetivas. Ver la consulta original ›

¿Deben cambiarte de turno cada quince días por trabajar de noche?

Si el contrato establece que trabajarás en turnos de tarde o de noche, trabajar de noche puede cumplir lo pactado. Para determinar si existe obligación de rotar, hay que consultar el convenio aplicable, el convenio de empresa y la práctica habitual reflejada en los calendarios. Ver la consulta original ›

Guías prácticas sobre el artículo 36

246 consultas

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Respondiendo a

  1. delfin jimenez

    nos ponen un horario rotativo y dias de libranza alternativas.mi mujer trabaja en el mismo departamento y en la misma seccion.¿NOS DEBEN DE RESPETAR LOS HORARIOS Y LIBRANZAS.trabajamos para la administracion.gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      El estatuto de los trabajadores, prevee derechos individuales y derechos colectivos, pero no aparece el derecho familiar, más alla del derecho individual a la conciliación de la vida familiar y laboral. Es muy complejo lo que me preguntas y solo me ocurre abrir una negociación que permita resolver el problema que planteas. Yo recurriría a un abogado o sindicato para tratar el asunto.

      Suerte en todo caso.

      Responder

    • julian

      buenas en la en presa donde trabaja mihijo con una minusvalia del 66% la en presa eulen a sancinado x que seleolvido acer unas papeleras y pasar con la mopa y fregar pues seve que la en cargada leacojido mania amihijo con 2 dias 20 y 21 d dicienbre selo dieron por escrito el dia 16,12,011y puso no con forme y luego la en presa le manda un burofax el 21,12,011 diciendole que esta sancionado con 2 dias de susupension y en pleo y sueldo 2 dias 26y 27 d dicienbre bale esto esto eslegal lo puede acer mihijo tiene uncontrato de minusbalido el certificado d minusbalia x intelijencia limitada y discspacidad del sistema auditivo x perdida neurosensorrial de oido podemos poner una de nuncia ante la hispecion de trabajo o de mandar ala en presa x la sancion de los 4 dias lemandamos ala en presa un escrito diciendo que haviendo presentado esteescrito en en cual le recuerdo que ya cunpli la sancion inpuesta x la en presa los dias 20 y 21 d cicienbre 2011 retifiquen en sucomunicacion por burofax y den x cunplidoa la sancion impuesta x la en presa los dias 26 y 27 de dicienbre del 2011 sele manda x fax ala en presa bale an dia 23d dicienbre viene la en ccargada y madice de palabra que son 2 cartas diferentes que ago que puedo acer pon go una de manda en majistratura o una denuncia al hispector de trabajo x discriminacion llebo en la en presa casi un año lo are en en enero 2012 el contrato que tengo esindifinido de minusbalido gracias unsaludo julian

      Responder

      • Equipo del EstatutoEquipo

        Evidentemente vete inmediatamente a un abogado laboralista o sindicato pero creo que deberias mandar.

        Por otro lado, ruego que no se utilice lenguaje sms en estas consultas porque es una locura leerlo y entenderlo.

        Responder

    • Gustavo

      Hola quería hacer una consulta si mi jornada laboral empieza a las 17 horas y termina a las 7 de la mañana del siguiente día quería saber si me pertenece la nocturnidad por que hace mas de 4 meses que trabajo y no me pagan nocturnidad trabajo en seguridad

      Responder

  2. maria

    Mi contrato es de turno fijo de noche (22:00-08:00h). Ahora nos están haciendo un curso de formación que empieza a las 13:30h y la empresa lo considera obligatorio y necesario. Considero que se tendrían que respetar mis 8 horas de sueño el problema es que la empresa no, evidentemente. ¿Hay algún artículo en el Estatuto que hable de esto?

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Articulo 34, apartado 3. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.

      Creo que esta claro ¿no?

      Responder

      • Elisabeth

        Pero habla de formación no de otra jornada laboral. O la consideración a todos los efectos es la misma? Gracias

        Responder

    • Yesi

      Trabajo por las noches 6 días a la semana de vigilancia nocturna y la empresa me tiene dada de alta como limpiadora y no dada de alta como trabajador nocturno trabajo festivos tb abría alguna multa para esta empresa?

      Responder

  3. Ricardo

    Soy un trabajador de caracter indefinido y a tiempo completo,mi duda es la siguiente...

    La empresa permite hacer el cuadrante de turnos a otro trabajador como yo,pero se lo permiten por cobrar un plus de responsable del equipo y por ser miembro del comite de empresa,somos cuatro fijos y un exporadico.
    La cuestion es que ponen los turnos que quiere este trabajador...,este ha convencido a los otros y les ha firmado los turnos de aqui a final del año.Yo no estoy confome ya que no han contado conmigo para hacer este cuadrante y es abusibo y arbitrario ya que me obligan a trabajar muchos dias sin descanso alguno y sin forma alguna ni logica.

    La empresa se ampara en que son mayoria y no hace nada al respecto...,es mecesario que denuncie?

    Muchas gracias.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Si es como cuentas, es muy grave, y creo que deberías denunciar. Acercate a un abogado laboralista o a un sindicato diferente al que pertenece ese delegado y denuncia lo que te pasa.

      Responder

  4. Isabel

    Buenas, esta es una consulta para mi novio, comenzó a trabajar en una empresa hace un mes, su contrato pone que trabajara en turnos de tarde o de noche y lleva un mes trabajando de noche, es legal? no debería cambiar de turno cada 15 días?
    Gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Si en el contrato pone que trabajará de tarde o de noche, y esta trabajando de noche, se está cumpliendo el contrato.

      Para que haya rotación, hay que estudiar el convenio de aplicación, el convenio de empresa si lo hubiera y la práctica habitual en calendario de la empresa.

      Pero en principio, con los datos que hay, no hay nada irregular.

      Responder

  5. Eva

    En el caso de tener un turno rotatorio, mañanas, tardes y noches, al incorporarse de una baja, el día del alta cuadra tener por cartelera turno de noche, mi pregunta es: ¿la empresa puede solicitar al trabajador que se incorpore a las doce de la noche a su puesto de trabajo porque ya es el día siguiente al alta? El turno es de 22h a 08h por convenio, y la empresa dice que le corresponde trabajar de 22 a 00h al trabajador que sustituía la baja, y de 00h a 08h al que se incorpora de la baja. ¿Es esto así?
    Gracias.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Esta pregunta es de examen juridico y no la resuelve el estatuto de los trabajadores, por lo que solo voy a apuntar una idea. El día laboral desde la que se está de alta médica es el indicado por el parte de alta, pero cuando se trabaja de noche, a efectos de día laboral se considera el que mas horas tiene en la jornada, es decir, si se hacen dos horas en un día natural y ocho horas en otro día natural, el que se cuenta es el de mas horas, pero el turno es único. Yo creo, pero solo creo, porque habría que mirar jurisprudencia, que debería trabajar todo el turno el trabajador que esta de alta médica.

      Responder

  6. yolanda

    Mi pregunta es: si mi empresa está subcontratada y la empresa principal le pide que cambie los turnos a los tabajadores, pasando a ser de mañana, tarde y noche cuando antes solo eran de mañana y tarde, y muy probablemente se incluirán sábados y domingos. ¿Qué obligaciones tiene mi empresa a la hora de formular el nuevo contrato?¿debe incluir, plus de turnicidad y nocturnidad?

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      El estatuto establece que en convenio se mejore la retribución por la nocturnidad, no asi con la turnicidad. Pero puede ser que tu convenio lo haga, por lo que te dirijo a el para responder esta pregunta.

      Esta pagina web, no va a responder a preguntas relacionadas con los contenidos de contratos entre empresas, porque ni es su cometido, ni puede entrar a valorar eso.

      Lo siento. vuelvo a recordar que esta web no tiene ánimo de lucro y se mantiene por la publicidad y las donaciones de los usuarios, que agradecidos pulsan en el botón de donación y que solo responde de lo que afecta a la interpretación del estatuto de los trabajadores.

      Responder

  7. Juan Jesús

    Hola, mi trabajo es por turnos, cumpliendo 39 horas semanales por convenio, a razón de trece horas por día. Una noche a la semana desde las 20:00 hasta las 9:00 del siguiente(13 horas), y sábados y domingos desde las 9:00, hasta las 22:00. La cuestión es la siguiente: El 25 de Diciembre de este año a caído en Domingo, pero el día festivo lo han pasado al 26 de Diciembre y la empresa le dará el día compensado por el trabajo realizado a aquellos que trabajan el 26. ¿Cómo es posible que yo trabaje el día festivo real (el 25) y se lo den a el que trabaja el día siguiente (el 26)? ¿Es legal?.
    AGradecería que me indicasen algún texto al respecto si lo hay.
    un saludo y gracias por anticipado.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Es muy delicada la pregunta. Pero a ciencia cierta, si el día 26 ha sido declarado oficialmente en tu provincia o comunidad como día festivo, ese día hay que compensarlo seguro. Y eso trae como consecuencia que tu domingo, a pesar de ser el 25 de diciembre es un domingo como otro cualquiera del año a efectos laborales.
      No creo que haya otra posible lectura del caso que me indicas. Pero si tienes dudas consulta a un sindicato o abogado laboralista.

      Responder

  8. Vane

    Hola,

    Trabajo en una entidad pública, con la Ley 6/2011, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas nos aplican la subida de 111.5 horas anuales, mi jornada de trabajo es siempre de tarde de 2 a 9, y trabajamos también festivos y fines de semana según nos corresponda. A la hora de aplicar la ley nos van a aplicar el apartado referido a turnos
    "- Turnos
    Respetándose los preceptivos descansos, se añadirán al número de días que se trabajan actualmente al año los días que, conforme al horario establecido, correspondan a un incremento de jornada de 111 h. 30 m. en cómputo anual".

    ¿Debe ser esto así?

    Un saludo y gracias

    Responder

  9. Ana Isabel De las Muelas

    Buenos días, en nuestra empresa se diferencia los turnos en tres grupos:
    Turno 1: mañanas o tardes de lunes a domingo con festivos.
    Turno 2: mañanas y tardes de lunes a domingo con festivos.
    Turno 3: mañanas, tardes y noches de lunes a domingo con festivos.
    El turno 1 y el turno 2 hacen las mismas horas al año que los que trabajan de lunes a viernes 7 horas, o sea 1562 horas. Los del turno 3 como hacen turnos de 8 horas pues hacen más horas que los demás turnos.
    A la hora de ampliarnos la jornada de trabajo 30 minutos, no han tratado igual a los tres turnos con lo que trabajaremos al año 16 días más que los trabajadores de lunes a viernes.
    ¿Está bien hecho lo de tratar a los tres turno por igual? ¿Hay que considerar que los que trabajan a turnos son los del turno 3 y no los del turno 1 y 2? Gracias.

    Responder

  10. manuel garcia

    hola soy un trabajador nocturno quisiera saber que descanso tenemos en el turno y donde lo pone ejemplo salud laboral hay que descansar cada dos horas diez minutos ( para fumar o descansar la vista) aparte de los 20 minutos para tomar un bocadillo etc me gustaria saber si es asi en donde lo pone para ponerselo a mi jefe en la cara . gracias espero me responda en mi correo electronico gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Me vas a perdonar pero no te vamos a responder a tu correo electronico, porque no lo hacemos ni contigo ni con nadie. Y porque para las soluciones personalizadas estan los servicios profesionales de abogados o sindicatos que cobran por su trabajo.

      Dicho esto, lo que pone el estatuto de los trabajadores en su artículo 36 esta claro y sobre todo orienta a la negociación colectiva. Deberias mirar tu convenio de aplicación y seguro que hay se concreta mas las condiciones del trabajo nocturno.

      Responder

  11. Ann

    Mi duda es con respecto a los horarios de trabajo y a como se computan. Mi horario de trabajo es un poco complicado e intentaré explicarlo lo mejor posible. Yo trabajo de lunes a viernes de 8:00 a 14:00, luego cada quince días (un viernes si y un viernes no) trabajo de noche, de 22:00 a 5:00 de la madrugada. Y la semana que trabajo de noche voy dos tardes a la semana, de 16:30 a 19:00 y la semana que no me toca trabajar de noche voy tres tardes a la semana en el mismo horario más o menos. En total son 40 horas, pero mi duda es ¿si las horas que trabajo de noche se computan igual que el resto o se ha de compensar con descansos?en la nómina no hay ningún plús por el trabajo de noche. Muchas gracias por todo.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      El trabajo nocturno debe retribuirse específicamente, del modo que se determine en la negociación colectiva, por tanto será el convenio colectivo por el que estas afectado en el contrato, que determinará, en su articulo de nocturnidad, si es compensado con descansos o se establece un plus nocturno, la cuantía de estos, en muchos convenios, será la que negocien entre trabajadores y/o representantes con la empresa.

      Responder

  12. estefania

    En mi empresa trabajamos a turnos de mañana, tarde y noche.Nuestro convenio dice que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo en cómputo anual será de mil setecientas sesenta y cuatro horas, y de 39 horas semanales de trabajo efectivo. La duda se nos presenta a la hora de la devolución de festivos. El convenio dice que el trabajador que preste sus servicios en cualquiera de los 14 días festivos anuales, se le compensará con un día libre retribuido. La empresa nos dice que independientemente de los dias festivos trabajados en el año, todos los trabajadores debemos hacer el mismo numero de horas, o sea 1764. Por lo que nos ponen más horas al año para luego compensarlas por los festivos y que quedemos con ese numero de horas.¿Esto es correcto o deberían de restar las horas del máximo anual para compensarnos las fiestas?

    Responder

  13. Mar

    Estoy en un departamento con distintos turnos y hace ya tiempo trajeron a mi sección a una persona de otro departamento que es más antigua que yo en la empresa. ¿Quién tiene derecho a elegir horario, la que es más antigua en la empresa o la más antigua en la sección?

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      El estatuto no resuelve la prioridad entre trabajadores para la elección de turno. A lo mejor tu convenio dice algo, o la empresa tiene una practica habitual a la que agarrarse. Puede haber otros factores, como conciliación de la vida familiar y laboral, o situaciones especiales de trabajadores.
      La antiguedad da derechos en algunos aspectos legalmente, en otros los suele dar por la práctica y jurisprudencia.

      Nos has mandado un mensaje privado preguntando ¿porque no te respondiamos? Voy a aprovechar para explicar a todos y todas los usuarios, que esta página esta para analizar y difundir el estatuto de los trabajadores. No puede responder a todo lo que afecta a las relaciones laborales, ni pretende sustituir a abogados laboralistas y sindicatos. Además es una página sin ánimo de lucro y que se mantiene voluntariamente por un par de asesores. Las preguntas que son consideradas como ajenas al estatuto o irrelevantes, se dejan pendientes, dando prioridad a las que tienen relación con el estatuto o con situaciones más graves.

