A37 Descanso semanal, fiestas y permisos

Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.

1. Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo.

La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.

Resultará de aplicación al descanso semanal lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 34 en cuanto a ampliaciones y reducciones, así como para la fijación de regímenes de descanso alternativos para actividades concretas.

2. Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España.

Respetando las expresadas en el párrafo anterior, el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo.

Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes prevista en el párrafo anterior.

Si alguna Comunidad Autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:

a) Quince días naturales en caso de matrimonio.

b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

c) Un día por traslado del domicilio habitual.

d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.

Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.

Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis de esta Ley.

En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho en la empresa.

e) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

4. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.
Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.

4 bis. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.

Para el disfrute de este permiso se estará a lo previsto en el apartado 6 de este artículo.

5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella.

Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres.

No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria.

El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral(RCL 1995, 1144, 1563).

6. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. Los convenios colectivos podrán establecer, no obstante, criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador y las necesidades productivas y organizativas de las empresas. El trabajador, salvo fuerza mayor, deberá preavisar al empresario con una antelación de quince días o la que se determine en el convenio colectivo aplicable, precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de lactancia o la reducción de jornada.

Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

7. Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terrorismo tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.

Estos derechos se podrán ejercitar en los términos que para estos supuestos concretos se establezcan en los convenios colectivos o en los acuerdos entre la empresa y los representantes de los trabajadores, o conforme al acuerdo entre la empresa y los trabajadores afectados. En su defecto, la concreción de estos derechos corresponderá a éstos, siendo de aplicación las reglas establecidas en el apartado anterior, incluidas las relativas a la resolución de discrepancias.

dias de descanso

465 pensamientos en “A37 Descanso semanal, fiestas y permisos

  1. Hola, llevo 20 años trabajando en una empresa en la que mi horario es de martes a domingo 26 horas semanales. En mi nómina vienen incluidas las pagas. Durante ese tiempo he trabajado festivos y nunca me los han pagado. Según leo y entiendo, corrija me si me equivoco, los días festivos han de pagarse y además disfrutar de ellos en otra fecha establecida entre el empleado y el jefe, es así? Espero su respuesta, gracias.

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    1. Yo trabajo seis días y tengo dos de fiesta, por un cambio de horario me quieren obligar a trabajar 12 días seguidos eso es legal?

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      1. Hola en mi empresa x exceso de horas semanales libramos 1 día en semana pero cuando cae en festivos ese día la empresa no me lo da solo libro el festivo es eso legal

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  2. SI EN EL ESTATUTO EN CUANTO A PERMISOS POR EJEMPLO EN FALLECIMIENTO PONE 2 DIAS A QUE SE REFIEREN LABORABLES O NATURALES PUESTO QUE EN MI CONVENIO REFLEJA 2 DIAS NATURALES PERO SI LOS DEL ESTATUTO SON LABORABLES ENTIENDO QUE EL CONVENIO ESTARIA MAL.

    PODEIS ACLARARME LA DUDA

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  3. Hola, soy funcionaria, mi calendario laboral es de lunes a viernes, pero necesitan que trabaje un sábado que descanso.¿ De qué manera están obligados a compensar ese día?

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    1. Cuántos km debo hacer para qué el permiso por operación pase de 2 a 4 ? Aquí no especifica ningún dato, y en mí convenio dece 100 km .

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  4. Buenas tengo contrato de 40h semanales de lunes a domingo,me pueden hacer trabajar un festivo entre semana como si fuese un día normal siempre que no me pase las 40h, gracias

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  5. Buenos días,
    Tengo una duda acerca de los festivos. Estoy trabajando por 1 año en un ayuntamiento. Mi contrato se acoge al convenio colectivo de éste. La duda es la siguiente. Por el puesto que ocupo, tengo que trabajar de martes a domingo en horario partido, librando sólo domingo por la tarde y lunes. En mi nómina me están pagando todos los festivos, cada mes haya o no haya festivo, yo recibo una cantidad con éste concepto. Bien, ahora en diciembre aparte de los festivos 6 y 8 que daba por sentado que los tengo que trabajar, se supone que tengo 3 festivos más: el 24 y 31 según el convenio al que se acoge mi contrato son festivos y aparte el 25 que es Navidad. Pues bien, la persona encargada de coordinar el personal cuando empecé me confirmó que no se trabaja ni 24,25 ni 31 pero hace poco me ha indicado que cómo tengo los festivos pagados en la nómina, si tengo que trabajarlos. Mi duda es, ¿cómo tengo pagados en nomina los festivos no tengo derecho a tener ni siquiera los que se marcan en el convenio? ¿Aparte de ésta retribución no debería tener un día libre en compensación? Por que si no, estoy en desventaja con el resto de trabajadores. De hecho, tanto el 24 cómo el 31 caen en lunes y según el convenio son festivos, por lo que se supone que también los tendría que trabajar el lunes es mi día libre ¿Qué voy a trabajar 3 semanas seguidas? Espero que me puedan aclarar algo, gracias.

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  6. Hola,
    Quería consultar si tenemos mi marido o yo derecho (o qué tendríamos que hacer para tenerlo) a la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
    Les explico mi caso: le detectaron a mi bebé una cardiopatía congénita (un tumor en el corazón) por la que en principio, tras operarle estaría ingresado máximo 15 días.
    A la fecha, por una complicación de la cirugía, pese a que el tumor era benigno y no ha necesitado más tratamiento, lleva ingresado ya 3 semanas y es probable que la semana que viene tengan que volver a operarle el corazón con los consiguientes días de ingreso para recuperarse.
    Mi bebé tiene casi 3 meses por lo que, según tengo entendido, en mi caso la baja por maternidad no se prorrogaría, al tener el bebé más de 1 mes… pero, tendríamos derecho mi marido o yo a este permiso?

    Gracias de antemano .
    Un saludo

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  7. Hola, tengo un contrato de 20h/semanales, trabajándolas durante 3 días a la semana, cuando coinciden algún día de fiesta nacional, nos cambian el día de trabajo y así no coincide el día de fiesta con el q tenemos que trabajar, mi pregunta es, eso es legal? Por tener un contrato de 20horas y trabajarlas durante 3 días no tengo derecho a disfrutar los días de fiesta nacional, es decir a no trabajarlos y cobrarlos igual…. ????
    Espero su respuesta un saludo.

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    1. Si siempre trabajas los mismos días fijos, te tienen que respetar el día de trabajo, si tienes turnos rotativos te lo pueden planificar como ellos consideren. Ahora, si trabajas festivos hay varias opciones, o que tengas treinta días de vacaciones naturales (porque las vacaciones en días laborales quedan descartadas) y ese festivo te lo tienen que devolver, o que tengas más días de vacaciones, que serian 45 o más. Si este es el caso, ahí te estarían devolviendo ese día festivo que has trabajado.

