El Gobierno defiende un sistema integral de Formación Profesional, que acompañe el reto de la transformación económicaMinisterio de Empleo y Seguridad Social

La ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, y la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, han presidido el XX Pleno de la Comisión General de FP. Se trata de la primera reunión del Pleno dirigida, desde una perspectiva integral, a situar las políticas formativas en el centro de la transformación económica que afrontará nuestro país, tras la crisis sanitaria de la Covid-19.

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España cede el relevo a Portugal de la presidencia del comité de seguimiento de la Declaración de Luxemburgo y culmina el programa de la Agenda de Toledo 2020Ministerio de Empleo y Seguridad Social

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha clausurado hoy en Toledo la reunión de Alto Nivel sobre la Economía Social y Solidaria en la UE ‘La Economía Social para una recuperación inclusiva, sostenible y justa’, señalando que la Declaración de Toledo, un texto basado en el consenso que ha sumado el apoyo de 16 Estados europeos

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Yolanda Díaz sitúa el potencial de cohesión y solidaridad de la Economía Social en el centro de la reconstrucción europeaMinisterio de Empleo y Seguridad Social

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha inaugurado esta mañana en Toledo la reunión de Alto Nivel sobre la Economía Social y Solidaria en la UE ‘La Economía Social para una recuperación inclusiva, sostenible y justa’, un foro que culmina la presidencia española del Comité de Seguimiento de la Declaración de Luxemburgo

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Me han despedido: ¿puedo jubilarme anticipadamente?

El despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, conforme al artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores (ET). El despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, conforme al artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

¿Podemos trabajar solo cuatro días en España?

Cuatro días de trabajo a la semana, 32 horas y el mismo salario, es la … Los cambios no se pueden hacer a “golpe de Estatuto de los Trabajadores ni … Cuatro días de trabajo a la semana, 32 horas y el mismo salario, es la … Los cambios no se pueden hacer a “golpe de Estatuto de los Trabajadores ni …

Conversaciones entre Montero y Piketty

… décadas, en concreto el propio Estatuto de los Trabajadores, en los artículos 45 y concordantes, al regular la suspensión del contrato de trabajo. … décadas, en concreto el propio Estatuto de los Trabajadores, en los artículos 45 y concordantes, al regular la suspensión del contrato de trabajo.

El Gobierno quiere subir el salario mínimo en 2021

Díaz recordó además que el Gobierno tiene intención de cumplir con el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que determinar la … Díaz recordó además que el Gobierno tiene intención de cumplir con el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que determinar la …

El secretario de Empleo del PSOE defiende la subida del SMI en 2021

… de tomar una decisión, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores, … Precisamente, el Ministerio de Trabajo ha convocado a patronal y … … de tomar una decisión, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores, … Precisamente, el Ministerio de Trabajo ha convocado a patronal y …

A01 Ambito de aplicación

TÍTULO I De la relación individual de trabajo

Capítulo I Disposiciones generales
Sección 1ª Ámbito y fuentes

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

2. A los efectos de esta Ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

3. Se excluyen del ámbito regulado por la presente Ley:

a) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regulará por el Estatuto de la Función Pública, así como la del personal al servicio del Estado, las Corporaciones locales y las Entidades públicas Autónomas, cuando, al amparo de una Ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.

b) Las prestaciones personales obligatorias.

c) La actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad y siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo.

d) Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.

e) Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.

f) La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.

g) En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de la que define el apartado 1 de este artículo.

A tales efectos se entenderá excluida del ámbito laboral la actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares, realizada, mediante el correspondiente precio, con vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad o poder directo de disposición ostenten, aun cuando dichos servicios se realicen de forma continuada para un mismo cargador o comercializador.

4. La legislación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los trabajadores españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo. Dichos trabajadores tendrán, al menos, los derechos económicos que les corresponderían de trabajar en territorio español.

5. A efectos de esta Ley se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral.

En la actividad de trabajo en el mar se considerará como centro de trabajo el buque, entendiéndose situado en la provincia donde radique su puerto de base.

ambito de aplicación del estatuto de los trabajadores

Ambito de aplicación del estatuto de los trabajadores

A03 Fuentes de la relación laboral

Artículo 3. Fuentes de la relación laboral.

1. Los derechos y obligaciones concernientes a la relación laboral se regulan:

a) Por las disposiciones legales y reglamentarias del Estado.

b) Por los convenios colectivos.

c) Por la voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo, siendo su objeto lícito y sin que en ningún caso puedan establecerse en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables o contrarias a las disposiciones legales y convenios colectivos antes expresados.

d) Por los usos y costumbres locales y profesionales.

2. Las disposiciones legales y reglamentarias se aplicarán con sujeción estricta al principio de jerarquía normativa. Las disposiciones reglamentarias desarrollarán los preceptos que establecen las normas de rango superior, pero no podrán establecer condiciones de trabajo distintas a las establecidas por las leyes a desarrollar.

3. Los conflictos originados entre los preceptos de dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas, que deberán respetar en todo caso los mínimos de derecho necesario, se resolverán mediante la aplicación de lo más favorable para el trabajador apreciado en su conjunto, y en cómputo anual, respecto de los conceptos cuanti‐ficables.

4. Los usos y costumbres sólo se aplicarán en defecto de disposiciones legales, convencionales o contractuales, a no ser que cuenten con una recepción o remisión expresa.

5. Los trabajadores no podrán disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario.

Tampoco podrán disponer válidamente de los derechos reconocidos como indisponibles por convenio colectivo.

Fuentes de la relación laboral

Fuentes de la relación laboral