      Responder

  14. María

    Yo trabajo como cubre turnos. Algunos días trabajo de tarde de 15:00 a 23:00, pero otros, según las necesidades del servicio, de 19:00 a 07:00, pero nunca los fines de semana. El resto de mis compañeros de noche, tienen siempre el horario de 12 horas, y siempre siguen la misma secuencia: trabajan lunes, martes, viernes, sábado y domingo una semana, y la siguiente, miércoles y jueves.
    A lo que no consigo que la empresa me conteste es cuantos días seguidos puedo trabajar doce horas de noche.
    Según entiendo:"La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días" Lo que necesito saber es, si ese promedio ha de cumplirse siempre, o con que esta quincena se incumpla, ya es suficiente. Por ejemplo yo en esta quincena, estoy trabajando 92 horas, pero la siguiente en principio trabajaré 76.
    Yo lo que reclamo es no trabajar más de tres noches seguidas, al igual que mis compañeros.
    Gracias.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      La jornada ordinaria podrá aumentarse hasta un máximo de nueve horas y en los turnos no están permitidas las horas extraordinarias, otra cosa es la realidad cotidiana.
      un saludo

      Responder

  15. Alex

    Hola, trabajo como auxiliar de servicios para servisecuritas. LLevo casi 2 años y desde hace unos 6-7 meses trabajo en horario nocturno. Entre semana los turnos son de 8 horas pero los fines de semana son de 12 horas, al principio trabajaba sin problema las horas que fueran pero ahora me cuesta muchisimo hacer los turno de 12 horas ya que son 12h mas el tiempo que tarde en ir y venir del trabajo, mas el tiempo que tarde en prepararme todo lo que tengo que llevar al trabajo (uniforme limpio y comida, ya que alli al ser externos no podemos cojer comida y tampoco se puede comprar).
    Mi duda es si para intentar que el turno de 12 horas se reduzca a 8 horas me puedo agarrar a la parte del articulo, "La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias."

    Un saludo y gracias.
    Alex.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Yo creo que si, pero lo consultaria con mas detalle. Tu empresa creo que tiene convenio y habría que mirarlo con detalle. El estatuto te ayuda pero no resuelve tu problema. Habla con un sindicato o abogado.

      Responder

  16. Ricardo Labajo Arias

    Hola, escribo para ver si me podeis resolver una duda que tengo, trabajo en el sector quimico de supervisor de producción. Trabajamos a 5º turno, es decir 6 dias laborables y 4 de descanso, excepto en el verano que anteriormente trabajabamos 6 dias y 2 de descanso para cubrir las vacaciones de cada uno de nosotros. El año pasado modificamos el calendario, unicamente en el periode veraniego, pasando de 6 dias ( 8hras) y 2 de descanso a trabajar 4 dias a 12 horas y 4 de descanso. Este cambio no implica ningun aumento de horas anuales ni una disminucion sino que queda igual de compensado. El problema radica en que 4 de nosotros queremos seguir con dicho calendario y 1 no quiere, y estamos en Febrero y aun no tenemos nada en claro, ya que la empresa tampoco se moja. Quien tiene la razon los 4 que si queremos el calendario o tenemos que estar todos de acuerdo? Muchas gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Legalmente la jornada ordinaria puede ser aumentada hasta un máximo de 9 horas.
      un saludo

      Responder

  17. Carlos

    Hola,
    puede una empresa oblgar a un trabajador a realizar turnos nocturnos sin que haya ningún compañero más en la instalación? ¿Depende del tipo de instalación o de alguna normativa específica?
    Muchas gracias

    Responder

  18. juanjo

    trabajo desde hace un mes en una empresa que se coge muchisimo peso y lo unico que paramos es el cuarto de hora de bocadillo.Osea 4 horas sin parar de coger peso.No deberia de haber un descanso entre medias?

    Responder

  19. Eduardo Morales Garrido

    Hola, mi duda es la siguiente.

    Trabajo en un supermercado, reponiendo por la noche "22:00 a 7:00", si enfermo y me dan la baja, en el momento de darme el alta que dia tengo que ir a trabajar, el mismo dia que me dan el alta, o el dia siguiente al alta.

    El ejemplo seria que me dan de alta el dia 10, pero yo ese dia 10 entro a trabajar a las 22:00 y salgo a las 7:00, ¿ tendría que entrar a trabajar el dia 10 a las 22:00, o el dia 11 a las 22:00?

    Muchas gracias, y si por un casual sabéis donde legalmente pone esta información os lo agradeceria.

    Responder

  20. Jose Vicente Gamayo

    Hola trabajo en una fábrica de refrescos y no te dicen el turno de trabajo de la semana siguiente hasta el viernes. Ellos se basan en que no les pasan la orden de fabricación hasta el Jueves. ¿Hasta que punto pueden hacerlo? ¿Es denunciable?. Por otro lado la eventualidad durante casi todo el año es muy alta superando a los trabajadores fijos.Gracias.

    Responder

  21. david

    Hola tengo una duda: Trabajo por la noche de 22 a 6 am de lunes a viernes, pero el mes que viene se casa mi hermana el sabado, por convenio he visto que me pertenece un dia natural por boda. Entonces mi pregunta es las horas que hago de la jornada del viernes que ya pertenecen al sabado me las darian como fiesta por laboda??? Gracias.

    Responder

  22. Juan

    Hola, trabajo en la recepción de un hotel-balneario, mi horario esta comprendido entre las 00.00 horas y las 08.00 horas, normalmente trabajando 5 dias y dos de descanso, con variaciones. mi categoria profesional es de conserje de noche, mi cuestion es la siguiente, realizo el mismo trabajo que mis compañeros de dia, ellos tienen la categoria de recepcionistas, desempeñando todos las mismas funciones, como es logico por la noche no hay el mismo volumen de trabajo y ellos realizan una parte y yo logicamente por la noche otra distinta, mi cuestion es, no deberiamos de tener la misma categoria profesional? el señor director dice que no realizamos el mismo trabajo, y yo soy contrario a sus palabras.

    En el convenio registra que una persona que realiza trabajos de categoria superior deberia de percibir el sueldo correspondiente a ella, yo tampoco recibo esa compensacion.
    gracias

    Responder

  23. oscar

    hola:

    podriamos reclamar en mi empresa un plus de peligrosidad/toxicidad sin tener ninugn comite ni delegados sindicales? y como?

    saludos...

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Si, primero mirar vuestro convenio de aplicación y en todo caso, poneros en manos de algún profesional (abogado o sindicato-gestoria).

      Responder

  24. irabe

    Mi padre está en el hospital de otra comunidad autónoma. Ingresó un miércoles y yo me cogí el jueves y el viernes. Me han dicho que ya he gastado los cuatro días( dos por ingreso y dos por desplazamiento) ya que sábado y domingo contarían.¿No puedo coger jueves y viernes y luego otros dos días la semana siguiente ya que el ingreso va para largo y los familiares nos tenemos que organizar para su cuidado? En mi convenio no está especificado nada así que supongo me rijo por el estatuto de los trabajadores. Gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      lamentablemente creo que no puedes solicitar mas permisos retribuidos. Otra cosa es que te den permisos no retribuidos.

      Responder

  25. Erika

    Te cuento,

    Fui contratada por primera vez el 17 de Mayo de 2010, para cubrir una suplencia. Contrato con codigo 410 q se dio por terminado el 31 de agosto del mismo año.
    Para ser contratada por segunda vez con un contrato de duración determinada codigo 401 el 1 de septiembre de 2010 con finalización el 31 de diciembre de 2010. 

    El contrato de duración determinada es ampliado en 2 ocasiones, la 1ra hasta el 31 de mayo de 2011 y la 2da hasta el 31 de mayo de 2012,
    Dentro del protocolo de la Entidad hay un calendario de vacaciones, el cual estipula que solo se podrán autorizar dentro de los periodos comprendidos entre Mayo y Octubre, sin embargo, siendo desconocedora de la ley, creo que independiente de haber una especificación de los meses donde los empleados pueden disfrutar de su periodo vacacional, estos serán solicitados cuando el empleado quisiera disfrutarlos dentro de este periodo, y no cuando a la entidad le convenga y se lo exponga al empleado como una opción voluntariamente obligatoria. 

    Con lo cual, visto lo visto, después de una reunión,  donde verbalmente se me indico que para comenzar a saldar la relación laboral, comenzaría a disfrutar de las vacaciones que corresponden hasta la finalización del contrato, las cuales comenzarían a partir del día lunes 15 de Mayo de 2012 hasta el 31 de mayo de 2012 inclusive, fecha de finalización del contrato que no será renovado.

    Dicho lo anterior y teniendo ya la desconfianza como radar, como no hay un documento firmado de la solicitud de las vacaciones, si no me presento en mi lugar de trabajo cuando me corresponda según calendario, se produciría un despido precedente, y si a esto le añado que no se me ha notificado por escrito la no renovación del contrato.!? Mi mente queda en blanco, sintiendo impotencia por mi ignorancia ante el tema.

    Además, dentro del contrato en el apartado de Cláusulas Adicionales, especifica que "La Entidad no tiene Representación Sindical" 

    Y si para mas colmo, sumo el comunicado con fecha del 14 de Octubre de 2011, donde muy a la ligera  se me acusa de un hecho q no he cometido y tienen la osadía de tipificarlo como delito cuando tengo entendido y si mi conocimiento no me falla, quien tipifica un hecho como como delito después de una exhaustiva investigación es un Juez. Utilizando este hecho (sin haber abierto un expediente disciplinario en fecha), como excusa para no renovar el contrato. 

    Como comprenderás me molesta sobremanera creando en mi una necesidad de que esto no quede impune, queriendo sea por la vía legal que corresponda,  el reconocimiento de daños y perjuicios. Pero sé que debo actuar con prudencia, asesoramiento y cautela.

    Por lo cual, me veo en la obligación de solicitar su pronta colaboración.

    Una vez mas, agradezco tu tiempo y colaboración, En espera de noticias.

    Gracias.

    Responder

  26. tony

    Trabajo en una fabrica en correturnos de 21 dias,7 mañanas,7 tardes,7 noches y 7 de descanso.Es legal trabajar 21 dias seguidos?He visto en muchas fabricas del sector,que trabajan en el turno ingles que dicen 7 ,2 7,2 y 7 ,3.Y tengo dudas si mis turnos son legales.descanso entre turnos 24 horas pero no lo tengo muy claro

    Responder

  27. Arancha

    Hola, tengo un problema, el pasado 21 de abril del presente año nos casamos mi marido y yo, a mi marido le dieron de permiso por boda del dia 22 de abril al dia 6 de mayo empezando a trabajar el dia 7, mi marido trabaja en seguridad de El Corte Ingles aqui en Alicante, desde entonces y hasta el dia de hoy solo ha librado los dias 12,13 y 22 del presente mes de los cuales ha estado trabajando del dia 7 al 11 de noches desde las 11 de la noche hasta las 7 de la mañana, los dias 14 y 15 de 3 de la tarde a 11 de la noche,los dias 16,17 y 18 de 7 de la mañana a 3 de la tarde,los dias 19,20 y 21 de 7 de la mañana a 7 de la tarde, si como lo oyen ¡¡¡¡12 HORAS LOS 3 DIAS!!!!! El dia 23 trabajo de 3 de la tarde a 11 de la noche y desde el dia 24 hasta el dia 31 estará de 11 de la noche a 7 de la mañana. Cuando pidió que el dia 21 le dejaran salir antes porque tenia que llevarme al medico,ya que estoy embarazada de 5 semanas, le dijeron que "de eso nada y que tenia mucha suerte por que le hicieron el favor de darle un permiso por boda y que no se quejara que la puerta de la salida es grande". ¿No se supone que la ley obliga a TODAS las empresas sin excepción a dar permiso por boda? Y ¿No se supone que tambien tienen que darte permiso segun la ley para llevar a tu mujer al medico si esta embarazada para las rebisiones? Y ¿No se supone que tienen la obligación de dar mas dias libres cuando estas de noches? ¿Que me aconsejan que haga? Por cierto, todos los dias libres, sobre todo los fines de semana, que en teoria le correspondian a mi marido se los han dado todos al mismo chico.

    Responder

  28. jose antonio

    hola
    trabajo de interino en un ayuntamiento (de barrendero)
    el ritmo de trabajo es de trabajar cuatro dias y descansar dos
    tenemos un mes de vacaciones en verano y una semana en navidad,noche vieja o reyes
    (rotativas ,si este año te dan la semana de navidad ,el año proximo te toca la de nochevieja)el horario es de 5,30 de la madrugada hasta las doce del mediodia y los viernes que hacen mercadillo hacemos tres horas (que serian de restarle a cada dia trabajado media hora) no cogemos ningun puente.
    lo cierto es que trabajando de esa manera no tenemos fiestas ,a no ser que te pille en los dias de descanso
    me gustaria que alguien me dijera:ya que trabajamos domingos y festivos (que no se nos pagan)que compensacion en dias de descanso remunerados me pertenecerian al año
    y si con ese horario tengo derecho a percibir el horario nocturno
    sin mas y esperando pronta respuesta
    reciban un cordial saludo
    PD por favor envien tambien las respuestas a mi e-mail BORRADO POR EL ADMINISTRADOR.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      tienes que tener un convenio que responde a todas tus preguntas. Ademas estas hablando de la administración pública, no me creo que no te pagan nocturnidad por ejemplo.

      No respondemos a emails, ya solo faltaria. Esto es gratis ehhhh.

      Responder

  29. cris

    Hola! Soy enfermera y llevo más de 10 años trabajando a turnos con una cartelera ecologica. Ahora quieren cambiarnos ese turno de mañana- tarde-noche por un turno de 12 horas Dia- noche. El tema entre compañeros está repartido . El 68% quiere turno de 12 horas y el resto queremos seguir como estamos. Puede la empresa imponernos ese cambio de turno a 12 horas? Trabajamos en urgencias. Gracias

    Responder

  30. monica

    quisiera saber si yo llevo 5 años trabajando de noche y ahora han decidido que quieren quitar algunos de la noche para pasar al dia yo soy la que mas años lleva me gustaria saber si tengo mas derecho por llevar mas años yo soy voluntaria todos estos años . mi convenio es el del metal gracias.

    Responder

  31. rafael

    Si un trabajador trabaja un dia de turno de noche,,saliendo éste a las seis de la mañana,cuanto tiempo de descanso tiene para trabajar en el mismo dia q sale??¿¿A que hora debe de entrar a trabajar y a q hora salir??¿¿Debe cumplir una vez haya entrado las ocho horas de turno de trabajo??Sin mas espero sus respuestas..Reciban un cordial saludo...

    Responder

  32. Pobrestupida

    Hola, cuando entré a trabajar a mi empresa (campo de golf) los horarios ya estaban hechos. No siguen una serie lógica. Un lunes de mañana, martes de tarde, miércoles de tarde, jueves libro, vienres de tarde, etc... Me comentan que lo han hecho así por decisión entre el departamento. Yo, ahora que entré no me tienen en cuenta por ser nueva. Además me he dado cuenta, que el resto de mi departamento tiene más mañanas que yo, dándome a mi todas las tardes de viernes...sábados y domingo. Por ejemplo, cuando libramos el sábado, ellos trabajan el viernes de mañana pero yo no, yo de tarde y luego libro el sábado. Así con todos los días. Dicen que es que tienen prioridad por ser más viejos en la empresa y que a mi me llegará el turno cuando se echen a alguien y se incorpore otro. Por cierto, por más que pregunto y pido mi contrato.. ni me lo dan ni me dicen por qué convenio nos regimos.
    Gracias

    Responder

  33. fran

    HOLA,LLEVO UN AÑO TRABAJANDO EN TURNO DE NOCHE (23:00 A 07:00)4 DIAS Y MAÑANAS (DE 07:00 A 15:00) 3 DIAS, LIBRADO 3 DIAS,ME HAN DICHO QUE ME VAN A CAMBIAR ALGUN FIN DE SEMANA A TURNO DE TARDE LO PUEDEN HACER?ME LO COMUNICARON CO UNA SEMANA DE ANTELACION GRACIAS.

