TÍTULO I De la relación individual de trabajo
Capítulo I Disposiciones generales
Sección 1ª Ámbito y fuentes
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
1. La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
2. A los efectos de esta Ley, serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.
3. Se excluyen del ámbito regulado por la presente Ley:
a) La relación de servicio de los funcionarios públicos, que se regulará por el Estatuto de la Función Pública, así como la del personal al servicio del Estado, las Corporaciones locales y las Entidades públicas Autónomas, cuando, al amparo de una Ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
b) Las prestaciones personales obligatorias.
c) La actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad y siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo.
d) Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
e) Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
f) La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.
g) En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de la que define el apartado 1 de este artículo.
A tales efectos se entenderá excluida del ámbito laboral la actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares, realizada, mediante el correspondiente precio, con vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad o poder directo de disposición ostenten, aun cuando dichos servicios se realicen de forma continuada para un mismo cargador o comercializador.
4. La legislación laboral española será de aplicación al trabajo que presten los trabajadores españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, sin perjuicio de las normas de orden público aplicables en el lugar de trabajo. Dichos trabajadores tendrán, al menos, los derechos económicos que les corresponderían de trabajar en territorio español.
5. A efectos de esta Ley se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral.
En la actividad de trabajo en el mar se considerará como centro de trabajo el buque, entendiéndose situado en la provincia donde radique su puerto de base.
10 pensamientos en “A01 Ambito de aplicación”
¿Es el estatuto de los trabajadores una ley de mínimos?
Quiero decir: Puede existir un convenio con derechos por debajo de dicho estatuto, aunque sea por ejemplo un funcionario, como es mi caso?
Yo no tengo derecho a 2 días por intervención quirúrgica ambulatoria de mis suegros de 90 años y en el estatuto de los trabajadores si…
Un saludo y gracias.
jose javier
Según tengo entendido como estudiante de FOL, el caso de los funcionarios se excluye de Relación Laboral por cuenta ajena, es decir, tiene sus propias regulaciones. Si alguien tiene alguna idea de más que aporte el granito de arena.
Un saludo!
Miguel angel
Hola, la empresa para la que trabajo está ubicada en Madrid y estamos adscritos al comercio metal, nosotros solemos viajar por toda la península, pero, nos puede obligar la empresa a viajar al Reino Unido por temas de trabajo?
Andrés
Los socios de una cooperativa de Iniciativa social con régimen en la seg social de Autónomos dependientes, están sujetos al estatuto de los trabajadores?
Muchas gracias
Javier Larrañaga
Señor usted lo puede encontrar en el Articulo 83 llamado unidades de negociación en el apartado 1,2,3 ese articulo habla de los convenios colectivos tanto de carácter estatal como a Comunidad Autónoma.
PD: Tengo 16 años y estoy estudiando derecho laborar si quiere saber algo más no dude en contactar conmigo ya que yo le ayudaré encantado, y si tiene amigos o compañeros que tengan problemas laborales puedes decírmelo y los ayudaré encantado
Nacho Hidalgo Garcia
Buenas tardes,Nacho en mi interés esta el derecho de beneficios económicos en el ámbito legal .por ejemplo en el secundario vi algo de vacaciones pagas lo cual en donde trabajo no sucede,viáticos y un Plus por antigüedad .de que manera podríamos ganarlo
andres
Buenos días.
Trabajo en una empresa que pertenece a un grupo. Todas las empresas del grupo están ubicadas en la misma comunidad autónoma. Además todas comparten actividad, domicilio social y administrador único. Cada empresa tiene sus instalaciones y actúa en un área geográfica de la comunidad. Cada empresa factura, emplea trabajadores y paga a proveedores independientemente. La empresa ubicada físicamente en la capital de la comunidad tiene convenio colectivo, la empresa en la que yo trabajo no.
Mi pregunta es si sería aplicable el convenio de la empresa de la capital en la empresa en la que yo trabajo.
Gracias.
Julio
mi cometario es el siguiente estoy de acuerdo que real mente los trabajadores no tenemos derecho anada
por otra parte teneis suelte todos los empresarios ala vida hacer y desacer como quereis´
el dia del juicio final me gustaria teneros en el vanquillo
jsexpor
el estado interviene creando una serie de normas, que protegen
a) al estado de los empresarios
b) al trabajador
c) el buen funcionamiento de las empresa
d) el empresario
juan pablo
¿?
Carlos Administrador