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      1. Hola buenas tardes
        Yo tengo un contrato de lunes a domingos en el convenio de comercio
        Mi duda es si me tienen que compensar por los festivos trabajados
        En el convenio pone que me tienen que compensar con un 4% por los domingos que trabajo siendo una compensación mensual
        En ese 4% entraría la compensación por los festivos??
        Gracias

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        1. Hola buenas,
          Soy autónoma y tengo un bar, por cuestiones de la producción, puedo cambiar a un empleado su día de fiesta por otro? Es decir, puedo cambiarle el viernes q si tiene descanso semanal, por un martes?

          Gracias!

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  8. Buenos dias. Por hospitalizacion en el extranjero de familiar primer grado, de cuantos dias de permiso me podría beneficiar? Gracias.

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  9. Hola tengo un contrato de 40 horas ala semana y me e negado hacer horas extras,y mi jefe por no querer hacerlas me a puesto a trabajar todos los fines de semana incluidos domingos eso se puede hacer? No tengo derecho de descansar au que sea un domingo al mes?

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  10. Hola, yo tengo un contrato de 35h semanales, con turnos rotativos (mañana, tarde,noche). Si yo trabajo durante 5 días en turno de mañana y después cambio al turno de noche, ¿cual es el descanso mínimo entre ambos turnos?
    Gracias de antemano.

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      1. Hola. Mi pregunta es que tengo un tratamiento hospitalario que me dura toda la mañana era x si me pertenecia algun dia.

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    1. Hola , si tengo vacaciones y el último día es mi día de descanso semanal , se cuenta como día de vacaciones? O como descanso mío correspondiente? Me podrían quitar ese día y tener que ir a trabajar?

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  11. Hola tengo que ir a una notaria a firmar unas escrituras. Me gustaria saber si tengo derecho a unas horas o por el contrario me las descontarian de la nomina

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    1. Puedes pedir un día de asuntos propios descontado de vacaciones, o bien descontado de la nómina. Es un asunto de carácter personal no reflejado en los permisos retribuidos.

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  12. estoy actualmente de baja, me pagan los 20 primeros dias al 60 % y los restantes al 75 %, hasta aqui todo bien, però ahora me dicen què los 12 dias trabajados antes de coger la baja por accidente laboral, me los computan tambien al 60 %, yo creo y asi se los he dicho què no pueden hacerlo, mi pregunta, pueden computarlos al 60 %, si son trabajados antes de la baja ?
    (estoy cobrando por la S. S., pues la mutua se ha negado a aceptar el caso, però esto es otro tema )

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  13. Trabajo 12 horas al día sin parar durante 26 días y descanso 4 en turno de noche o de día cuántos días de descanso me corresponden en realidad y si los trabajo serían esos días comprendídas como horas extras?

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    1. Tengo un horario de lunes a viernes mañanas 10:00 a 14:00 y lunes tarde 16:00 a 20:00 H trabajo 24 h semanales por reducción de jornada por madre recientemente .
      mi pregunta es .. si yo los lunes trabajo 8 h y el resto de días de la semana trabajo 4 h , si ese lunes es fiesta me pueden hacer cambiarlo por otro ?
      Mi lógica me dice que no , ya que es un horario fijo siempre .. pero quiero saberlo ya que ahora en navidad hay varios días fiestas los lunes.
      muchas gracias

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  14. Buenas tardes, yo trabajo como auxiliar administrativo a media jornada (20horas) de lunes a viernes, mis días de descanso son sábado y domingo. Mi pregunta es si los días festivos que son a nivel nacional los tengo que trabajar?? O los debería de tener libre como el resto de personas?? Un saludo

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  15. Hola buenas noches solo tengo una duda si mi jornada es de Miércoles de 10 de noche y termino el lunes a las 6 de la mañana en un día festivo tengo derecho a los beneficiosos del día festivo. mil gracias.

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  16. Hola solo quiero saber si yo laboro de miércoles a lunes en un horario que entro el miércoles a las 10 de la noche y a cavo el Lunes a las 6 de la mañana en día festivo si tengo beneficio de del día festivo. gracias

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  17. Estoy sometiéndome a un tratamiento de fertilidad y necesito días libres para poder acudir al medico. Mi jefa me dice que me los tengo que descontar de vacaciones, es verdad?. y si yo tengo los justificantes y se los presento a mi jefa, da igual o ya no me los tengo que descontar?

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    1. Mi contrato es de 35 h a la semana los turnos son 4 días de trabajo 2 de descanso aux de enfermería en residencia privada los festivos que trabajamos nos los pagan, pero me deberían dar un día a mayores de descanso x ese festivo trabajado el cómputo de horas al año lo hacemos justo a las horas que corresponden tiene algo que ver eso o es algo diferente para poder descansar el festivo

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  18. Después de muchas horas extras me han dado una semana de descanso,
    de lunes a domingo(dependienta) y hay un día festivo en dicha semana.

    ¿Pierdo 1 día de mi descanso porque cae en festivo? me lo tienen que pagar? o me deben pasar dicho día a otro que sea laborable?

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  19. Buenos días, tengo una consulta sobre el día de comida/cena de empresa. No se si pertenece a este artículo la consulta.
    En mi caso, nuestra empresa nos ha convocado ya desde primera hora de la mañana a su sede (que está a 1,50h) para hacer reunión de empresa. Y luego iríamos a comer.
    Mi pregunta es, que esas horas de más (ya que entre desplazamiento y todo) he realizado más horas que mi jornada laboral.
    Me las tienen que pagar o compensar?