    Responder

  34. Isaac

    Buenas tardes. La cuestión que quisiera plantear es la siguiente: Trabajo en turno de noche en una empresa, que para más datos es un centro comercial. Mi horario de entrada es a las 22 h. todos los días y el de salida es variable, pero como mínimo es a las 2 h. del día siguiente al de entrada.
    Debido a la liberalización de horarios comerciales en la comunidad autónoma donde se encuentra dicho centro, a partir de Julio de 2012 los centros comerciales abrirán todos los festivos del año, a excepción de tres. La empresa dará libres algunos Domingos y festivos a los trabajadores y en concreto para el turno de noche, esta empresa argumenta que el personal que libre por ejemplo un Domingo, libre la noche del Domingo al Lunes.
    Mi pregunta es la siguiente: Cuando se libre un festivo, por ejemplo un Domingo, ¿ no debería librarse la noche del Sábado al Domingo en vez de la del Domingo al Lunes?. Muchas gracias de antemano y un saludo.

    Responder

  35. ismael

    buenas mi pregunta es: trabajo en turnos de ocho horas y mi empresa se rige por el estatuto de los trabajadores,las nocturnidades no las pagan y trabajo de 19:00 a 04:00 con descanso entre las 21:00 a 22:00 y las mañanas son de 04:30 a 08:30 y vuelvo a entrar de 11:00 a 15:00,me deberian pagar las noches?¿ saludos.

    Responder

  36. estefania

    hola.es legal teniendo turnos rotativos que tengas que trabajar 3 fines de semana seguidos de tarde?
    muchas gracias

    Responder

  37. fenicio

    hola somos cinco trabajadores de unas istalaciones de un puerto deportivo.hay que cubrir turnos lo 365 dias del año cuatro de nosotros rotamos casi siempre tardes y noches y el otro siempre el mismo turno de mañana y libra un fin de semana si y otro uno de nosotros,hacemos cada 21 dias siete dias de noche asi sucesibamente y no nos pagan noctunidad y no lo impone el jefe.¿me puedo negar yo a hacer noches?muchas gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      esto no se puede responder aquí facilmente. no conozco tu contrato, no conozco tu convenio, no conozco las condiciones particulares de tu empresa, no conozco los contratos de los otros compañeros, y si la pregunta es ¿me puedo negar yo a hacer noches? pues no, con los datos que tengo, no te puedes negar.

      Responder

  38. Ramon

    hola
    Soy recepcionista del hotel. cuando empece a trabajar hemos quedado con el jefe que empezamos y poco a poco mejoramos condiciones. Tengo contrato en que pone trabajador de la empresa (disculpe no me recuerdo bien el nombre de contrato correcto pero en este sentido) pero hace 4 años estoy trabajando solamente de noche, 6 días en la semana, 8,5 horas cada día, son 51 hora semanal. todas las fiestas estoy obligado de trabajar y al pedir vacaciones tengo que sufrir mucho. en el contrato tengo 40 horas. cuando empece hemos quedado que con el tiempo me lo cambian el turno o suban sueldo. yo cobro igual que los del día tanto como de la mañana pero ellos tiene turno de 8 horas y 7,5. mi turno es mas largo de todos y es único turno de los 6 días semanales, lo único que tengo deferente es 2 pagos mas en negro en el sobre al final de cada mes. No veo ningunos mejoras de mi turno y creo que no cambiaran nada. en nuestra empresa hay mínimo personal y si despiden uno no contratan otro y lo pasan su trabajo a los que quedan. en temporada alta cojan suplentes en negro es lo único que hagan. Quiero preguntar que puedo hacer? si puedo denunciarle para que me pagan compensación por los 4 años, o que le obligan de cambiar me el turno y seguir condiciones del contrato, o lo único que pasa si pongo la denuncia es que me despiden con las palabras que estoy escuchando hace 4 años - si no te gusta a la calle. Mi jefe es muy! rico y seguro tiene muy buen abogado por esto quiero preguntar si vale la pena. mucho gracias.

    Responder

  39. ramon

    buenas
    Soy recepcionista del hotel. cuando empece a trabajar hemos quedado con el jefe que empezamos y poco a poco mejoramos condiciones. Tengo contrato en que pone trabajador de la empresa (disculpe no me recuerdo bien el nombre de contrato correcto pero en este sentido) pero hace 4 años estoy trabajando solamente de noche, 6 días en la semana, 8,5 horas cada día, son 51 hora semanal. todas las fiestas estoy obligado de trabajar y al pedir vacaciones tengo que sufrir mucho. en el contrato tengo 40 horas. cuando empece hemos quedado que con el tiempo me lo cambian el turno o suban sueldo. yo cobro igual que los del día tanto como de la mañana pero ellos tiene turno de 8 horas y 7,5. mi turno es mas largo de todos y es único turno de los 6 días semanales, lo único que tengo deferente es 2 pagos mas en negro en el sobre al final de cada mes. No veo ningunos mejoras de mi turno y creo que no cambiaran nada. en nuestra empresa hay mínimo personal y si despiden uno no contratan otro y lo pasan su trabajo a los que quedan. en temporada alta cojan suplentes en negro es lo único que hagan. Quiero preguntar que puedo hacer? si puedo denunciarle para que me pagan compensación por los 4 años, o que le obligan de cambiar me el turno y seguir condiciones del contrato, o lo único que pasa si pongo la denuncia es que me despiden con las palabras que estoy escuchando hace 4 años - si no te gusta a la calle. Mi jefe es muy! rico y seguro tiene muy buen abogado por esto quiero preguntar si vale la pena.gracias.

    Responder

  40. estrella

    hola! mi pregunta es.. trabajo en una fabrica donde ultimamente nos cambiaron el horario a 12 horas de lunes a jueves de 6 pm a 6 am.. y no nos lo quieren tomar como turno nocturo y los beneficios que este tenga...ellos dicen que es un 2do turno. y en la nomina aparece el turno solo con una (KR) que no se lo que significa. y el jueves nos pagan 3 horas de tiempo extra...por que solo deberiamos trabajar 42 horas...y hacemos 45... si estas 3 horas son extras entonces podemos tener la libertad de retirarnos o nos pueden obligar a realizarlas..tampoco aparece en la nomina reflejadas estas tres horas...solo un bono de tiempo extra...es esto legal? me ayudarias muchos si me respondes gracias

    Responder

  41. 18Cafés

    Hola,
    llevo trabajando 3 años de noche (23:00 a 7:00) y en mi nómina no aparece nada referente a "plus de nocturnidad", lo he comentado en varias ocasiones con la empresa y me han dicho lo siguiente: "tienes un contrato 24*7 y no tienes derecho a plus de nocturnidad, además firmaste un contrato por X sueldo".
    En mi contrato no especifica mi turno y mi convenio es Consultoras.

    ¿Esto es legal?, ¿tengo derecho a cobrar el plus?, ¿que puedo hacer?.

    Gracias de antemano.

    Responder

  42. angel

    Hola. Trabajo en un comercio alternando turnos de mañana,de 10 a 17h y partido de 10 a 14 y de 17 a 20.30H.Solicitado el cuadrante me dicen que ellos no hacen cuadrante de horarios , que ya me iran diciendo semanalmente el horario de la siguiente semana.Es legal esto? Y en cuanto a la jornada cada dia hago 30min. obligado fuera de mi horario laboral sin remuneracion.Tambien es legal ?

    Saludos

    Responder

  43. Manu

    Buenas, tenia una pregunta a ver si me la pueden resolver, ya que por mas que pregunto y mas que busco en la web nadie me da una respuesta exacta...

    Soy un trabajador a turnos de 24X7 igual que mis compañeros, el problema se plantea cuando uno llega tarde a su turno, vamos que ocurre con frecuencia, en vez de tomar medidas con esas personas, ami o al que esta de turno le dicen que tienen la obligacion de quedarse en su puesto de trabajo hasta que le den el relevo. No se si eso esta reglado en el estatuto o algun sitio ya que como digo he mirado pero no encuntro nada. En mi empresa no hay nada por escrito que indique eso de que hay que quedarse hasta que se haga el relevo y en el convenio del Tic al cual pertenezco tampoco lo he encontrado. Alguien me resuelve la duda de una vez ? Gracias de antemano.

    Responder

  44. Ruben E.m.

    Yo tengo un contrato del año 91 no especifica lo de los turnos.Solo la jornada de 8horas.Y a hora aparte de cambiarme el horario cada dos por tres de un viernes para el lunes.Llevo unos cuatro meses solo en el turno de tarde y digo solo por que solo estoy yo de tarde como operario de una maquina de corte de chapas de hierro,acero galva,aluminio.por laser.
    Solo vienen personal de oficina(que estan en el pabellon de enfrente y a eso de las 19 horas estoy completamente solo.
    Mi pregunta es si es adecuado que este solo o tiene que haber alguien que cumpla con el mismo turno de 14 a 22 como yo.Es que estoy un poco mosca por que tengo un accidente y que pasa trabajo con pales de chapas de tres metros por metro y medio de grosores que van 0.8 a 10 milim..
    A otra cosita soy pareja de hecho. hoy en dia se ha cambiado algo en el estatuto.¿tengo dis por operacion o emfermedad de mi pareja co mo los casados?
    Gracias

    Responder

  45. Paula

    buenas noches, trabajo en turno de noche de lunes a viernes con el convenio de empresas consultoras, y quería saber si tenemos derecho a horas para ir al médico puesto q sólo podemos ir cuando se supone estamos durmiendo. En el convenio no se refleja nada al respecto. ¿Alguien me puede decir si tenemos acceso esas hora médicas? muchas gracias

    Responder

  46. magalys

    Trabajar 12 horas los 7 dias por7.67 la hr. en turno nocturno sin dia de descanso es legal?

    Responder

  47. Jose Miguel pino Rivera

    Muy buenas mi comentario es el siguiente;Trabajo en una empresa de fabricación envases Metálicos,a turnos (mañana ,tarde y noche )y nos ponen la relación de turnos para la semana siguiente el mismo viernes,entonces poniendo el ejemplo, estoy de turno de mañana de 6:00 a 14:00h del martes y me encuentro con que a las 20:00h de ese mismo día me llaman y me dicen que el día siguiente ( miércoles) entro de turno de tarde, así....sin mas( y esto estando en diferentes turnos y en diferentes días de la semana)adiós planes que haces para tu semana....a¿a mi se me tendría que avisar con antelación?...y encima me obligan a estar localizado las 24h del día en mi teléfono personal,esto es normal?...muchas.gracias de verdad.

    Responder

  48. José Antonio Gallardo

    Hola, trabajo en una empresa publica de transportes urbanos, en la cual el horario de trabajo es ininterrumpido desde las 05:30 hasta las 00:00 de lunes a Domingo, por lo que trabajos a turnos de 7:30. somos unos 1100 conductores los cuales disponen de un calendario anual donde ponen sus días de descansos y trabajos, pero la empresa se niega a darnos calendarios a los 35 últimos trabajadores que entramos por convocatoria publica en el 2007, alegando que necesita tener libre de compromiso a esos 35 trabajadores para cubrir posibles incidencias del servicio.
    Mi pregunta es la siguiente:¿hay alguna ley que la empresa se este saltando para beneficiarse?¿esta incurriendo la empresa en discriminación laboral al no darnos ese calendario como al resto?

    Gracias y un saludo

    Responder

  49. Antonio

    Buenas Trabajo en el sector del mantenimiento aeronautico a turnos , normalmente trabajamos 12 horas de noches en rotaciones de 5 dias trabajados 5 libres , ahora nos cambian a jornada de 8horas nocturnas pero pretenden que cubramos de 23:00 a 08:00 , comentan que la hora de mas nos la tomemos libre en algun momento de la noche. es legal la jornada partida en horario nocturno? saludos

    Responder

  50. RODRIGO

    hola soy un trabajador del retail quieria preguntarte yo trabajo de lunes a sabado de 6 dela mañana a dos treinta de la tarde y ahora haremos noche por un mes mi pregunta es la siguiente cuantos dias libres por estar de noche los corresponde si entramos de lunes a sabado los corresponde solo el domingo si venimos saliendo ese mismo dia en la mañana o los corresponde un dia mas en conclusion dos dias a la semana o solo uno

    Responder

  51. jose

    hola buenas , queria consultarle una duda que tengo , mi esposa y yo trabajamos en una empresa publica a tiempo completo y contratos indefinidos , los dos tenemos turno de tarde asignado por la empresa ( el turno de mañana es por antiguedad ) , tenemos una niña de 3 años de edad , me gustaria saber si tenemos derecho alguno de los dos a que nos cambien al turno de mañana por concialicion familiar, ya que nuestro horario ( 15:00 - 22:30 ) no nos permite estar a ninguno de los dos con la niña en practicamente todo el dia , un saludo y gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Solicitar a la empresa, un cambio de turno para cualquiera de los dos y poder conciliar vuestra vida laboral y familiar, en vuestro caso la empresa debería aceptar, pero el ET, ART, 34.8 vincula la duración y la distribución de la jornada al ejercer el derecho a la conciliación familiar, hay sentencias que desestiman solicitud de cambio de turno porque no se acompaña de reducción de jornada, en cualquier caso hay que intentarlo.

      Responder

  52. sergio

    hola trabajo de seguridad y mi senora es enfermera y tenemos una beba de 2 meses ella trabaja las fiestas y yo una pero no puedo porque tengo que quidar a la bebe siempre estoy de tarde pero por las fiesta me ponen de noche y me dijeron que es abligacion trabajar una de las fiesta, la respuesta que me dieron que contrate una niñera me ascesoran bien porfavor gracias saludos

    Responder

  53. manolo

    Buenas, yo trabajo en una cafetería con una multinacional que respeta hasta ahora los convenios. Estoy estudiando una carrera y ha llegado el momento de hacer prácticas para lo que he solicitado el turno de tarde, hay dos compañeros mas que lo tienen solicitado tambien por estudios aunque uno de ellos no son estudios superiores. En la empresa me han dicho que esta situación no es sostenible. ¿que debo hacer?

    Responder

  54. Edu

    Muy buenas!
    A ver si me podeis ayudar. Yo soy un trabajador de oficina, que debido a una necesidad de la empresa, me van a hacer trabajar de noche durante mas de 40 horas semanales, de domingo a viernes en turnos de 7 horas. Nada cambia en mi contrato y no voy a rotar de turno. Estare solo en la empresa durante mi turno. Me gustaria saber si se incumple algun requisito, ademas del 2 que habla de la retribucion. Muchas gracias de antemano

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Sobre todo, además de una retribución especifica, determinada en convenio colectivo, una especial vigilancia a la salud, que el empresario deberá garantizar, teniendo derecho, el trabajador/a, a solicitar cambiar a turno de día, si se ve afectada su salud por esta causa. Mas allá de esto, lo que disponga al respecto tu convenio de aplicación.
      Un saludo

      Responder

  55. carlos

    Hola
    Tengo una pregunta, resulta que trabajamos a turnos de 05.30 a 14.00 y la siguiente semana de 14.00 a 22.30, que son 8,30 horas(30 min los recuperamos del almuerzo). Si de 22.00 a 06.00 es horario nocturno, la empresa nos deberia indemnizar esa media hora?¿

    Responder

  56. bea

    hola, mi duda es la siguiente, mi novio trabaja en horario nocturno de domingo a jueves(11 horas cada noche) y el viernes de tarde (5 horas) descansa los sábados y lleva trabajando con este horario, 2 años y 5 meses. las vacaciones se las dan cuando la empresa quiere 15 días por año. la pregunta es se puede trabajar seguido de noche durante tanto tiempo??? sin descansos?? gracias y un saludo

    Responder

  57. Dani Moral

    Trabajo en una empresa en la que hay 11 trabajadores que trabajan a tiempo completo de noche y cobran el plus de nocturnidad tambien en los descansos generados. Hay otras 5 personas, las últimas contratadas desde 2007, que rotamos entre tardes y noches en un calendario sin ningun orden ni patron aparente, y esto lo hacen para no cobrar los descansos generados como nocturnidad. Realizamos el mismo trabajo y cuando estamos de noche formamos parte del mismo grupo de trabajo. Se puede hacer esto? Estamos discriminados? cuantas noches y como se deben distribuir en un turno rotativo?

    Responder

  58. José

    Buenas noches,

    Yo trabajo en un hotel donde mi jefe alguna vez nos pone a doblar turno (salir a las 23:00 y entrar 8 horas después a las 7:00 o (este para mi el peor) después del turno de noche salir a las 07:00 y entrar 8 horas después a las 15:00. Esto suele pasar una vez al mes, algún mes no pasó otros pasó dos veces. Esto siempre me molestó pero fui aguantando porque no pasaba solo a mi y solo ahora he cumplido 3 años trabajando en el hotel. Pero este año me hizo una que ya fue el colmo: me puso el 30/12 a entrar a las 23:00 y salir a las 07:00 del 31/12 y después en ese mismo día entrar a las 15:00 y salir a las 23:00 para entrar el día 01/01/2013 a las 7:00!!! es lo que llamamos una "triplada". En el tiempo que llevo en el hotel es la 2ª vez pasa. Cuando le pregunté si podía cambiarlo, me ha dicho que hablara con mis compañeros (lavándose las manos como siempre hace)... Era muy fácil, o me mantenía de noche y el otro compañero de tarde o me daba el 31 libre, porque los demás compañeros que son 3, uno tubo el 24, otra el 1 y el otro el 25 y 31, porque no me ha dado el 31 a mi? Bueno como me estoy alargando voy directo a lo que quiero saber.
    Primero le voy a decir muy tranquilamente y educadamente que no pienso en hacer mas de estas dobladas o tripladas, a no ser algún caso muy excepcional como alguna enfermedad de un compañero y que sea justo en repartir fechas importantes. En el caso que vaya de listo y pase de mi y yo tenga que tomar medidas quiero saber si cuando presente mis turnos al juzgado o quien sea, ellos tienen que estar firmados por él? Ya sé que es obligatorio pero si no están firmados el juzgado puede rechazarlos? Es que los hace en una hoja excel que tiene password, asi solo la modifica él, pero nunca los imprime, siempre se quedan allí en el pc. Yo ya los imprimí a todas pero esas hojas no están firmadas. Si algún día las tengo que presentar hay problema al no estar firmadas por él? Porque a mi quien me garantiza que se le denuncio él no va y cambia la hoja excel...Bueno lo siento si me he alargado mucho, gracias antemano.

    Responder

  59. Peterman

    Hola
    ¿Es legal trabajar solo de noche? Me refiero a estar solo. Sin ninguna compañía.
    Gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      En principio, por regla general es legal, hay que cumplir con una vigilancia a la salud especifica, una retribución especial, etc, desconozco tu sector y convenio, mira que dice sobre esta cuestión, mira también la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, quizás te aclare, el ET no lo prohíbe.
      Un saludo

      Responder

    • Juan

      Informacion todo sobre estas situaciones y es Articulado que hacen referencia trabajo a turnos y referente a Seguridad Privada
      un saludo
      gracias

      Responder

  60. eduardo hurtado

    hola yo trabajo turnos de 12 horas 6x2 dias a la semana es posible esto y no tengo un contrato anexo de horas extras , y mi contrato es de 6x1 turnos de 8 horas por un sueldo de 350mil y ahora que asemos 12 no subio el sueldo es posible esto me pueden decir las irregularidades que ai aqui ?

    Responder

  61. Patri

    Hola. No se sí me podréis ayudar.Resulta que trabajo como camarera en un hotel a 20 horas semanales a turnos rotativos. Estoy a punto de acabar la carrera y voy a comenzar en breve a realizar unas prácticas de empresa y el horario va a ser siempre de mañanas. Mi pregunta es si existe alguna posibilidad de que yo pueda "exigir" durante esos meses que duren mis prácticas ir al trabajo en turno de tardes,como pasa cuando tengo un examen que teng derecho a examinarme.Muchas gracias.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      El ET, dice que tienes un derecho preferente a adecuar los turnos, el empresario deberá posibilitar al máximo este derecho, salvo que haya exigencias organizativas que lo impidan.
      Un saludo

      Responder

  62. Jack

    Hola:
    Trabajo a turnos 2 mañanas, dos tardes, dos noches y tres descansos. El viernes día 22 hago mi última noche entrando a las 23h.00' y saliendo a las 07h.00' ya dentro del sábado día 23.
    Tendo una boda el día 23 a 80 km de mi domicilio y mi lugar de trabajo, y al ser de un familiar directo (hermano), el convenio pone que tengo un día natural. Mi pregunta es ¿ podría ir a trabajar de 23h.00' a 00h.00' el viernes y luego descansar las otras 7 horas? La boda es por la mañana, por lo que prácticamente no tendría tiempo de llegar y además lo haría sin dormir. Mi empresa dice que el día de la boda es sábado y que mi último día de trabajo es el viernes (aunque mi jornada se cumpla 7/8 reales dentro del sábado), por lo que no puedo coger día natural el viernes.
    Aunque poco lógico creo que es legal, ¿me podéis confirmar?
    Gracias.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hola Jack.
      Tendria que ver tu convenio y por razones de tiempo ahora mismo no podemos entrar en estos terminos. REspondemos por el momento a cuestiones del estatuto. Gracias

      Responder

  63. Francisco

    Buenas noches. Somos un grupo de trabajadores de sevicios sociales y nuestro horario es de 23:00 a 7:00 siempre. No rotamos. No tenemos convenio colectivo ya que la patronal lo tiene bloqueado, así que nos debemos regir por el estatuto de los trabajadores. La cuestión es que sólo tenemos seis festivos al año por nocturnidad y nos parece un abuso. ¿No hay nada legal que nos ampare para aumentar el número de estos festivos?. Muchas gracias de antemano.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hola Francisco.

      Cuando excepcionalmente por razones tecnicas, organizativas, no pueda disfrutarse el dia de fiesta, la empresa debe alternativamente:
      -permitir un descanso compensatorio
      -abonar el importe de las horas trabajadas incrementadas en un 75%

      Responder

  64. maria

    Trabajo en un call center el turno de tarde y tengo un hijo en edad escolar al que prácticamente no veo,pero la empresa no contempla en ningún caso el cambio de turno a la mañana,cuando sin embargo constantemente contratan a gente de una bolsa de trabajo interna para trabajar para ese turno de mañana...De hecho cuando solicitan cambios puntuales al turno de mañana por necesidades de la linea,me ofrezco voluntaria para ir,pero no me tienen en cuenta y se lo ofrecen a gente que no quiere ir...qué puedo hacer??

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hola Maria.
      Dudas de la edad escolar del hijo.
      Te lo comento porque si es menor de de 8 años en caso de reduccion de jornada puedes elegir turno.
      en caso de no exisitir reduccion de jornada, no establece el estatuto que puedas elegir jornada.
      No obstante habria una oportunidad legal de solicitarla justificandonos en conciliacion de vida laboral y familiar y principio de no discriminacion o de preferencia en personas con mas antiguedad.
      Seria preciso negociar y en su caso intentar una reclamacion

      Responder

  65. Edu Tabera

    Hola,tengo un contrato de ayudante de mantenimiento en hosteleria en barcelona,me gustaria saber si puedo hacer turno de noche, y si debo hacerlo,puedo estar solo ya que no hay nadie mas de mi seccion de mantenimiento,es decir estoy absolutamente solo y me obligan ha hacer el turno de noche.Un saludo .Gracias

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hay que cumplir con una vigilancia a la salud especifica, una retribución especial, mira que dice el convenio sobre esta cuestión, mira también la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, quizás te aclare, el ET no lo prohíbe.

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  66. aida sanchez

    yo trabajo en un hogar de la tercera edad mi contrato es en las noches noche pormedio pero como no completamos las 192 horas mensuales no ponen a hacer 12 horas mas en turnos como hago la noche y continuo la mañana hasta las 2 pm esto es legal o esta mal y no son remuneradas garcias

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    • Equipo del EstatutoEquipo

      No puedes trabajar mas de doce hora diarias en turno normal y 8 en turno de noche, segun estatuto
      Mira en el convenio que establece al respecto.
      Respecto a las horas es la empresa la que cumpliendo con los descansos que establece la ley debe de proporcionarte un calendario que se ajuste a la jornada pactada

      Responder

    • Leticia

      Yo soy técnico de farmacia y trabajo en una farmacia hace poco empeze hacer guardias de noche, por ejemplo el domingo trabajo 6h30min de mañana y luego de 10pm a 9am,cuantos días de descanso me corresponde uno o dos y los días festivos serían igual. Gracias.

      Responder

  67. lizette navarro

    Estimado:

    junto con saludarle, tengo la siguiente inquietud...llevo 9 meses haciendo el mismo turno..de mañana,trabajo en supermercado y quisiera saber si es derecho otorgado y hacer que me respeten el horario en caso de que me lo quieren cambiar.

    Saludos cordiales.

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    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hola Lizette.

      Tendrías que mirar si en tu contrato establece el horario de mañana.Y mirar lo que establece el convenio al respecto.
      El horario se puede modificar, por razones que sean objetivas y si no estas de acuerdo puedes rescindir el contrato con la indemnización marcada en el estatuto por modificación sustancial de condiciones objetivas.

      Responder

  68. lenner

    buenas noches, soy de peru trabajo para una entidad publica, mi esposa y yo somos nombrados en la misma entidad y en la misma area, inicialmente ambos realizabamos las mismas funciones administrativas sin problema alguno pero des hace poco mas de 2 años nos asignaron a ambos funciones de campo donde las condiciones son distintas los turnos son rotativos 3 c/u de 8 horas, de 00:00 horas a 08:00 horas; de 08:00 horas a 16:00 horas y de 16:00 horas a 24:00 horas, aactualmente tenemos un bebe de 1 año y esta situacion nos esta afectando como familia y a nuestro menor hijos toda vez que los turnos que tenemos son diferentes incluso nuestro unico dia de descanso semanal no nos hacen coincidir lo q conlleva q no podamos estar juntos en familia ni siquiera el dia de nuestro descanso semanal el cual son programados un dia de semana ejm. yo un lunes mi esposa un martes, toda esta situacion nos viene trayendo problemas de salud emocional angustia, stres hemos pasado por el psicologo y psiquitra y determina que efectivamente nuestras jornada viene afectando la undiad familia y nuestra salud, al respecto si podria orientarme como plantearlo a mi empleador mediante una carta para que se nos cambie de area o de funciones de modo que nos permita terner turnos iguales y poder tener vida familia y darle calidad de vida a nuestra menor hijo, ambos somos profesionales y se que es posible... gracias por su apoyo... saludos.

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    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hola Lenner.
      Artc 34.
      Lo primero decirte que deberiais buscar en el convenio de aplicacion algo al respecto en cuanto a conciliacion de la vida laboral y familiar.
      El Estatuto establece :

      A tal fin, se promoverá la utilización de la jornada continuada, el horario flexible u otros modos de organización del tiempo de trabajo y de los descansos que permitan la mayor compatibilidad entre el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores y la mejora de la productividad en las empresas.
      Como ves es algo general pero habria que negociar con la empresa, dada vuestra situacion

      Responder

  69. cristina

    Hola!
    A mí me han puesto de noche un mes seguido, con los descansos correspondientes (trabajo siete días y descanso tres, así todo el mes). ¿Esto es legal, según lo anterior?: "En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria."
    He protestado, pero me han denegado la protesta. Gracias.

    Responder

    • Equipo del EstatutoEquipo

      Hola Cristina.
      En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.
      dice se tendra en cuenta, por lo tanto debes de negociar que se respete este criterio. si tienes problemas podemos orientarte a traves de un e-mail
      Saludos

      Responder

      • cristina

        HOla, Ana!
        Gracias por la respuesta, pero me alegan que no son 15 días seguidos, porque entre medio tengo mis descansos; es decir, hago 7 noches, luego descanso 3 días, luego hago otras 7 noches, etc. ¿Eso es así?

        Responder

  70. lorena

    Hola buenas, tengo una pregunta y no se donde acudir ni donde me podrían contestar. Trabajo en Valencia, en una tienda de maquillaje con productos ya repartidos por toda Europa.Estoy trabajando de 30 horas a la semana, por lo que hago 5 al día, cada día un horario distinto.

    Mi duda ess sobre los días festivos. Antes cuando era festivo y el centro abría, las horas que hacíamos ese día festivo, una parte nos la pagaban y otra nos daban un día libre para compensar ese festivo. Si no ibas a trabajar, no pasaba nada, ya que un festivo es un festivo y te pertenece no trabajar.

    Bien, pues ahora resulta que si no se trabaja ese festivo, al día siguiente tienes que recuperar las horas de ese día festivo, duplicando tu jornada, o en su caso si excede de muchas horas, repartirlas en el resto de la semana, de manera que no nos pertenece ningún festivo, solo año nuevo y Navidad que el centro no abre.

    Mi pregunta es si esto es legal o no, si pueden hacerlo, porque trabajamos todo el año sin derecho a tener los festivos, vale que los abran y los trabajes, pero si no vas, ¿Por qué tenemos que recuperar esas horas otro día? ¿Acaso no nos pertenece?

    Espero que me podais ayudar.
    Un saludo.

    Responder

  71. angel

    si mi trabajo transcurre siempre en turno de noche, ¿En las pagas extras vienen tambien el pago de la nocturnidad? solo nos pagan el salario base + antiguedad

    Responder

  72. LORENA

    Buenas noches, trabajo en horario nocturno como recepcionista de un hospital privado, pero pertenezco a una empresa externa contratada para cubrir las noches junto con otro compañero. Hago 135 horas nocturnas al mes , unas semanas trabajo solo miercoles y jueves y las otras lunes,martes, viernes, sabado y domingo.Trabajo los festivos que me toquen por cuadrante porque el rotatorio siempre es el mismo y son 9 horas de trabajo.
    Mi pregunta es: Trabajando siempre de noche y con ese horario no tengo plus nocturnidad. Lo he solicitado y me dan largas. Es legal?

    Responder

  73. Jose Ruiz

    Hola

    En mi empresa trabajamos a turnos de 3 días. Noche-Tarde-Mañana. (10 horas noche 7 tarde y 7 horas mañana). Es legal descansar 7 horas entre turno noche-tarde?

    Gracias de antemanos

    José

    Responder

  74. Sandra

    Hola!

    Tengo una consulta relacionada con este artículo. Trabajo en un centro de menores en el turno de fin de semana y festivos. Dicho turno era de 14 horas diarias, y apelando a que no respetaba el descanso entre jornadas solicitamos su modificación. Ahora la empresa nos exige hacer más horas semanales de las que hacíamos (35 semanales en lugar de 28) y ha establecido los turnos de noche de 12 horas (son rotativos, de tal manera que cada trabajador pasa por el turno de noche - que son 12 horas viernes, 12 sábado y 12 domingo - una vez cada tres semanas).

    Mis preguntas son las siguientes: ¿pueden solicitar que incrementemos el número de horas cuando hasta ahora hacíamos menos como práctica habitual - Este turno se lleva haciendo 5 años, se hacían menos horas aunque en contrato tengamos las 40 semanales-? ¿Es legal que estos turnos de noche sean de 12 horas?