    Muchas gracias,

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  20. Hola, escribo desde Navarra y me afecta el conveniob del metal.
    Estoy haciendo trámites de matrimonio en el registro civil y tengo que saber del trabajo para firmar unos documentos a este efecto.
    Mi duda es si ese tiempo que debo ausentarme me corresponde como permiso.
    Gracias

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  21. Buenas.
    Queria hacer una consulta.
    Trabajo para una tienda en un centro comercial de Madrid, y la semana que viene el lunes es festivo, en mi empresa tenemos por contrato jornada de lunes a domingo con un día de descanso, pudiendo ser cualquier dia.
    Como el lunes es festivo, seria legal que me hicieran trabajar el resto de la semana sin darme el día libre que me corresponde por contrato?? O deberían darme otro dia libre, a parte del festivo?
    Muchas gracias

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  22. Hola, mañana me operan a las 18h. y mi jornada de trabajo es de 6h-14h. debo de ir a trabajar?Gracias

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  23. Hola, trabajo en una tienda de ropa en un centro comercial en Tenerife. Y ahora en Diciembre trabajo los domingos, los pagan y ademas dan 1 dia libre pero yo trabajo 20h semanales y el domingo trabajaria 6h es decir excederia mi jornada 6h. ¿El dia que me den libre tendria que ser de 6h también?
    Gracias

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    1. En diciembre no se computa como festivo, se paga como tal pero no es recuperable

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  24. Hola. Trabajo en una fundición de aluminio y trabajamos 10 días seguidos, de martes a jueves de la siguiente semana, trabajando domingos y festivos nacionales. El descanso que nos da la empresa es de cuatro días, de viernes a lunes. Mi pregunta es si la empresa nos puede obligar a llevar estos turnos de trabajo y si trabajando diez días seguidos nos corresponden cuatro de descanso o son más. Trabajamos a turno de mañana, tarde y noche.
    Un saludo.

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  25. Buenas tardes
    La próxima semana operan a mi madre de cataratas es una intervención ambulatoria con anestesia local y sin ingreso hospitalario y me gustaría saber si tengo derecho a algun permiso retribuido.Mi convenio es el de Iunion seguridad y en el articulo 47 apartado J no lo deja muy claro.Un saludo y muchas gracias

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  26. Buenos días,
    Parece que poco a poco se consiguen mejoras para los trabajadores, y especial dirigidas a la conciliación familiar.
    He estado mirando tanto el estatuto de los trabajadores como el convenio de transitarios de Madrid que a mí me afecta, y sólo se mencionan 2 días de permiso retribuido por ingreso o intervención de un familiar hasta de segundo grado.
    Si el paciente en cuestión es un hijo menor de edad, para lo cual debe estar acompañado todo el tiempo que dure el ingreso, ¿no existe un permiso que de cobertura durante esos días de ingreso o de baja médica? Porque según leo entiendo que sólo se puede contemplar una excedencia para ello. ¿Es correcto?
    Gracias
    Paula

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  27. Tengo conocimiento que un trabajador lleva 5 años trabajando en una comunidad de vecino durante todo el año y los meses de Julio y Agosto no descansa y trabaja todos los domingos y festivos, incluso trabaja horas extraordinarias, le pagan de 11 a 13 días, en los dos meses y al final del año le pagan las vacaciones no disfrutada. es decir, durante los dos meses, Julio y Agosto no descansa ningún día y ademas trabaja horas extraordinarias y no descansa las vacaciones anuales.
    Quisiera saber si el trabajador esta incumpliendo alguna ley y si la comunidad incumple igualmente alguna ley al permitirlo.
    Gracias.

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  28. Hola, mis preguntas son: trabajo de auxiliar de ayuda a domicilio cuál es mi convenio?
    Me separé y mi exmarido murió, tengo un hijo, puedo faltar de trabajar para llevarle al médico?, no tengo a nadie que pueda hacerlo por mi.
    Gracias

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  29. Hola, buenas noches.
    Mi consulta es si para ir al medico, tanto para mí, como para mis hijos menores de 12 años, me corresponden horas retribuidas o no.
    En mi convenio (comercio del mueble de Zaragoza) no encuentro nada al respecto. Y en el estatuto de los trabajadores tampoco.

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  30. Hola,
    Tengo una duda con respecto a los días de libre disposición ya que no he leído nada al respecto en el ET. Mi contrato de trabajo es de fines de semana y festivos. Llevo trabajando desde el 29 de sep 2017 y mi duda es si tendría derecho por ley a días de libre disposición.
    Muchas gracias!

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  31. Buenos dias, yo me rijo por el convenio colectivo de handling, sector aviacion.

    Me estan diciendo que no podemos usar los dias libres junto con mis vacaciones, ya que estos dias libres pasan automaticamente a contarse como dias de vacaciones.

    Quiero decir, que si mis dias libres, son sabado y domingo, y me quiero coger 1 semana de vacaciones de lunes a domingo, me comentan que no serian 7dias de vacaciones, sino 9 ya que se estan contando mis dias libres de la semana anterior como dias de vacaciones.

    Esto es legal? Como puedo justificar esto ante mi jefe? En que ley sale reflejado?

    Muchas gracias

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    1. Si tus días libres son sábado y domingo no estarías cogiendo ni 7 ni 9 días, estarías cogiendo 5 (de lunes a viernes) los cuatro días de fin de semana no contabilizan como vacaciones ni te los están dando (por mucho que empalmen con las vacaciones) porque de hecho ya disfrutabas de ellos antes de pedir los días de vacaciones.

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  32. Buenos tardes. Una duda. El estatuto refleja los 15 días por matrimonio, pero, ¿eso incluye a las parejas de echo?

    Gracias.

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  33. Me sjrge una duda respecto a un caso en concreto en el que el trabajador de jna empresa sea avisado para recoger un premio de un sorteo ¿tendria derecho a ausentarse de la empresa para recoger el premio?si ademas recupera oas horas que este fuera ¿seria posible?gracias

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  34. Buenas tardes
    Tal vez esta pregunta ya se la haya hecho alguien pero se sabe si hay un determinado número de horas para ir al médico de cabecera que para ir a un especialista?
    En principio a mi me regulan por este estatuto y no veo nada al respecto entonces no sé si será un bulo lo que siempre he escuchado de que por norma general tienes hasta 4 horas pa ir al médico y el tiempo que necesites para ir a un hospital por ejemplo.
    Gracias.

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  35. Buenos días, mi consulta es sobre el articulo 37.3b.
    En el caso de un marido cuya esposa debe ir cada dos meses a recibir un tratamiento por hospital de día por padecer la enfermedad de crohn. Esto implica que necesite que su marido la asista tanto el propio día, desplazándose a OTRA LOCALIDAD y que la cuide al siguiente en casa.
    Está teniendo tremendos problemas para que su empresa le facilite esta labor.
    Mis preguntas son dos:
    – Tiene derecho a esos dos días?
    – Qué debe hacer en caso de conflicto?