    Muchas gracias y saludos.

    Responder

  75. Gorka

    Llevo varios años trabajando en una gran empresa dedicada a la venta de artículos deportivos. Somos varios equipos de venta divididos por secciones, y cada sección cuenta con su patrón. Los horarios se predisponen trimestralmente por cada encargado de sección para con su equipo. Para este tercer trimestre del año se nos ha dicho que los turnos no excederán de cuatro o cuatro horas y media, convirtiendo de esta manera la jornada laboral continua en una jornada laboral partida (únicamente el encargado tiene jornada completa, los empleados, sin excepción, jornada parcial).
    De siempre hemos estado organizados, unos de mañana, otros de tarde, y a nadie le agrada este cambio impositivo. Me gustaría saber qué opciones tenemos para recurrir este cambio de forma legal, pues sospechamos que no existen causas objetivas para tal fin, salvo tal vez quitarse a todos los indefinidos posibles de encima.

    Muchas gracias de antemano

    Responder

  76. Olga

    Buenas tardes,trabajo en un servicio de atención 24 horas, 365 días al año. Cada trabajador tiene firmado un contrato con el turno y las condiciones que le ofrecieron desde la firma. Pero ahora quieren que firmemos un anexo en el que indican que "los turnos y jornadas podrán verse sujetos a cambios por necesidades del servicio". Los trabajadores queremos añadir a esta frase que "según disponibilidad del trabajador", pero no lo aceptan porque supone no tener la sartén por el mango y podríamos decir todos que no para cubrir una jornada o turno determinado. Hasta ahora cuando se han dado esas situaciones hemos sido flexibles y aceptado cambios por el bien del servicio, pero nos da miedo firmar esto y que suponga la obligación de realizarlos impepinablemente. A qué ley podemos sujetarnos? al estatuto de trabajadores?
    Muchas gracias, espero su respuesta. Un saludo

    Responder

  77. saint

    Saludos, yo tengo turnos de 12 horas pero es de 19:00 a 07:00 durante 7 días la semana siguiente de día 10:00 a 14:00 y 19:00 a 00:00 y tb de 07:00 a 19:00 según cuadrante, ya que son servicios completamente diferentes, digamos que estoy de fontanero y de camionero. Trabajo 280 mensuales y cobro 1030 euros. Esto no está bien aunque peor es nada, además de que no puedo hacer nada para cambiarlo (yo sólo) o cambio de trabajo o me aguanto. Las leyes me las aplican para pagar cosas, multas, hacienda, pero no se las aplican a los empresarios para así fomentar el trabajo.

    Responder

  78. Pacuelo

    Hola te comento lo que sucede en mi empresa, pertenezco a una empresa de servicios de vigilancia. Realizamos los servicios para otra empresa q trabaja a turnos. Nosotros tenemos q estar las 24 horas los 365 dias. Somos 5 para hacer este servicio, una compañera esta con jornada reducida por el nacimiento de su hijo, siempre en horario de mañana. Otra compañera se niga hacer servicio de noche, y la empresa se lo consiente desde hace cerca de 10 años. Los otros 3 que quedamos nos toca trabajar practicamente siempre de noche o alguna tarde. Mi pregunta es la sigiente, podemos negarnos hacer el servicio de noche? En nuestro convenio pone claramente q se trabajara a turnos rotativos y no se discriminara a nadie por su sexo. Y es el motivo por el que la compañera(q no hace noche) dice q le da mucho miedo y le crea ansiedad. Puedo denunciar a la empresa por discriminacion? Y la empresa obligarla hacer turno de noche?

    Responder

  79. Alejandro Emilio

    Una pregunta estos articuos leyes de que pais son? España?

    Responder

  80. Isabelle

    trabajo en el aeropuerto y tengo horario de mañana siempre por no haber otro turno. Mi pregunta es si la empresa esta obligada por ley a darte como min 1 fin de semana por mes libre.

    Muchas Gracias,
    Isabelle

    Responder

  81. Mª Carmen Gallardo

    Trabajo haciendo suplencias como monitora-cuidadora de discapacitados, mis compañeras cogen sus vacaciones por quincenas, evitan coger la semana en que descansan tres días (dos de ellos sábado y domingo) y se organizan para enlazarlas con sus días de descanso, por lo que yo enlazo turnos de siete días de trabajo seguidos tras los que sólo descanso dos, hay semanas en las que sólo descanso un día y llego a trabajar siete fines de semana seguidos. Me pagan las horas de más mensuales a 6 €/hora pero a mi me gustaría saber legalmente cuantas horas seguidas se puede trabajar sin descansar y si tengo derecho a disfrutar de fines de semana más a menudo

    Responder

  82. Antonio

    Hola.

    Soy un trabajador a turno de 24h 365 dias.
    En un puesto de trabajo que no se puede parar, tiene que haber una persona especialicada 24h/365dias.

    En varias ocasiones nos ha ocurrido que el relevo no ha acudido, por lo que hemos tenido que ampliar nuestra jornada 8 horas mas en total 16 horas, descansar 8 horas y volver al puesto de trabajo a realizar otra vez 8 horas o 16 horas si el problema no se ha resuelto con el relevo.
    o conjuntamente con el otrooperario tabajar 8+4 cada tranajador.

    la empresa no tiene a nadie formado para cubrinos, por dejadez, pues en el convenio viene claramente especificado que tenemos que tener operarios capacitados para relevarnos en caso de necesidad.

    Mi duda es:
    ¿Cuantas horas tengo la obligacion de quedarme para cubrir el puesto?
    ¿Que consecuencias puede tener abandonar el puesto de trabajo dejando todo desatendido?
    ¿puedo denunciar a la empresa por esta situacion?

    Muchas gracias.

    Responder

  83. sinis

    Hola,
    Trabajo en artes graficas, y estamos trabajando a turnos rotativos mañana. tarde y noche
    ahora , la empresa quiere que cada turno nocturno trabaje de cinco noches 40 horas a seis noches 48 horas, bajo amenaza de que quien no quiera hacerlo, la empresa buscara represalias contra el trabajador
    quisiera saber si la empresa puede hacer algo si el trabajador se negase
    saludos desde Valencia

    Responder

  84. Juan

    Hola, en la administración donde trabajo queremos implantar turnos de doce horas y quisiera saber si es legal llevarlos a cabo así como la legislación en que se base.
    Gracias

    Responder

  85. Jose

    Hola,trabajo a turno,un dia tuve que hacer mi trabajo en el turno de tarde,que me correspondia según calendario laboral y me mandaron continuar para cubrir el turno de noche,si al dia siguiente tuve que volver ha hacer mi turno de tarde,no transcurieron las doce horas que creo tendria que haber tenido entre turnos,tengo derecho a una compensación de cuatro horas para librar?

    Responder

  86. REYES

    Trabajo dos semanas seguidas una de lunes a a domingo de mañana y otra de lunes a domingo de tarde (Jornadas de 7 horas) y después libro una entera.me pueden exigir trabajar en vez de 14 días trabajar 17 para cubrir tres días de baja de una compañera?

    Responder

  87. Yolanda Casado

    Yo voy a empezar a hacer reducción de jornada por tener hijo menor de 12 años y he estado mirando y no he encontrado nada al respecto sobre si mi empresa que trabaja a tres turnos de mañana, noche y tarde, pueden obligarme a hacer el turno de noche, porque segun he escuchado de gente que hace reduccion y lleva mas años si tienen que hacer la noche, pero yo en dos empresas que habia estado anteriormente me habian dicho que al hacer la reduccion de jornada no tenia la obligacion de hacerla, gracias.

    Responder

  88. david

    hola tengo varias preguntas que a ver si me las podeis aclarar.
    Trabajo en un burguer king en madrid de 24 horas, ahora nos a comprado una empresa, soy indefinido y al cambio de la empresa firmamos un papel como que el cambio no nos iba a influir en nada y que se nos mantendrian todo igual.
    pues bien de momento nos han bajado el salario base, hacemos turnos nocturnos de 00 a 8 y no nos los quieren pagar, en concepto nos dan 6€ al mes, no tenenmos ningun sindicato en la empresa para quejarnos.
    Otro apartado es que los turnos nos los dan solo 3 o 4 dias por adelantado y encima no son turnos fijos semanales sino que un dia te ponen de 00 a 8 y te hacen entrar el mismo dia de 16 a 00, o te ponen 2 de mañana y luego te pasan al turno de noche.
    Cuales son nuestros derechos y a donde tenemos que ir para poder solucionar nuestra situacion.
    muchas gracias

    Responder

  89. elizabeth

    Trabajo turnos rotativos mi empleador nos dava 5 noches y descansabamos 2 ahoora nos da 1 q es el dia saliente y entramos al dia siguiente alas 15:30 asta las 23:30 esto es legal

    Responder

  90. david

    hola, vengo desempeñando un cargo de operario en una empresa desde hace nueve meses pero entre a laborar de dia solamente una semana luego me cambiaron al turno nocturno y desde entonces no me an cambiado eh pedido q me cambien y no me dan respuesta tampoco se liquidan los recargos del dia sabado hasta el domingo laboro de 7 pm a 4am del dia siguiente q entro de lunes hasta el sabado quisiera saber como me tienen que liquidar el dia sabado. gracias

    Responder

  91. NOEL

    Hola buenas noches. Trabajo como tecnico de mantenimiento en un hospital a regimen de turnos. El problema que tenenmos es que nos han puesto un convenio colectivo (Empresas de ingenieria y oficinas de estudios técnicos), el caso es que de golpe tenemos que hacer 1800 horas anuales de las cuales nos ponen en calendario unas 1590 horas y el resto hasta llegar a las 1800 horas, se las debemos a la empresa, las cuales utilizan para llamarnos y mandarnos a trabajar donde quieran y cuando quieran ellos eso si siempre por nuestra ciudad. otra cosa que no vemos claro, es si este convenio para trabajar a turnos como tecnicos de mantenimiento es valido, ya que no sale nada de retribuciones por trabajar festivos, fines de semana y noches, segun nos han comentado, tendrian que aplicarnos como minimo el del metal. Les agradeceriamos que nos asesoraran un poco antes de ver si nos movemos o no, ya que a dos de los nuestros reclamaron y ya no los hemos vuelto a ver, y la unica solucion es que estemos seguros e ir todos a una,

    muchas gracias y reciban un cordial saludo

    Responder

  92. juan carlos

    mi empresa quiere que trabaje mis turnos de noche y festivos de 12 horas totalmente solo en el edificio, es legal? no hay riesgos ?

    SALUDOS Cordiales

    Responder

  93. Patricio flores

    Sí trabajo en horario de cuatro turnos ósea tres días de mañana , tres días de tarde y tres días de noche y descanso tres días tengo derecho a horas extras al 100 % cuando son sábados o domingos

    Responder

  94. delfina monfort serret

    hola trabajo en turno de noche fijo quiero saber cuantas horas anuales tengo que hacer y donde lo especifica la ley

    Responder

  95. Jose

    Estoy trabajando en una empresa funeraria en turnos de 48 horas seguidas, con 24 de descanso si no hay trabajo extra, en esas 48h. Puedo estar activo 0h. o 30h. seguidas o no y a cualquier hora de dia o noche, incluidos domingos y festivos, si no estoy en el puesto de trabajo (oficina) tengo que estar pendiente obligatoriamente del móvil. ¿Cuantas horas puedo decir que trabajo?. Gracias

    Responder

  96. juan

    buenas me podrías informar si es legal lo que me han propuesto en un nuevo puesto de trabajo en la construcción, la propuesta es de sistema de relevos de nueve jornadas de trabajo a nueve horas (una de solape con el relevo siguiente) y tres jornadas de descanso, la nocturnidad tiene un % legal de aumento pagado en la nomina, pero los festivos los consideran laborables en nomina y los días de convenio no existen.

    un saludo y agradecimiento por la informacion

    Responder

  97. JESUS

    Llevo haciendo los turnos de mañana y noche desde hace mas de veinte años, es decir una semana de mañana y otra de noche.AHORA LA EMPRESA QUIOERE QUE HAGAMOS DOS SEMANAS DE MAÑANA Y UNA DE NOCHE CON LO CUAL MIS INGRESOS SE VERIAN AFECTADOS NEGATIVAMENTE AL TRABAJAR MENOS NOCHES,NO QUIERO ROMPER LA RELACION LABORAL. QUE PUEDO HACER.

    Responder

  98. jose

    Trabajo a turnos 1 semana de noche otra de mañana y otra de tarde en produccion continua. Es legal ke entrando a las 22:00 y saliendo a las 6:00 si falta el relevo me hagan quedarme hasta las 14:00 ??
    Aunque venga reflejado en el convenio?

    Responder

  99. manuel

    llevo 2 años rotando en la empreza y he pedido la reducion de jornada y me dicen que com yo soy de jornada de tarde no puedo pedir rotativo
    pero lesdigo que los fichajes esta alli no se si me pertenece ese turno rotativo.

    gracias por escucharme

    Responder

  100. Wilfredo jimenez

    tengo 2 años de trabajar un mes de dia y otro mes de noche de 10a 6am ,la verdad ya no quiero trabajar de noche la verdad me afecta mucho la salud y rendimiento fisico ...tengo el derrecho de pedir que me quiten del horario de noche

    Responder

  101. esther

    Hola! Mi situación es la siguiente; acabo de divorciarme y tengo la custodia compartida, 1 semana cada uno de los conyugues, la semana que tiene mi ex el niño tiene fiesta pero yo trabajo de tarde cuando lo tengo yo. He pedido en mi empresa un cambio de turno para ir de mañana cuando tenga al niño,( que solo tiene 3 años) y me lo han negado y a mis compañeras y también se han negado ¿ que puedo hacer?

    Responder

  102. ester

    Hola
    Necesito saber como puedo proponer a la empresa hacer turnos rotatorios, pues la mitad d mis compañeros estarían de acuerdo

    Responder

  103. leila

    hola, estimado: mi tema es el siguiente, yo estoy trabajando actualmente en una fabrica hace ya 1 año 5 meses y cuando me entrevistaron me dijeron que el horario era de 8 a 17hs, yo contentisima le dije que me parecia perfecto ya que solo podia hasta las 17hs y que a las 18hs entraba a la facultad y solo podia hasta ese horario, el de rrhh ahi mismo me dijo que era ideal para el puesto, despues de un año y medio casi me informan que tengo que asistir en el turno tarde de 13:30 a 22hs, siendo que ellos me contrataron estudiando y lo aceptaron... yo tengo 2 años ya en la facultad estudio un profesorado de biologia y no tengo posibilidades de hacerlo a la mañana ya que averigue y todos son de tarde y vespertino, me dicen que no se puede hace nada y entonces? yo tengo que abandonar mi carrera? porque al trabajo lo necesito, es injusto, si a mi me decian que era para la tarde de una no iba a aceptar porque me ilucionaron asi? que puedo hacer? por favor ayudeme! tengo algun derecho?

    Responder

  104. margarita

    hola trabajo cuidando una abuela de lunes a viernes de 18 a 10 hs osea 16 horas
    quisiera saber cuanto me deberian pagar o donde fijarme

    Responder

  105. guadalupe escudero mayan

    Buenas tardes, mi duda es, si tengo u. Contrato de 4 horas o de dos horas diarias, tengo derecho a un dia a la semana de descanso o no tengo derecho

    Responder

  106. Dana

    Hola. Entré en noviembre a últimos a trabajar y me dejaron casi cuatro meses de noche sin darme ningún tipo de explicación, pero avisé y me lo cambiaron. sé que no se puede hacer. Me dejaron mi turno rotativo, (dos semanas de mañana y dos de tarde) solo estuve un mes cuando me dicen que tengo que ir de noche. solo hice un día de noche y me cambiaron a la tarde.....no me dan explicaciones, eso es normal?? se que es ilegal también. Y ahora mi situación es que me están dejando de tarde, hablo con los jefes y no me dan ninguna explicación. Trabajo por ett y no se si por eso no me explican nada. Mi contrato es (en teoría) rotativo, por que me cambiaron a otra ett y solo pone de Lunes a Domingos pero nada de turnos rotativos. Hay chicas por mi misma ett y ellas si rotan. Que puedo hacer?? Hablo con los jefes pero no me hacen caso. ¿esto puede ser algún tipo de mooving?? Gracias.

    Responder

  107. Dana

    Hola de nuevo. Por favor necesito que alguien conteste a mi comentario. Alguna persona que este bien informada en derechos laborales?? La semana que viene me han vuelto a poner de tarde.....por favor, alguien que me diga con quien puedo hablar para poder solucionar mi problema. No es que quiera los turnos rotativos, es que los necesito. Toda persona tiene sus motivos personales y hay días que necesito las tardes para hacer cosas y mi problema va a ser que nadie va a querer cambiarme depende que días. Gracias

    Responder

  108. Eduardo Rodriguez

    Por razones de nuevo Proyecto y por seguridad todo el personal realiza sus actividades en turno de noche de 10pm a 6 am, de Domingo a Viernes terminando el día sábado a las 6 am, llevamos aproximadamente 6 meses trabajando a este ritmo, lo que a mi opinión es perjudicial para la salud de los trabajadores quienes no tienen otra opción ya que de día no hay actividad. Su rendimiento se ve afectado, el cansancio es evidente, fuera del estrés y problemas sociales existentes. No existen horarios rotativos, ni descansos prolongados, se cumple con las 48 horas semanales,6 días a la semana. Se que no se debería trabajar de noche de manera continua mas de 15 días, pero como podemos aplicar esto si no hay actividad en otro turno?, se debería generar descansos cada 3 días o 4 días continuos de trabajo nocturno de 2 a 3 días y sin afectar su salario mensual, seria esto legal??Que se puede hacer porque probablemente los trabajos continuaran por las noches en proyectos similares???

    Responder

  109. Sergio

    Hola gracias de antemano.
    te cuento mi caso llevo trabajando de noche 2 años 5 dias a la semana de 22:00 a 06:00, te quieria preguntar me corresponde dia libre a parte de sabado y domingo?

    Gracias

    Responder

  110. Tsvetan Hristov

    Hola, hace 2 años, este es tercero, que trabajo-solo las temproradas de verano de abril a octubre, por una empresa en sector de hosteleria - es un restaurante. Me hacen contratos de trabajo temporal. En contrato escribe "40 horas semanales, prestadas de lunes a domingo con los descansos establecidos legal o convencionalmente", pero me obligan que trabajo por la noche, cada noche de 00.00h a 8.00h de la mañana sin dia libre 6 meses y mas. Mi trabajo es como sereno- tengo que preparar los productos de cocina para dia siguente, limpiar la cocina.Mas que estoy solo casi 3 meses a la temporada o con mi compañero en este restaurante que es de una playa, esta abierto por todos lados y tenemos que vigelar por la noche que no entran gentes, que no roban. A partir de este año quieren que hago y horas extra por la dia como mantenimiento. Creo que todo esto no es legal. Que derechos tengo y que tengo que hacer para buscar les? Como puedo comprobar que mi trabajo es por la noche, porque no lo escribe en el contrato, tambien como puedo comprobar y que trabajo sin dia libre?

    Responder

  111. Anónimo

    Hola, trabajo en un hospital (soy funcionaria pero en este ámbito se denomína Personal Estatutario, ya que nos regimos por nuestros propios estatutos) tengo un turno rotatorio consolidado en traslados internos, pero por motivos de salud me impiden hacer turnos de noche. Al adaptarme el puesto de trabajo por motivos de salud, ¿ Tengo derecho a cobrar la rotación, es decir noches y festivos, ya que tengo el turno rotatorio consolidado? Ya que el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales me quiere obligar a dejar mi turno rotario y ponerme de mañanas, y eso conlleva una disminución en mi salario porque no hago ni noches ni festivos.
    Gracias.
    Gracias

    Responder

  112. sicardo sebastian capellan,

    los trabajadores,porvotacion,se pueden negar ha hacer turnos,

    Responder

  113. adrian angel

    hola me llamo adrian y yebo 2 años trabajando en turno nocturno entrando el domingo 00 asta las 06 del lenes y entro alas 22 del mismo y continuo de 22 a 06 saliendo el sábado es legal eso

    Responder

  114. Juana

    Hola, en mi empresa hacemos turnos rotativos, mañana, tarde y noche. Al estar 3 empleadas con reduccion de jornada en turno de mañana, nos quieren obligar a asumir solo turnos de tarde y noche y que ellas hagan las mañanas. Ademas quieren que hagamos una hora mas cuando estemos en turno de noche. Todo esto lo pueden hacer? me puedo negar a hacer esos turnos?

    Responder

  115. juan

    hola buenas, queria saber si la cadencia dentro del trabajo por turnos se tiene q dar en todas las profesiones o solo en algunas. yo trabajo en un aparcamiento con categoria de agente de aparcamiento y los turnos son como quiere el jefe, por eso queria saber si deberiamos llevar una cadencia

    Responder

  116. ana maria

    El trabajador acepta la realizacion de horas extraordinarias cuando el servicio lo requiera y la empresa asi lo determine con las limitaciones que se establecen en los articulos 12 y 35 del estatuto de los trabajadores y demas normativas vigente, pudiendo la empresa optar en cada momento entre pagarlas y/o compensarlas con descanso. Hola soy
    trabajadora nocturna desde hace casi tres años en un centro comercial. Mi contrato es de obra y servicio y en dicho contrato pone esto
    Estoy obligada a hacer horas extras despues de mi jornada laboral de 8 horas?

    Responder

  117. Juanjo

    Trabajo de noche ,quisiera saber si a la hora de computar para la vida laboral es igual que si estuviera de dia o se computa diferente,

    Responder

  118. Carlota

    Buenas tardes;Trabajo en turno de noche (de 22 a 6h), pero actualmente estoy de tardes en sustitución de una compañera de baja. Aún si no ha vuelto pueden cambiarme otra vez a la noche? Me lo han comunicado y no quiero hacer más noches, quiero cambiar de turno. Ya llevo 5 años. Si hay otro turno disponible no deberían mejorar el mío q es el más penoso, el que más afecta a la salud? Cuánto tiempo pueden obligarme a ir a turno de noche si yo no quiero, en contra de mi voluntad?
    Muchas gracias. Espero puedan ayudarme.

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  119. Cris Bon

    Trabajo en el convenio de sanidad publica. Quisiera saber si al alcanzar determinada edad puedo solicitar dejar de hacer noches. Gracias

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  120. natalia

    Hola comence por contrato turno mañana y un dia cambiandome de sede me dicen que tengo que ir dos dias a la semana de 12 a 20hs lo cual me complicó la vida pero me resigne... puedo exigir despues de 2 años que vengo padeciendo este horario que me perjudica exigir mi horario anterior? O dentro del turno mañana por lo menos? Antes trabajaba de 8 a 16 de lunes a viernes y ahora de 10 a 18 martes miercoles y viernes y de 12 a 20 lunes y jueves

    Responder

  121. David

    Hola trabajo en una empresa de pruduccion de cadena las 24 del día, los turnos son de mañana y de noche.
    Estoy siempre de turno de noche porque los del turno de la mañana no quieren rotar.
    Somos 4 compañeros.
    Se pueden negar a no rotar?
    Cuando trabajas de noche con un contrato de 40h semanales, cuantos días tienes de descanso a la semana?

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  122. fernando dominguez

    Hola querria saber cuanto tiempo seguido te pueden meter de turno de tarde teniendo contrato fijo de mañanas y tardes gracias

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  123. Robert Rivera

    Hola buen día

    Si salgo de laborar en turno nocturno a las seis am de la mañana del Domingo y mi jefe dice que debo volver el mismo Domingo a las seis pm. Dándome aviso esa misma mañana lo debo de hacer?

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    • jose

      hola Roberto mi caso es parecido al tuyo soy conserje de edificios turísticos,mis compis tampo keren rotar no se si será legar trabajar tantos meses de turno de noches

      Responder

  124. Roberto

    Trabajo siempre de noche en una empresa de servicios.mi labor es de conserje y segun la empresa el computo de horas es de 165h mensual. La empresa se descolgo del convenio y ahora no se cuanto tengo q cobrar al mes. Ya llevo 6 meses

    Responder

  125. Renato

    Hola..soy trabajador de seguridad privada..llevo 9 años seguidos trabajando en turno de noche ya que en mi servicio es el unico turno...pero peor aun es el horario..ya que cada dia se entra a una hora distinta ..es decir tengo seis hlrarios distintos durante los siete dias que trabajo..mis descansos eso si son siempre igual..trabajo siete y luego dos de descanso menos el fin de semana q son tres dias. Estoi a tratamiento de ansiedad y depresion por problemas laborales..familiares y de estres ...ya no logro aguantar mas de seis meses seguidos trabajando..mi pregunta es..que solucion tengo?

    Responder

  126. Pascual Romero

    Buenas.
    Quisiera hacer una consulta en mi trabajo tenemos tres turnos 06am a 14hs pm de 14hs a 22hs y de 22hs a 06hs solamente tarde y noche hacen rotacion. Ahora la empresa quiere cambiar los horarios de ingreso que serian de 03am a 11am y 12hs a 20hs pm. Mi consulta es lo siguiente: Esto es legal especialmente si ingresamos a las tres de mañana puesto que estariamos saliendo de nuestras casas aprox. de 02am y por la seguridad misma?

    Responder

  127. Fernando

    Trabajo en el convenio de administracion publica como personal laboral. Quisiera saber si al alcanzar determinada edad (53 años) puedo solicitar dejar de hacer noches por problemas de salud, Gracias -

    Responder

  128. Ls

    Hola,
    como se podría redactar los artículos de un convenio para solicitar un plus por desempeñar tu trabajo en distintas zonas o áreas dentro de la empresa (un correpuestos o correturnos) que requieren cada una de ellas un mínimo de formación o capacitacion; Y como solicitar un plus por exigir la empresa sacarte una titulación ante un organismo publico para poder cumplir las exigencias legales en una determinada zona de trabajo. Gracias.

    Responder

  129. hector ruiz ramirez

    la empresa enk trabajo cambio los descansos de domingo a realisarse un dia entre semana rolandose el descanso cada semana trabajando asi siete dias y descansar solo uno ademas de cuando es cambio de turno nos obligan a hacerlo con una diferencia de 8 horas es decir descansando solo 8 horas pueden hacer esto? estan en todo suderecho el sindicato no nos ayuda y ademas se pusoen contra de nosotros espero su respuesta.

    Responder

  130. alex

    Tengo problemas soy hipertenso y sufro de taquicardias y ansiedad y tengo un tratamiento y trabajo por turnos puedo pedir a la empresa que me excluya del turno de noche por dicha enfermedad gracias de antemano

    Responder

  131. Arturo

    Hola , trabajo en mensajeria con un horario de 19:00 a05:00 con una hora de cena de las 22:30 a 23:30. No cobramos nocturnidad y la hora extra la ponen en nomina como mejora voluntaria,somos unos 45 trabajadores en esta situacion.me podria alguien explicarme como es posible esto,,gracias

    Responder

    • Cristóbal

      Buenas tardes, trabajo de seguridad y desde hace cuatro años el jefe de equipo se ha puesto por petición de la gerencia del lugar en el que préstamos servicio el turno fijo comprendido de las 07:00 a las 15:00 mayormente de lunes a sababo, somos seis vigilantes más que hacemos el resto de horarios en un servicio cerrado de 24 horas. 
      Mi pregunta es si tenemos derecho a pedir que el mencionado jefe de equipo rote con el resto de compañeros y haga las tardes y noches que le correspondan. En definitiva que se repartan entre los siete vigilantes todos los turnos en cuadrantes mensuales. 
      O después de transcurrido tanto tiempo (cerca de cuatro años) y ser una exigencia de la gerencia de donde préstamos el servicio ya es un derecho adquirido por su parte. 
      Gracias.

      Responder

  132. Maria Gonzalez

    Buenas yo trabajo en un kiosko en el terminal de turno noche hace ya un año 6 meses jamás se nos ha otorgado un chequeo médico ni nada y descanso 1 dia a la semana y 2 domingos al mes donde no alcanzó a recuperarme totalmente hay un recurso legal para acudir y pedir un descanso reparador de dos días

    Responder

  133. manuel martin roldan

    hola trabajo a regimen de turnos de 7 a 15- de 15 a 23 y de 23 a 7 de la mañana quisiera saber si es ilegal el turno de noche de las 23 a las 7 de lamañana

    gracias

    Responder

  134. Juan Carlos

    Buenos días,

    Trabajo en seguridad privada, donde por desgracia para sacar un sueldo aceptable nos vemos obligados a realizar bastantes horas extras, según nos ha informado hace poco la empresa no podremos realizar más de 80 horas extras anuales, es por este motivo que les hago esta pregunta. ¿Pueden hacerse más de esas 80 horas anuales voluntariamente?.

    Gracias de antemano por su información.

    Saludos

    Juan Carlos

    Responder

    • Alcibiades

      Hola trabajo en una empresa que entramos a las 23:00hasta las 06:00 y nos dicen que tenemos que firmar como si ubieramos trabajado el día anterior
      Que si 2/12/19 entró a las 23:00
      Y
      Salgo el 3/12/19 a las 06:00
      Debo firmar como si estuviera trabajando el 2/12/19

      Responder

  135. Juan Carlos

    Buenos días,

    Trabajo en seguridad privada y lamentablemente para conseguir un sueldo aceptable nos vemos obligados a recurrir a las horas extras, mi empresa nos ha comunicado que a partir de este mes próximo solo se podrán trabajar 80 horas anuales, es por este motivo la siguiente pregunta. ¿No se pueden trabajar más horas aunque sea voluntariamente?

    Gracias de antemano por su respuesta
    Saludos
    Juan Carlos

    Responder

    • Cristóbal

      Buenas tardes, trabajo de seguridad y desde hace cuatro años el jefe de equipo se ha puesto por petición de la gerencia del lugar en el que préstamos servicio el turno fijo comprendido de las 07:00 a las 15:00 mayormente de lunes a sababo, somos seis vigilantes más que hacemos el resto de horarios en un servicio cerrado de 24 horas. 
      Mi pregunta es si tenemos derecho a pedir que el mencionado jefe de equipo rote con el resto de compañeros y haga las tardes y noches que le correspondan. En definitiva que se repartan entre los siete vigilantes todos los turnos en cuadrantes mensuales. 
      O después de transcurrido tanto tiempo (cerca de cuatro años) y ser una exigencia de la gerencia de donde préstamos el servicio ya es un derecho adquirido por su parte. 
      Gracias.

      Responder

  136. PePe

    hola,
    tras mirar el convenio y el estatuto de los trabajadores, tengo una duda.
    Si trabajo de turno de noche de 19:00 h a 7:00 h , solo 8 h están catalogadas como nocturnas, de 22:00 a 6:00?
    y si solo se pueden hacer 8 horas de turno de noche y segun el art.36 no se pueden hacer horas extras a partir de 8 h, las otras cuatro que hecho que son ?
    son legales segun el estatuto?
    gracias.