    Muchas gracias

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  36. Hola,soy camarera d pisos en in hotel y estudios por las tardes el bachiller.Tengo los exames dos dias laborables y mi pregunta es…es cierto q tengo derecho a dos dias mas aparte d los dos dias libres q me pertenecen?.agradeceria mucho una respuesta clara.gracias

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  37. debido a atasco en la NII llegué tarde 25 minutos y escribi un correo para recuperar ese tiempo. Mi sorpresa fue que me dijeron que me lo iban a quitar de mi dia festivo y que saliera 5 minutos antes para redondear. Lo pueden hacer . No son los festivos que trabajo dias para descansar y indivisible. gracias

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  38. Hola, yo trabajo todos los fines de semana y festivos, tengo derecho o puedo proponer rotar con mis compañeras, o solicitar un fin de semana al mes libre? Gracias

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  39. hola
    Soy personal laboral de la Junta de Castilla y Leon. Me gustaría saber si me pido un 15 días o 1 mes sin empleo ni sueldo que me lo permite mi Convenio Colectivo. Como se computan esos días de permiso ¿solo los días laborables? ¿Los días Laborables y festivos correspondientes a esos periodos solictados?
    un saludo-

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  40. Para matrimonio pone 15 días naturales, pero si uno se casa en Sábado y es día libre que en la empresa no cuenta para las Vacaciones?? e leído en muchos sitios que contaría desde el lunes pero el estatuto dice 15 días naturales y no especifica mas…
    podrían aclararme?

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  41. Actualmente tengo una reducción de jornada de 1 hora por conciliación de la vida familiar. Si salario se compone de un fijo + variable entiendo que se reduzca la parte proporcional de la reducción de jornada en el fijo pero quieren reducirme también la parte variable que va vinculada a consecución de objetivo. Los objetivos que tengo al igual que el resto de compañeros son anuales y sobre la base de lo facturado el año pasado sin tener en cuenta la reducción, es decir, si consigo el 100% del objetivo me pagan el 85%. ¿Esto lo puede hacer la empresa?

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  42. Cuantos días me pertenece por ingreso de mi suegra. Y si me puede dar vacaciones mi jefe dentro de esos días para ahorrase el esos días de permisos

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  43. Hola, me gustaría saber si tengo derecho a ausentarme de mi puesto para realizar exámenes de la universidad y si es retribuido o tengo que cogerlo de mis vacaciones . Gracias

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  44. Hola. En el caso de tener una intervención quirúrgica programada, acudir al hospital, y tras horas de espera te dicen que la anulan, ¿quién debe asumir ese gasto? Si tu empresa te quita un día de vacaciones por ello, ¿es correcto, aún habiendo justificado que el hospital anulaba la intervención por causas ajenas al paciente? Gracias,

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  45. Hola!
    Trabajo 15,5 horas a la semana como monitora de ocio educativo en Málaga. Tengo 34% de discapacidad física y en 2013 tuve un cáncer de mama que me trataron en Madrid. Como consecuencia, las revisiones hasta 2018 también son en Madrid, por lo que falto un día al trabajo dos o tres veces al año para acudir al médico o hacerme pruebas. ¿Pueden quitarme ese día del sueldo? Según la asociación para la que trabajo, yo les debo esas horas, el justificante médico sirve para que ellos sepan que no he faltado porque he querido (sic), aunque jamás haya cometido absentismo laboral. En Noviembre tuvieron que operar a la madre de una compañera y fui a sustituirla dos días fuera de mi horario laboral, 8 horas en total. Yo creía que eran horas extra, que además se pagan un 45% más que las ordinarias, y que las cobraría en Diciembre. Según ellos, les debo 7 horas por faltar dos veces (con justificante del oncólogo), y como me deben 8, la hora de diferencia me la abonarán en Junio, si es que no vuelvo a faltar en lo que queda de curso. ¿Pueden compensar horas ordinarias con extraordinarias? ¿Pueden llamarme a cubrir esas horas sin decirme que no me las van a pagar? Por cierto, a mi compañera también le «compensan» las 8 horas que faltó, se las quitarán en Junio, si es que no las trabaja sin cobrar antes de que termine el curso. ¿Es todo esto legal? Muchas gracias.

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  46. Hola, queria pregutar si con un contrato a media jornada cuando hay festivos por el medio se está obligado a recuperar dicho día, tego una amiga que trabaja de jueves a sabado y el jueves 8 de diciembre no trabajó, pero su jefa se lo ha echo recuperar otro día, la argumentación de su jefa es que ella le distribuye los días como ella quiera, eso es así? trabaja en el sector de peluquería. Agradecería mucho una rápida contestación. Muchas gracias y un saludo.

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  47. Hola tengo una duda hoy he asistido con mi hija de 3 años a urgencias y no tengo claro si las horas que he asistido a urgencias las tengo justificadas

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  48. Hola. Trabajo a turnos hasta el viernes, y mi contrato es de lunes a sabados. En el tuno de noches empiezo el domigo, y los miercoles me los dan libres porque dicen que no hay faena y me hacen ir el viernes noche o el sabado mañana segun les conviene. Pueden hacer eso?

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  49. Trabajo verificando piezas a traves de una lupa hago ocho horas y quarto para el descanso recuperar lo mi pregunta es cuantos descansos me pertenecen y de cuanto tiempo cada uno .gracias

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  50. Hola .tengo una reduccion de jornada de lunes a viernes de 20 h semanales.mi empresa dice q no me corresponden los festivos por q sino no llego a mis horS anuales

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  51. Hola soy dependienta de una tienda de ropa en Cataluña , trabajo de lunes a sábado y descanso Domingo y miercoleles , me han comunicado que el dia de fiesta nacional que caiga entre semana me lo van a quitar, tienen derecho.

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  52. Hola! Tengo muchas dudas pues no sé hasta donde es legal lo q me ocurre. Trabajo en una peluquería, mi contrato es de esteticista pero lo único que hago es lavar cabezas y limpiar, cosa que no me importa.Mi contrato es de media jornada con el descanso de los martes.Mis dudas son: Si hay una fiesta durante esa semana tengo q trabajar mi día de descanso para recuperar las horas qué he perdido en ese día de fiesta?. También dudo si tengo q recuperar un día por enfermedad o un ratito que voy al médico?. Otra duda de última hora es si me dan una semana de vacaciones con fiestas entre medias de esa semana, pierdo esos días de fiesta en esas vacaciones o me tendrían qué dar esos días a parte. Sé qué son muchas dudas de antemano muchas gracias

    Responder

  53. Buenos días,
    En el lugar donde trabajo hay discriminación entre los que asistimos a consultas, pruebas, tratamientos en hospitales privados, ya que tenemos que recuperar el tiempo dedicado y, en cambio, si asistimos a públicos no.

    Me gustaría saber qué dice el Estatuto de los trabajadores al respecto, pues no consigo verlo.