    Responder

  137. Jose

    el legal un calendario de turnos 5/5, es decir, trabajas 5 (12 h) dias y descansas 5 dias.
    *cada periodo de 5 dias de trabajo son 12 horas diurnas o 12 horas de noche

    Responder

  138. jose

    Buenos días,

    En ocasiones en la empresa donde estoy, nos hacen trabajar a turnos rotativos mañana / noche.

    Hay jornadas en las que salimos a las 7 de la mañana después de terminar la jornada nocturna y el día siguiente a las 6:30 de la mañana debemos volver de turno de mañana.

    Es esto correcto?

    Gracias

    Responder

    • Salvador

      Por ley No es legal amigo tienes como mucho 8 horas al día es decir jornada completa, pero por dinero todo es legal como me hacen ami trabajando 14 horas y fin de semana desde la 13:00 del viernes hasta las 08:00 de lunes

      Responder

  139. jose

    hola trabajo como conserje de eficios turísticos,llevo 9 meses turno de noches,mis compañeros no kieren rotar y la empresa se lo he comentado y pasan de todo, ess
    legal ke me tengan siempre en el mismo turno??? mi contrato me pone de lunes a domingo con los descansos establecizos por la ley en ningún caso me pone ke tenga ke ir de noches gracias

    Responder

  140. Pablo

    Hola Ana, soy médico general y he empezado a trabajar en una residencia de ancianos hace mes y medio con un contrato al 40%.
    En agosto cubro las vacaciones a la médico de la empresa durante 15 días. El trabajo tiene un horario de 9:30 a 13:30 y de 16 a 20 pero habitualmente me quedo más horas. Además cada día de trabajo estoy de guardia localizada por si hay urgencia o defunciones...¿¿Todo esto es legal??

    Muchas gracias y un cordial saludo

    Responder

  141. Macarena Diaz castillo

    Hola mi consulta es por lo siguiente .trabajo en una empresa de alimentación en la cual mi contrato dice turnos rotativos pero hace unos meses me ha tocado hacer tres semanas de tarde y una de mañana quiero saber si eso es legal o no ya que no es lógico por que somos más de ochenta personas las cuales tenemos los mismos contratos. Agradezco algún comentario que me oriente.

    Responder

  142. Rosa maria

    Trabajo 5 noches descanso 5 días k vacaciones al año me corresponden

    Responder

    • Elizabeth

      Hola tengo el contrato de conserje y hago el turno de noche , ahora por razon de que no tengo con quien dejar a mi hijo de seis años por las noches he pedido un cambio de turno trabajar de dia y me lo niegan y lo unico que me han propuesto es hacer turnos rotativos. Tengo alguna opcion legal a mi favor?

      Responder

  143. leo

    Hola, queria realizar la siguiente pregunta

    En mi contrato laboral queda especificado lo siguiente: "El horario de trabajo habitual y aproximado del TRabajador sera de 40 horas semanales. El presente contrato se suscribe para la realización detra bajo a tunos, de confirmidad con la necesidades organizativas de la compañia" Esto implica trabajar en horario nocturno? incluso los fines de semana?

    Muchas gracias

    Responder

  144. Francisco Javier Saenz

    Buen dia
    Tengo una duda respecto a que si luego de hacer dos turnos consecutivos de jornada nocturna a cuantos dias libres se tiene derecho, por ejemplo: en mi caso cuando salgo de hacer dos noches, el siguiente dia se llama descanso posturno y el dia siguiente a ese se llama dia Libre, es correcto tomar estos dos dias luego de hacer dos turnos de noche?

    Responder

  145. Raul

    Hola,hace unos meses empecé a trabajar en una empresa como conserje, en mi contrato no está estipulado el horario nocturno pero solo me ponen nocturnidades, en la nomina ni siquiera sale reflejada la nocturnidad y me las pagan en B, ¿me puedo negar a seguir con el turno de nocturnidad?

    Responder

  146. Salvador

    Yo trabajo de vigilante 14 horas diarias desde las 18:00 de la tarde hasta las 08:00 de la mañana del día siguiente con un día laboral de descanso a la semana, y en fin de semanas entro entro a la 13:00 del viernes y hasta el lunes a las 08:00. Esto sé que os parece una mentira pero es verdad amig@s y pagan una m...... encima, pero bueno así es viva España.

    Responder

  147. Afrodita

    Buenos días , soy enfermera y estoy contratada al 75% en una residencia. Tengo turnos fijos y trabajo todos los fines de semana, eso es legal? Ya que no libro ningún fin d semana y en mi contrato no pone ninguna cláusula de tener que trabajar fines de semana y festivos , solo me pone el numero de horas totales a la semana.
    Gracias con antelación

    Responder

  148. miriam elena diaz

    necesito saber si hay una ley que diga si los enfermeros que trabajan de noche deben trabajar la navidad y el año nuevo ? mi horario es de 00hs a 06hs en neonatología ...

    Responder

  149. Mateo

    Buenas tardes. Tengo una pregunta y dos respuestas y no se cual es la correcta.
    Pregunta.
    Tengo una baja medica y me han dado el alta hoy y mi turno es de noche de las 23:00 h hasta las 06:00 h, Cuando tengo que incorporarme a las 00:00 h del mismo día de alta o el siguiente día de turno.

    Gracias.

    Responder

  150. hendrick

    Hola yo travajo para una distribuidora . Los 365. Del año son intendente vijilante y velador d noche. Trabajo las 24 horas del dia. Todos ls dias no m dan dias festivos ni me los pagan. Solo gsno un sueldo. Y los demas me extorcionan alguien que me apoye porfabor?

    Responder

  151. Etelvina Jara López

    Hola mi pregunta es igual a la de mi colega hace 5 años estoy en el turno noche neonatología este año nos quieren hacer trabajar tres días seguidos en las fiestas de 18hs a 6hs este año nos tocaría Navidad afuera año nuevo adentro y el cronograma indica trabajar nuevamente la misma fiesta del año pasado y tres días seguidos!!!!hay alguna ley que regule eso?

    Responder

  152. Rose Doval

    hola buenas tardes en mi contrato dice horario de dos dias 0700 a 1900 hras y de 2 diAs de1900 a 0700 y 2 dias de descanso, pero nos hicieron firmar una carta compromiso de estar puntuales en los horarios pero q no nos podemos retirar mientras no llega el relevo hasta q llegue pero no se cuenta con una plantilla de cubre turnos ni vacaciones esta clausula es aplicable

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  153. antonio lopez sanchez

    Buenos días, trabajo para una empresa subcontratada por el hospital, mantenimiento de equipos médicos, mi pregunta es la siguiente: estoy echando la 40 horas semanales por contrato y 1756 horas por convenio, pero cuando termino la jornada la empresa me impuso una clausula en el contrato para que lleve un busca para las posibles averías, 24 horas 365 días, si es grave esta acudir al hospital y echar horas extras, ¿es legal esa clausula?, ¿me podria negar a llevar el busca si cumplo con las 40 horas semanales?, gracias.

    Responder

  154. maria

    Soy una trabajadora de 50 años, llevo desde los 21 en una empresa que tiene turnos de semanas de siete días de mañana, tarde y noche, cada día aguanto menos las noches, hasta que edad me puede obligar la empresa a hacer noches?

    Responder

    • Raquel Villalobos

      Técnicamente hasta la edad de jubilación, ya que el Estatuto sólo excluye del trabajo nocturno a los menores de edad (y madres embarazadas/lactantes si hay riesgo). Lo que sí puede hacer es pedir un cambio de turno al empresario, tal como dice el art. 36.4. En caso de que el empresario se negase, recomiendo acudir a un abogado.

      Responder

  155. Jefferson

    Hola soy Jefferson quisiera hacer una pregunta. Yo trabajo en orario nocturno en el cual me dan descanso un dia entre semana y el dia sabado. Mi jornada laboral enpieza los domingo noches. Resulta que me dieron 15 dias de vacaciones desde el 13 de noviembre de esste año asta el dia 27 de novienbre. Quisiera saber si en esa semana me corresponde mi dia de fiesta o no. La enpresa funciona las vacasiones con dias naturales muchas gracias.

    Responder

  156. jose luis

    Hola, soy delegado de personal en una empresa, trabajamos a turnos rotativos, el jefe de producción ha sacado el nuevo cuadrante muy tarde y sin pedirnos conformidad, he visto que hay agravio comparativo pues unos trabajadores trabajan el triple de fiestas que otros, le he manifestado mi disconformidad pero no me hace caso, que deberia hacer. gracias

    Responder

  157. Amparo

    Hola, queria solventr una duda. Soy auxiliar de enfermería trabajo a turnos y en teoria tendriamos que trabajar 3 domingos y librar uno... me han puesto 6 domingos seguidos pero alegando que como uno de esos es un saliente de noche ( entro el sabado a las 20h y salgo domingo a las 8h) me dicen que cuenta como libre y no trabajado.. y que no trabajaria los 6 domingos a causa de ese saliente entre medias.. ¿es cierto que un saliente de noche cuenta como libre y no trabajado? Aunque haya salido a ls 8 de la mañana y ese die lo tenga que gastar para descansar.. solo tenemos un dia libre a la semana y esa semana ya me lo dan el miercoles.
    Un saludo y gracias de antemano.

    Responder

  158. juan

    buenas, trabajo de noche de 21 a 8, y estoy solo durante toda la noche y tengo que trabajar con un tractor, en realidad mi trabajo es de sereno de caballos pero me hacen trabajar con el tractor para dejar en condiciones las pista de doma y salto. Trabajo una semana si y dos no, y las otras dos son de descanso pero obligandome a disfutar de de 3 dias de vacaciones en esas semanas, por lo tanto no tengo vacaciones en periodo estival. Es legal tener que disfrutar de las vacaciones y estar solo toda la noche trabajando con maquinaria agricola?
    un saludo

    Responder

  159. Jose

    Hola, trabajo a 3 turnos, mi contrato es de lunes a viernes, la empresa quiere poner un cuarto turno me puede obligar?

    Responder

  160. Fatima

    hola soy fatima tengo un contrato de 40 horas semanales de lunes a domingos nos han dado una planilla que llevamos 3 años con ella trabajamos siete dia seguidos y libramos el octavo dia ,eso es legal? la planilla la vamos rotando cinco personas conmigo.Trabajamos todos los dia media hora menos para compensar los días festivos que nos toque trabajar pero no se nos pagan ni nada quisiera saber si eso es legal.Tambien libramos un fin de semana cada cinco semana.Me gustaría que me pudiera informal un saludo

    Responder

    • Rogelio

      Buenas tardes,
      Mis compañeros trabajan a turno en un 7x24 y a mí me tienen como apoyo de ellos, no tengo un cuadrante estable, me lo cambian 3 o 4 meses cada vez, trabajo 40 horas semanales. Por ejemplo si finalizo de trabajar a las 23:00h, entro a trabajar al dia siguiente de 11:00am a 19:00 y al día siguiente de 7:00am a 15:00 am, esto está permitido por ley?. Muchas gracias.

      Responder

  161. Carlos Frnando

    Que puedo hacer en el siguiente caso, tengo horario o nos pusieron un horario de 12 horas por 36 horas de descanso, un día sí y otro no, y así sucesivamente, lo que he notado es que mi organismo reciente porque como Entro a las 5am y salgo a las 5 pm, sufro un desvalance fisiológico, cansancio, aparte que esto nos afecta ecónomicamente, pues anteriormente teníamos 5 días de trabajo continuos de 9 horas y nos pagaban 1 hora extra y 2 días de descanso, ahora está de esta manera y pues los días que descansaba a los usaba para realizar trabajos propios y particulares, para ayudarme ecónomicamente, ahora no se puede a pesar que estamos en ese horario, que me rcomiendan, alguna forma legal para hechar atrás este horario? Con quien debo ir a asesorarme a conciliación y arbitraje ?

    Responder

  162. David

    Buenas tardes:
    Trabajo de 22H A 1 H. Si entro el sábado a las 22h y salgo el domingo a la 1h. Deberían cotizarme ese día también o entra dentro del sábado. Muchas gracias.

    Responder

  163. Carlitos56

    Hola,
    Trabajo con aplicaciones químicas, normalmente de noche.
    En numerosas ocasiones he llegado a trabajar por la mañana (cuando no trabajo por la noche voy a ese turno) y me han pedido (tras alguna hora trabajada) que vuelva por la noche. En el convenio no se contempla la turnicidad. Yo no entre a trabajar expresamente para ese puesto sino que lo he llevado a cabo por ayudar a la empresa.
    Además el convenio no refleja plus por toxicidad y por ende no lo cobro, aunque no estoy dispuesto a arriesgar mi salud en estos niveles.
    Qué puedo hacer? Es legal?

    Responder

  164. Jose

    Hola buenas noches,trabajo como conserje de edificios llevo mas de 11 meses turno de noches,mis compañeros no quieren rotar y la empresa me dice ke es lo que hay podria denunciar?? Por cierto mi contrato no me pone nada ke tenga que ir de noches .gracias

    Responder

  165. Patricia

    Hola yo soy mucama y tengo horario rotativo. Como puedo entrar de 4 a 12 d la noche o de 10 a 6 d la tarde o de 8 a 4 d la tarde. Y yo l pregunte a mi encargada si a mi no me corespondia horas noturna. Y me dijo q el contador l dijo q no porq yo era mucama. Yo quiciera saber si es verdad. Gracia

    Responder

  166. Marta

    Los turnos de noche de mi empresa son de 22:00 a 7:00. Mi pregunta es por la paga del domingo...quien debe recibirla? La persona que trabaja de 22:00 a 7 del sabado al domingo o la que entra a las 22:00 del domingo al lunes?
    O las dos puesto que ambas dedican parte del domingo a trabajar?

    Gracias

    Responder

  167. Rogelio

    Buenas tardes,
    Mis compañeros trabajan a turno en un 7×24 y a mí me tienen como apoyo de ellos, no tengo un cuadrante estable, me lo cambian 3 o 4 meses cada vez, trabajo 40 horas semanales. Por ejemplo si finalizo de trabajar a las 23:00h, entro a trabajar al dia siguiente de 11:00am a 19:00 y al día siguiente de 7:00am a 15:00 am, esto está permitido por ley?. Muchas gracias.

    Responder

  168. Fermín

    Hola mi duda es la siguiente. Trabajo en un call center. Y por perdida de un servicio me quieren reducir la jornada de 29. Me puedo negar?¿ Si ne niego me pueden sancionar?¿ Si no estoy de acuerdo puedo negociar mi salida de la empresa por ver afectanda mi vida en lo económico?» muchas gracias

    Responder

  169. Eva Esteban

    Buenas.
    Soy Vigilante de seguridad y llevo en turno de noche cerca de 8 años. Algunas compañeras del turno de la mañana tienen o reducción (7 a 14)h o conciliación familiar (8 A 14h). Necesito saber si estoy obligada a hacer algunos días del mes turnos de 22 a 7h o de 22 a 8h. En esta situación estamos desde hace varios años. Pero mi situación familiar también. Tengo una hija de 4 años y por el horario laboral de mi marido me es imposible seguir haciendo esas horas de más y en mi jornada de noche. Muchas gracias

    Responder

  170. Ruskettle

    En cuanto al cobro de festivos y nocturnidad en turnos 24x5 , si un dia es festivo y se trabaja de noche, se cobrarian los dos complementos (festividad + nocturnidad) o solo el mayor?