    Muchas gracias
    Rosa Sánchez

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  54. Buenas tardes,

    trabajo en la hostelería y he presentado mi baja voluntaria en mi trabajo. A la hora de pagar el finiquito, me pagan las vacaciones y festivos no disfrutados, pero los días de descanso semanales no disfrutados no. Tengo acumulados 8 que nunca disfruté. ¿Tengo derecho a cobrar por estos días que he «regalado» a la empresa, para cubrir turnos? Desde la empresa me dicen que nunca les han reclamado esto…

    Muchas gracias y un saludo.

    Responder

  55. Hola buenos dias, me llamo Carlos y queria saber si al haber estado de baja durante el periodo de febrero a junio los dias festivos nacionales o marcados por ley ,me los tienen que devolver.Me refiero ya que soy de Valencia por le dia 19 marzo ( san jose) este cae en sabado ,24 y 25 jueves y viernes santo,28 lunes de pascua,4 abril fiesta local, 1 mayo cayo en domingo etc.. tambien comentaros que pasa con los festivos del sabado, quien cambia esos dias ,ya que nuestro contrato es de lunes a viernes 40 horas semanales.
    Mucha gracias

    Responder

  56. Hola me llamo María José trabajo 6 días a la semana de lunes a sabado. Descanso un dia mas el dodomingoEsta semana ha coincidido el martes fiesta trabajé el lunes y miércoles jueves me tocaba descansar pero he pedido dos días por operación de mi hijo que le operan el viernes. Me dicen que el jueves no me pertenece como descanso al haber un dia fiesta en medio y que me tengo que incorporar el sábado a trabajar. Me gustaría saber si esto es así. Gracias

    Responder

    1. Hola María José:
      Desconozco el convenio por el que estáis regidos pero en cualquier caso deberias de tener 2 días de licencia remunerada por operación de tu hijo que en este caso serían el viernes y el sábado.
      Por tanto tu semana de trabajo sería: Lunes y miécoles trabajo, martes fiesta, jueves y domingo descanso y viernes y sábado licencia remunerada.
      El día de fiesta no se debe de recuperar porque su naturaleza es como si fuera un día de descanso.

      Responder

  57. Hola,trabajo en catalunya,pero en varias ocasiones e salido fuera,ahora mismo estoy en Austria,quiciera saber si tengo dias de fiesta al volver y si deveria recibir algo mas aparte de la nomina por estar fuera de casa,gracias y saludos

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  58. hola, tenia entendió que por obtención de grado académico, eso, bachiller etc. se podía elegir turno si en la empresa trabajaba a varios turnos. pero lo estoy buscando en el apartado de permisos retribuidos y no aparece, y me suena que en su día si estaba. quería saber si lo han quitado o nunca ha estado.

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  59. Hola, voy de vacaciones en diciembre, en ese mes hay tres días festivos. Esos dias me cuentan o los pierdo como festivos??? Muchas gracias

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  60. trabajo de eventual en una empresa y el comite de empresa ha puesto los festivos locales donde ellos han querido en sus pueblos y los festivos locales que es donde la empresa esta ubidada no lo han conjido esto es legal.

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  61. Hola, mi hijo menor huerfano tiene citas medicas a casi 100km de nuestra localidad, si me cojo los dias son asuntos propios? O es mi derecho a faltar al trabajo por que mi hijo esta enfermo y al no tener padre soy yo la que tiene que acompañarle?
    Gracias

    Responder

  62. Llevo 8 años en una empresa con jornada completa librando un fin de semana al mes que me corresponde por convenio, sin recuperar las horas del mismo.
    Ahora me quieren cambiar la jornada y me dicen que tengo que recuperar las horas del fin de semana que libro.
    Pregunta: son recuperables las horas ?

    Responder

  63. Van a operar al marido de la hermana de mi marido. ¿Tengo derecho a un día para asistir a la operación?

    Responder

  64. Hay Algun permiso que puedo pedir en el trabajo por ser madrina a una boda fuera del pais?

    Responder

  65. Mi marido es camionero a jornada completa y le obligan a trabajar todas las fiestas nacionales y locales cobrandolas como un día normal y quiero saber si esta obligado a trabajarlas y puede descansar?

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  66. Hola buenas tardes: una licencia retribuida que coincide con un día de librar como se resuelve? este caso es por fallecimiento fuera de la comunidad de residencia, concretamente fuera de España, (cuatro dias), pero dentro de esos cuatro dias hay dos de librar, se restan, se suman?
    Gracias de ante mano.
    Saludos cordiales.

    Responder

    1. Si la licencia coincide con un día libre entonces prevalece el día libre.
      Si dices que dentro de los 4 días de licencia que te corresponden existen dos días libres entonces serán dos días libres y dos días de licencia retribuida.
      Espero haber sido claro.
      Saludos.

      Responder

  67. Me gustaria saber cuantos dias de descanso tengo pq yo siempre hago el turno de noche y cuantos fines de semana sl mes

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    1. Eso dependerá de la organización empresarial (cuadrante que tengas del mes). La teoría es que deberás de trabajar 5 días por 2 de descanso pero cada empresa lo organiza como mejor le viene. Lo que tienes que controlar es que si trabajas muchos días seguidos has intentar librar más días. El hecho que no libres muchos días al mes querra decir que dichos libres se te estarán acumulando a tu favor aunque eso no sirve de mucha ayuda porque lo que el trabajador quiere y el cuerpo lo que necesita es descansar cuando toque descansar.
      Tienes que ver también si existe algún agravio comparativo con otros trabajadores de tu misma categoría que estén saliendo beneficiados de tu situación.
      Mi recomendación es que hables con tu jefe de departamento y te explique los motivos de esta situación siempre en tono cordial.
      Saludos.

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  68. se pueden acumular dias libres y horas extras ,para poder alargar el contrato de trabajo?.

    gracias y un saludo que haceis muy buena obra

    Responder

  69. hola, nos dijeron hace unos días que mi padre tiene cáncer. Ha comenzado ya con el tratamiento y como vivo en otra comunidad, pedí los días de permiso en el trabajo que me corresponden por enfermedad grave de familiar y me los han concedido.

    Pero tengo una duda, que es la siguiente:

    si cuando acabe el tratamiento, el medico nos dice que no le ha hecho efecto y que tiene que empezar otra vez, puedo pedir otra vez los días de permiso?O en el caso de que mi padre se pusiera peor y tuviera que ser ingresado, tengo derecho a dicho permiso otra vez?

    necesito respuesta urgente

    Gracias

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  70. Hola, tengo dos contratos el primero con una empresa de limpieza en la que trabajo el lunes y el miércoles 4 horas y el viernes 2 horas y el otro contrato es de régimen especial como asistenta de hogar y es de lunes a viernes 4 horas diarias a mi hijo lo operan el miércoles día 20 de julio y es una cirugía sin hospitalización con anestesia general cuantos días me pertenece en cada trabajo
    Como creo que son 2 días en el de la limpieza sería miércoles y jueves aunque este último no lo trabaje opodria ser miércoles y viernes.muchas gracias.

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  71. se puede trabajar 10 días seguidos entre 8-12 horas y tener solo 24 h de descanso para la nueva jornada?

    Responder

    1. Muy buenas tengo una duda .,yo trabajo de lunes a sábado mi pregunta es la siguiente el día 12 de octubre es fiesta y el sábado 13 el centro cierra por puente q pasaría sino me presentará a trabajar me diría algo la empresa? Mi horario es de 6 a 11 de la mañana gracias

      Responder

  72. Buenas,
    tengo jornada reducida en 1/8 y, desde el 1 de julio l 15 de septiembre, mi empresa hace jornada de verano( 7 horas diarias). Me dicen que los trabajadores con jornada reducida no tienen derecho a jornada de verano, mientras que yo sostengo que en el periodo veraniego me tendrían que reducir el horario estipulado por la empresa en una hora , es decir, debería trabajar seis horas ¿ Quien lleva razón ? En caso de estar yo en lo cierto, y necesitaran que trabase las 7 horas, ¿ tendría esta hora de mas la consideración de hora extra ?
    Saludos y muchas gracias.

    Responder

  73. La norma no especifica que el permiso sea para ambos padres pero se «sobreentiende» que afecta sólo a la madre.
    Por tanto en cuestiones de «interpretación» de la norma y dependiendo del juez de turno, puede que que salga a favor o en contra. Me inclino más en contra porque la Ley de Prevención de Riesgos sí especifica que es sólo para la mujer mientras que se podría luchar por la parte que corresponde a la Ley de Igualdad que, aunque no viene recogido no quiere decir que dentro de cada empresa se puedan llegar a acuerdos satisfactorios a este respecto.
    En definitiva, no.
    Saludos.

    Responder

  74. Me gustaría saber si lo referente al punto 3.F de este artículo (permisos por exámenes prenatales) afecta tanto a la madre del futuro bebé como al padre, es decir, si el padre tiene derecho también a ausentarse de su puesto de trabajo para acudir a las ecografías. Gracias. Un saludo.

    Responder

    1. Tengo un horario de lunes a viernes mañanas 10:00 a 14:00 y lunes tarde 16:00 a 20:00 H trabajo 24 h semanales por reducción de jornada por madre recientemente .
      mi pregunta es .. si yo los lunes trabajo 8 h y el resto de días de la semana trabajo 4 h , si ese lunes es fiesta me pueden hacer cambiarlo por otro ?
      Mi lógica me dice que no , ya que es un horario fijo siempre .. pero quiero saberlo ya que ahora en navidad hay varios días fiestas los lunes.
      muchas gracias

      Responder

  75. Buenos dias. Estoy de baja laboral, haciendo rehabilitacion de una mano, ha fallecido un familiar de segundo grado, a 400km, y el médido de la mutua me dice, que no me puede dar mas que dos dias, como mucho. (Palabras textuales del médico), que entre que voy y vengo, casi no me da tiempo ni a enterrarlo, y por supuesto, ni a estar con la familia, en momentos tan dolorosos, en busca de consuelo. Me parece increible, indignante y …….
    Me gustaria saber, donde me puedo informar, por escrito de mis derechos, en esta situación. Muchas gracias. Un saludo

    Responder

    1. No existe normativa alguna que prohíba desplazarse durante el tiempo que se está de baja. Por tanto mientras el desplazamiento no esté poniendo en riesgo la recuperación te podrías desplazar.

      No obstante tienes que saber que los procesos de baja por incapacidad cuentan con un seguimiento semanal por el médico y además pueden producirse requerimientos para revisión tanto en la Mutua como INSS. El no acudir a los mismos si podría implicar la resolución de alta médica por incomparecencia.

      Por tanto el viaje o desplazamiento sí es posible estando de baja, siempre que no genere un claro perjuicio para la recuperación, si bien es recomendable que la distancia no impida acudir a la cita semanal para recoger el parte de confirmación de la baja o acudir a una posible revisión médica.

      Saludos.

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  76. Trabajo en valladolid. Y mi hermano se casa en salamanca. Tendo derecho a el dia de la boda? Y a algun dia a mayores??? Me han dicho que no.

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    1. Si no lo recoge el Estatuto de los Trabajadores (no lo recoge) entonces tienes que informarte si en el convenio colectivo de tu sector sí viene.
      La otra posibilidad es que si no viene recogido en tu convenio puedes optar por tomarlo como día de asuntos propios. Casi todos los convenios lo recogen.

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    2. El día de boda como tal no te corresponde.
      Comprueba en el convenio de tu sector. Si tampoco viene entonces posiblemente sí vendrá la licencia por asuntos propios que sí podrías utilizar.
      Saludos.

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  77. Hola!! He realizado examen oficial en eoi de quinto d Inglés ,,, solicite 2 horas para llegar a tiempo y me indica la empresa que me lo descuentan. Es correcto?? Gracias y saludos,
    Montse cortes

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  78. mi comemtario es: mi hermana tiene que dar a luz por parto natural en la C.VALENCIANA y en una coop
    tengo permiso para estar con ella como si fuera hospitalizacion por enfermadad

    Responder

  79. Trabajo en la comunidad de Madrid, pero mi empresa me obliga a coger las fiestas de Extremadura, puede?
    Gracias

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  80. Hola, con cuanto tiempo hay que avisar a la empresa de un permiso por operación de familiar?? Lo comunique la tarde del martes 3/5/16 que es cuando el médico nos dijo que tenían que operar a mi marido y que la operación sería al día siguiente miércoles 4/5/16. el viernes 6/5/16 cuando me reincorporé a mi trabajo le lleve los justificantes de los dos días y ahora me piden un documento que justifique la urgencia de la operación por no comunicarlo con 48h de antelación. Estoy obligada a llevar esa justificación??? Gracias

    Responder

  81. hola!! quisiera saber cuantos dias me pertenecen para la operacion de un hermano en otra comunidad y que si requiere hospitalizacion.
    Gracias, un saludo.