    Responder

  171. Marcela

    Buenas tardes, espero puedan ayudarme con la duda. Soy auxiliar de enfermeria trabajo turnos de 12 horas 17 dias al mes, con esto se cumplen las horas que debo cumplir. Salgo a vacaciones, por el tiempo que llevo tengo derecho a 8 dias de descanso, mi pregunta es si en los dias restantes es legal que me pongan todos los turnos que debo realizar en el mes, espero me ayuden, gracias

    Responder

  172. Alodia

    Hola mi pregunta es la empresa puede obligarte a realizar siempre el mismo turno? En mi caso es que desde que entre estoy de tarde y cuando hice la entrevista me comentaron que prefería si estar de noche puesto que hay un turno nocturno fijo o de mañana y tarde y resulta que no nos rotan porque la empresa tiene un alto nivel de personas a jornada reducida de mañana y como falta personal por las tardes nos meten siempre en ese turno. Muchas gracias

    Responder

  173. Alodia

    Hola mi pregunta es puede la empresa ponerte de un mismo turno? Mi caso es que desde que empecé estoy de tardes y cuando hice la entrevista me preguntaron si quería de noche puesto que la empresa tiene un turno fijo de noche o de mañana y tarde, pero no me rotan porque la empresa tiene una alto nivel de personal de reducida por las mañanas y el turno de tarde como les falta jente nos meten a los eventuales. Un saludo y gracias.

    Responder

  174. Miguel A García

    Hola buenas,trabajo a turnos mañana,tarde y noches,mi duda es,que los días festivos que me coincide trabajar,la empresa no nos pagan nada porque dicen que el convenio no pone nada sobre dias festivos.¿Puedo ser motivo de demanda y tendría derecho a que nos lo paguen?
    Muchas gracias por todo

    Responder

  175. isabel moreno hernandez

    buenos días , trabajo en el institut català dela salut en un centro de salud. Los directores quieren que los trabajadores realicemos horario partido, unos días de mañana y otros de tarde, nuestro horario es de 8:00 a 15 los de la mañana y de 14 a 21 los de tarde, por tanto si alguien trabaja un día de tardes sale a las 21 y se iene que incorporar al día siguiente a las 8 con lo que no hay 12 horas de libranza entre turnos. Esto es legal?
    gracias

    Responder

  176. Eduardo

    Hola, buenas noches. Soy conductor profesional, llevo mas de 11 años en la misma empresa . Empiezo a las 14´00H. y termino a las 01´30H. Cuatro dias a la semana. En nuestro convenio no aparece ni se hace mención, sobre las horas nocturnas. Ni percibo ningún otro tipo de compensación, por ello ¿Tengo derecho a reclamarlas?. Si fuera asi, ¿durante cuanto tiempo con caracter retroactivo?. Gracias por contestar

    Responder

  177. Patricia

    Hola buenos días. Trabajo en una empresa de servicio 24 horas. Estoy en turno de noche siempre y trabajo de lunes a domingo una semana si una no 10 horas diarias. Ahora nos han puesto que los martes en vez de entrar a las diez entremos a las 8, por lo que hacemos 12 horas. Por supuesto, no podemos dormir. Quería saber si esto es legal, aunque sea sólo un día, trabajar un día 12 horas, haciendo a la semana 70, y al añadir estas dos 72.

    Gracias

    Responder

  178. Jose

    Soy un trabajador de metalurgia.
    Quisiera saber como se cobra un correturnos, ¿es un acuerdo con la empresa, o hay algun baremo mas o menos especifico?, ¿depende de los dias de fin de semana que se cojan?
    A nosotros nos dan 250€, aparte de un 28% de nocturnidad.
    Muchas gracias

    Responder

  179. Alberto

    Buenos días.

    Trabajo en el sector de agua y por lo tanto nos regimos bajo el convenio del mismo.
    Trabajamos a turnos 24/7 365 días del año. En 3 turnos de mañana, tarde y noche.

    El convenio del agua no marca diferencias sobre trabajar de lunes a viernes, o de lunes a domingo, entonces compañeros de la misma empresa; pero en diferente instalacion,
    que trabajan de lunes a viernes (no trabajan domingos ni festivos) cobran lo mismo que los que trabajamos de lunes a domingo, y por lo tanto si cae en festivo o domingo según cuadrante sí lo trabajamos, cuando ambos tenemos el mismo convenio.

    Es decir, ¿los que trabajamos de lunes a domingo, no tendríamos que cobrar más al trabajar festivos y domingo según nos toque?
    Todos trabamos a final de año los mismos días; pero unps descansan festivos y domingo y nosotros, dependiendo del cuadrante no.

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  180. Carla

    Hola necesito que alguien me ayude , he entrado a cubrir una baja . Luego despedido la chica y me contrataron , el caso es que llevo 22 días ya y aún no he firmado el contrato e por otro lado somos 4 trabajadores en la cocina en la pared tiene un horario que supongo que deberían cumplir el horario incluye rotación de turno . Pero como soy la que acaba de entrar mi horario es de lunes a sábado voy de mañana 4 hrs y estoy con ellos y luego vuelvo sola por las noches para dar las cenas yo sola . El caso es que ellos trabajan de lunes a viernes y un domingo al mes cada uno y yo de lunes a sábados mañanas y noches .habría arreglo

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  181. Andres

    Si mi trabajo es diurno pero 1 día me dicen entras a las 7 am y sales a las 11am para que vuelva a las 10pm a trasnocho hasta las 6 am. Y ese mismo día entrar a las 2pm. Sería legal no debe? haber siertas horas después de un trasnocho pa volver a trabajar?

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  182. Marcelino sobrevias ragues

    hola.
    trabajo 2 meses de mañana y tarde ,una semana de cada y despues entro 1 mes de noche .
    tengo 61 años hay algo legal para poder pedir a la empresa que no tenga que trabajar de noche.
    saludos

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    • Javier

      Un compañero me comentó que un amigo suyo tubo que dejar de trabajar en el turno de noche por llevar 8 años en jornada completa y que este es el límite legal..... ¿ Es eso cierto?... Gracias

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  183. Jose Luis

    Mi trabajo diario es jornada partida de8h a13h15' yde 14h30' a17h15' tengo 61anos me puede poner la empresa a relevos manana y tarde.un saludo

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  184. maria eugenia

    HOLA BUENAS TARDES, EMPEZARE A TRABAJAR TURNO NOCTURNO DE OCHO HORAS, CON UN DIA DE DESCANSO, HAY ALGUNA PERCEPCION SALARIAL ESPECIFICA O ALGUN PORCENTAJE EXTRA PARA LAS PERSONAS QUE LABOREN EN ESTE TURNO?

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  185. Gloria Stella carabali mateus

    Buenas noches tengo una duda,yo antes trabajaba como auxiliar de ofincina en la fundacion,me reubicaron de puesto a formadora puesto que trabajo en una fundacion de icbf,tenemos los siguientes horarios de trabajo rotativo.
    1 semana se trabaja se entra lunes noche a Las 7:00 pm hasta el otro lunes 7:am
    2.la semana que sigue se trabaja martes jueves,sabado de 6:30 am hasta la 7:pm
    3.la semana siguientes se trabaja lunes miercoles, viernes de 6:30 am hasta 7pm y el Domingo de 7am 7pm y se pasa de nuevo Al dia lunes de la semana de transnocho,y por mas que he hablado con la Jefe siempre tiene cantidad de excuses,y este en un horario que han escogido Las compañeras, y Ella no coloca solucion alguna.
    Muchas gracias por la orientacio que me puedan brindar.

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  186. arturo gallardo

    Hola ! mi consulta es la siguente ; trabajo hace 28 años en un diario y mi horario siempre fue nocturno de 02 a 09 de la mañana . quisiera saber si tengo algun beneficio jubilatorio , hoy tengo 58 años y 28 años de trabajo espero por respuesta gracias.

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    • Francisco

      Llevo 10años en turno de mañana y soy nivel cuatro de metalgrafica y me quieren poner a tres turnos.una semana de mañana otra de tarde y otra de noche. Pueden hacerlo? Cuanto tiempo si es así me tienen que avisar? Gracias

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  187. ANGELA LISSETH BELTRAN

    Buenos dias quisiera preguntarle yo trabajo turnos rotativos a cuantos dias de vacaciones y cuanto dineeo deben pagarme por el disfrute de las vacaciones aparte de la quincena

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  188. Maria PIlar Aliaga

    Buenos dias,
    Hace casi dos años que la empresa decidio contratar a una empresa externa para realizar el turno de noche. Ahora por motivos que ha perdido dos clientes, pero a cambio ha venido un cliente mas y se aumentado la carga de otro cliente, nos han indicado que la empresa externa aparentemente dejaran de prestar el servicio nocturno y nosotros volveremos a realizar ese turno que lo realizabamos hasta que esa empresa externa vino a realizar.
    Me gustaria saber si la empresa me puede obligar a realizar de nuevo el turno de noche.
    Indicar que el contrato esta reflejado los tres turnos de trabajo.
    A parte de eso tengo 52 años y llevo 11 trabajando en esta misma empresa.

    Un saludo

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  189. Patricia

    Buenos días yo trabajo en una clínica como auxiliar de enfermería en una UCI neonatal el problema es q ahora como la UCI está con baja producción nos están mandando apoyar a otros servicios como urgencia hospitalizados mi pregunta es si yo en mi perfil de mi hoja de vida tengo mis entrenamiento en UCI neonatal y UCI pediátrica mi empleador puede moverme de mi área de trabajo a otra gracias por su colaboración

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    • Domingo Corona

      Buenos días si trabajo 12x36,,y trabaje el Domingo 24,,la encargada me dice que me presenté el día lunes de noche. , Porque ese va hacer mi turno,, debería de recibir compensación monetaria porque no me están respetando el 12x36???

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  190. Alex

    Buenos días , yo trabajo a relevos y la pregunta es, si el compañero que me releva llega antes de la hora yo me puedo marchar al estar cubierto el servicio? O hay que estar asta la hora de salida?

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  191. Moisés

    Trabajo 6 dias a la semana de lunes a sabado con un horario de 10 a 16:30 y de 20:00 a 23:30h cada dia. Tengo el domingo festivo y los martes 3,5h libres de 20:00 a 23:30. Estoy enfermo del riñón pendiente de una operacion para quitarme una piedra de 3x3cm. El pasado viernes me dio un cólico de riñon en pleno servicio de noche y retorcido de dolor mi jefe no me dejo marcharme al hospital hasta que no acabe mi jornada laboral. Esto es denunciable verdad.?

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  192. LUCIANO

    BUENOS DIAS:

    EN LA EMPRESA DONDE TRABAJO, CUANDO EMPECE A TRABAJAR ME HICIERON FIRMAN UN CONTRATO CON HORARIOS ROTATIVOS, EN EL CUAL AL PRINCIPIO SE CUMPLIA, PERO DESPUES DE UNOS 3 MESES HICE FIRMAR A UNOS COMPAÑEROS PAPEL DONDE NOSOTROS QUEDABAMOS QUE YO IVA A CUBRIR SUS HORARIOS EN LA NOCHE, FUE ACEPTADO. AHORA DESPUES DE 3 AÑOS DE TRABAJO EN HORARIO NOCTURNO MI JEFE QUIERE QUE FIRME UN NUEVO CONTRATO DONDE QUIERE QUE ROTE DE NUEVO, AHORA EN MI AREA SOMOS VARIOS TRABAJADORES, DONDE SOLO A DOS QUIEREN QUE ROTE, YO NO FIRME AUN ESE CONTRATO YA QUE ME ENCUENTRO LABORANDO EN OTRA EMPRESA DE DIA.

    MI JEFE AL ENTERARSE QUE YO ESTABA TRABAJANDO EN OTRA EMPRESA HIZO TODO ESTO PARA LA ROTACION DE HORARIOS.

    PORFAVOR QUE PUEDO HACER

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  193. Sara

    Hola trabajo como recepcionista en un hotel y mi horario es de 16h a 00h de viernes a martes. Me gustaria saber si no me pertoca plus de nocturnidad de 22h a 00h. Gracias

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  194. Luis

    En mi empresa tenemos fijo el turno de noche ( de 21:00 a ,4:15) lo que pasa es que como salimos en un furgón blindado hasta que no acabamos todos los clientes no nos podemos ir a casa, hay días que nos vamos a las 5, 6 , las 8 de la mañana a casa, dicen los responsables de departamento que en nuestro caso que no tenemos final de jornada, que es cuando se acabe, el comité de empresa lo sabe, se han dado quejas y dicen , queréis estar de noche, eso es lo que hay, se puede denunciar al comité de empresa? Donde?

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  195. Vasi

    Trabajo como vigilante.ahora tengo cuadrante de 14 a 18 y luego de 00 asta 06 de la manana y esto un mes enteto ..mi pregunta es : esto es legal o no ..ocuparme la tarde y luego toda la noche asta 06 para y tenerluef 10h .empeso de dia desde14 y asi todo el mes .. gracias.

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  196. Cruz

    Buenas tardes,
    Tengo varias dudas sobre un contrato que me ha hecho una ETT de Obra y Servicio. Trabajo en turnos de 7 días seguidos con dos días libres en turnos de mañanas, tardes y noches)
    Las condiciones no sé hasta que punto pueden ser, no se si llamarlas justas o legales.
    Os cuento, según la ETT las condiciones son, que dentro de mi salario (una porquería) están metidas las pagas extras, los 30 días de vacaciones, y los pluses por turnicidad, trabajar fines de semana y noches. Los festivos que se trabajan no los pagan como tal, si no como un día normal y por supuesto no te lo dan en descanso ningún otro día.
    Por no decir, que en verano te dan de baja una semana como "vacaciones" por supuesto no son retribuidas y no cotizan por ti. Por si eso fuera poco, si necesitas coger algún otro día de vacaciones tienes que comunicarlo para que ese día te den de baja y por supuesto, tampoco te lo pagan.
    Otra duda que tengo es el plazo de pago, siempre me han pagado donde he trabajado del 1 al 5 del mes siguiente, pero resulta que aquí te pagan entre el 20 y 25 del mes siguiente (trabajas marzo y cobras a finales de abril),¿eso es legal, puede la empresa establecer el plazo de pago que quiera?
    Necesito respuestas, porque siento que este tipo de empresas se aprovecha de los trabajadores.

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  197. Martín

    Trabajo horarios rotatorios semana de noche semana de día ahora quieren cambiar a solo turnos de día se pueden hacer eso es legal

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  198. Jaime

    Buenas tardes,

    Trabajo en un aeropuerto en un servicio de mantenimiento de 24X7 mi contrato pone que trabajare a turnos de mañana ,tarde,noche.Hasta ahora llevo un año en la empresa y hacia mañana tarde y alguna noche porque la empresa sabe que a mi trabajar de noche no me va bien por motivos familiares.Ademas tenian a un trabajador que hacia siempre de noche imagino lo pactaron asi ellos y yo cubria a veces sus descanso maximo 2 noches seguidas.Me han ido aumentando las noches en estos ultimos meses y yo les he reiterado mi dificultad de poder realizar muchas seguidas.El problema es que a este trabajador le han despedido y creo algo he oido ya que me pondran a mi el mes entero de turno de noche.Mi pregunta es como pone en el estatuto no se pueden hacer mas de 15 dias seguidos.Seria mi caso?.Me podria acoger a eso?.Y sino que pasa si me niego a realizar mi cuadrante todo el mes de noche ?. Gracias de antemano saludos,

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