    Responder

  82. Se pueden empezar y terminar unas vacaciones en domingo o festivo? Yo creo que lo tengo claro pero mi empresa no. Por favor ponganme donde puedo encontrar esta ley. Gracias

    Responder

  83. HOLA,SI MI MEDICO CAUSA MI BAJA X ENFERMEDAD COMUN DE TRES DIAS,, TENGO DERECHO A QUE SE ME PAGUEN?

    Responder

  84. Hola quisiera saber por ley cuantas horas tengo que descansar entre una jornada y la otra?. gracias y un saludo.

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  85. Hola. Tengo pactadas 165h mensuales repartidas en 40semanales ¿se descuentan las fiestas nacionales y locales publicadas en el boe de la jorna laboral? Ej trabajo de L a V 40h 165h un mes hagó 173 por los dias laborables de L a V de ese mes pero ese mes hay una fiesta local publicada en el DOG ¿ no cuenta como jornada y a consecuencia no me pagan 8h de hs extras? Gracias

    Responder

  86. Hola,
    Trabajo en una compania aerea, sin convenio por lo que nos acogemos al estatudo de los trabajadores. Trabajamos a turnos, manana y tarde, todos los dias de la semana, festivos incluidos.
    Cuando trabajamos un festivo, nos compensan con un 75%, es decir, lo pagan al 175%. Pero si lo libramos porque coincide con nuestro dia de descanso semanal , lo perdemos. Es decir, los festivos que coincidan con los dias libres se pierden? no deberian pagar al menos ese 75% por ser festivo?
    Ademas, los festivos tienen condicion de horas extras, y no podemos superar las 80 anuales, por lo que estariamos obligados a librar la mitad de los festivos para no pasarnos de horas supuestamente. Es esto legal??
    Hasta hace poco, los que caian en dia libre, los compensabamos, pero han reinterpretado la normativa y nos los quieren quitar…
    Agradezco sus comentarios

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  87. Hola!tengo un hijo de 2a de la cual el miercoles a las 21.30le hicieron una prueba nocturna completa del sueño de la cual salimos a las 8d la mañana.se entiende q al ser menor tengo q estar yo paraatenderlo y mi empresa al llevar el justificante me obliga a ir a trabajar ese dia porque dice q esa prieba esta fuera de horario d trabajo porque yo entro a las 2de la tarde.eso es asi?considerava q me pertenecia el dia ya q me tire toda la noche pendiente de mi hijo y sin dormir

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  88. Cada año nos dan dos días personales el cual obligatoriamente tenemos q cojer un 24 o 31de diciembre.este año caen en sábado y es mi día de fiesta es legal q me obliguen a ponerlo como día personal.solo descanso los sabafos

    Responder

  89. Trabajo en DOMINOS PIZZA y me gustaría saber si por repartir pizzas me puede afectar a mi función viril, estoy preocupado, puedo denunciar? En mi convenio no pone nada

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  90. Hola.
    Soy empleado de banca, y estoy teniendo problemas para que me reconozcan 4 días de permiso/licencia por hospitalización de mi hija fuera de mi Comunidad Autónoma. Como ya me ausenté por ese motivo quieren computármelos como de vacaciones y el argumento es que el motivo de la hospitalización es un parto. El art.37.3.b del Estatuto dice lo mismo que mi Convenio y no veo que en la hospitalización hagan ninguna excepción. Además, otra cosa, por la Ley Org. de Protección de Datos (LOPD) ¿se protege la confidencialidad del motivo de hospitalización?

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  91. Buenos días , Tengo aplicada una reducción de jornada de 2,5 h los lunes y todo el día los martes (8 h), me gustaría saber como se contabilizan los días festivos que caen en lunes o martes, ya que no los disfruto como tales, puedo reclamar a la empresa que me los pague o me los devuelva como días de vacaciones?

    Gracias.

    Responder

  92. buenas noches,
    Soy personal laboral en el exterior y mi convenio no pone nada de la reducción de jornada. He visto que tengo derecho según el Estatuto de los Trabajadores, es cierto? Cuándo la puedo pedir? Estoy de excedencia por cuidado de hijos (tengo un niño de 2 años), lo tengo que pedir antes de incorporarme? Puedo pedirlo una vez incorporada? Me la van a dar? Si pido una reducción del 50% me la tienen que dar? Ya ven que tengo muchas dudas, ojalá y me puedan ayudar. Un saludo y feliz año,
    judith

    Responder

  93. Me gustaría saber si pueden variar los días de permiso de matrimonio

    Responder

  94. Buenos días,
    Mis dudas son dos:
    1- me caso un sábado y trabajo de lunes a viernes. El lunes es festivo. Mi permiso de matrimonio empieza a contar desde el primer día laborable por lo que e leído por ahí, es decir, el martes no?
    2-En mi empresa hay algunos dias en el año que se trabaja media jornada como son el 24 y 31 de diciembre y una semana en agosto, si cojes vacaciones en esos días te cuenta como medio día de vacaciones disfrutado. Pasa lo mismo en mi permiso por matrimonio? Me cuenta medio día?

    Responder

  95. Tengo un hermano a punto de ser padre , él vive en Castellón y yo en Barcelona . Cuantos días de permiso tengo cuando la mujer de mi hermano de a luz ? son 4 por desplazamiento o la distancia depende de los km que nos separan en mi caso ? , gracias .

    Responder

  96. Buenos días;

    En las muerte de un familiar directo(madre), que muere a las 23.30 y has trabajado toda tu jornada laboral completa. Te cuenta ese dia como permiso por fallecimiento y empieza el siguiente?

    Responder

  97. quisiera saber si el permiso que me corresponde por una operacion quirurgica de mi esposa con hopitalizacion, coincide con mis vacaciones tengo derecho a disfrutarlos.

    Responder

  98. hola.

    Tengo un par de dudas y no se donde preguntar he leído mi convenio (convenio de garajes) varias veces y no se que hacer.
    según el convenio tenemos que hacer 1800 horas anuales, el problema viene cuando nos hacen trabajar en festivos … el festivo nos lo pagan pero nos borran las horas que hemos hecho… por que según ellos están pagándonos esas horas… el tema es que cuando nos ponemos a contar las horas contando los festivos nos pasamos y mucho de las 1800 horas.
    mis preguntas son las siguientes:
    ¿las horas hechas en festivo pagado son computables dentro de las horas anuales?
    y la segunda puede que este no sea el foro pero ya que estoy…. nos corresponden por convenio 2 dias de asuntos propios ¿esos dias que no estas computan dentro del computo anual?
    muchas gracias

    Responder

  99. Hola me gustaría saber si trabajando un dia festivo y la empresa me lo quiere devolver en dia libre por cada dia festivo trabajado cuantos dias libre me corresponden?gracias

    Responder

  100. buenas noches¡¡¡ me gustaria saber si por fallecimiento de mi suegro, me pertenece algun permiso retribuido. le indico q soy pareja de hecho en la comunudad autonoma de extremadura y mi convenio es el de telemarketing. por mas q miro por internet no consigo aclararme¡¡¡

    mil gracias de antemano.

    Responder

    1. Hola Juanma.
      En esta página no se resuelven temas de convenios. Esa actividad supera nuestro ámbito y nuestra capacidad de asesoramiento gratuito.
      Te vamos a enviar un e-mail orientándote sobre cómo resolver tu problema

      Responder

  101. Buenas tardes,

    me gustaría comentaros en que mi empresa tenemos un poco de jaleo con el tema de los dias de libranzas y también por trabajar los días de festivo.

    Estamos en el convenio de consultoras y el contrato que tenemos fue el de la reforma laboral en el que trabajamos de Lunes a Domingo.

    De esta manera estamos mi departamente a Turnos de Tarde y de Mañana y cada 4 semanas ( de momento) nos toca trabajar dos fin de semana seguidos y libramos dos días entre semana.

    Nuestras dudas son las siguientes, ¿por trabajar en festivo se nos debería de compensar con 75% extra (dia y medio, al querer solo compensarnoslo en días) según dice el articulo 47 del Real Decreto o este puede ser manipulado por el convenio?

    y Tambien la duda de al trabajar domingos con estes tipo de contrato, ¿cuentan como un día normal o también se le debería de aplicar la compensación como si se tratara de un festivo?

    espero que con estos datos sea suficiente para que me aclareis estas dudas.

    Gracias de antemano.

    Responder

    1. Hola Sergio.
      La Empresa vendrá obligada a abonar al trabajador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 %, como mínimo, salvo descanso compensatorio.
      Dice como mínimo, por lo que en convenio colectivo y por acuerdo entre trabajador y empresario se puede mejorar.Mira tu convenio,

      Responder

  102. Mi jefe no me deja cogerme los 15 días que me pertenecen por mi boda.
    Trabajo en una inmobiliaria como secretaria. He avisado a mi jefe en cuanto he tenido confirmación del juzgado de la fecha de mi boda. Es para el 12 de julio, y aún quedan 3 meses y una semana… El dice que ahora como no hay comerciales, él no puede quedarse solo 15 días, que solo me puedo coger una semana. O bien, yo lo arregle de forma que deje a alguien a cargo (con toda mi cara se refiere a que se lo diga a alguien de quedarse en mi puesto y obviamente, sin darle mi jefe un duro), o se lo pueda decir a la madre de mi jefe, que ella está jubilada hace años y ahora, aparte que es otra pesetera y gorronera como su hijo, no le gusta hacer nada por nadie y no va a aceptar de seguro quedarse 15 días a suplirme. Encima, me dice mi jefe que sus padres se casaron un viernes, lo celebraron sábado y lunes ya estaban trabajando porque antes las cosas del trabajo estaban mal como es el caso de ahora. Por ley me pertenecen 15 días, como ya se sabe. El problema es que, ahora tal y como están las cosas, o bien me arriesgo a que por narices me vaya mi 12 de julio y vuelva a los 15 días, y pueda o no tener el trabajo… o si no, me jorobo y la verdad, no se como voy a organizármelo con la boda y el viaje… le dije que como jefe que era, tenía que organizárselo él, y me dice que es cosa mía, que él ahora con concentrarse en vender tiene bastante… estoy hasta las narices de mi jefe…

    Responder

    1. Hola Muriel.
      Efectivamente tienes derecho al permiso.
      En tu mano esta solicitarlo y en su caso reclamar la posible accion que ejerza la empresa sobre ti.

      Responder

  103. Buenas Tardes,

    Trabajo en un despacho con horario de trabajo de lunes a viernes. Me han pedido que empieze a viajar a latino america y los viajes están organizados para que salga el sábado. Por lo que, estoy trabajando el sábado y el domingo. Me gustaria saber como se compensan estos dias ¿con dias de vacaciones? ¿con pago de los dias adicionales trabajados? y en cada caso en que proporción.

    Muchas gracias,

    Responder

    1. Hola Teresa.
      Con los datos que me proporcionas es complejo darte una respuesta.
      Necesitaríamos, contrato, convenio.
      En esta página no se resuelven temas de convenios. Esa actividad supera nuestro ámbito y nuestra capacidad de asesoramiento gratuito.
      Te vamos a enviar un e-mail orientándote sobre cómo resolver tu problema.
      Saludos

      Responder

  104. Hola mi madre fallecio el pasado miercoles,aki en albacete el jueves y viernes fue fiesta y segun el convenio me corresponden tres dias por fallecimiento de padre,pero nose si me corresponde porque el jueves y viernes fueron festivos y luego vienen sabado y domingo,o me los puedo cojer de la siguiente semana, gracias un saludo.

    Responder

    1. Hola Javier, los dias se entienden naturales y por tanto da igual que sea festivo

      Responder

  105. Hola, tengo una duda, ¿Cuánto te corresponde librar por domingo trabajado? En caso de que sólo te corresponda un día ¿Puede la empresa imponerte el día de la semana que libras?

    Gracias

    Responder

    1. Hola Maria.
      No es tan facil la solucion porque depende del convenio de aplicacion.
      Respecto al dia que libras, se establece normalmente por contrato y es dia y medio normalmente.
      En esta página no se resuelven temas de convenios. Esa actividad supera nuestro ámbito y nuestra capacidad de asesoramiento gratuito.
      Si estas interesada en resolver temas de convenios podriamos enviarte un e-mail para orientarte

      Responder

  106. Buenos dias,
    Trabajo en una planta de tratamiento de residuos procedentes de la construcción, estoy en la báscula pesando los camiones que vienen a descargar y también realizo funciones de administrativa.
    La empresa tiene un horario de 7:00-14:00 y 15:00-19:00 y antes de coger la baja yo realizaba el horario de 9:00-14:00 y 15:00-19:00, de 7:00 a 9:00 se ponía en el puesto de báscula un chico que trabaja en la misma empresa pero en otro puesto de trabajo y que salía a las 17:00 en vez de a las 19:00.
    El día 24/04/13 tengo que incorporarme a mi puesto de trabajo tras mi permiso por maternidad.
    El día 20/03/13 presente a mi jefe la carta solicitando la reducción de jornada. Hoy día 26/03/12 me dice que lo ha consultado con la oficina central y han dicho que no puedo elegir yo mi horario y que no aceptan mi solicitud. Por lo que tengo que incorporarme a mi puesto con mi jornada habitual (9:00-14:00 y 15:00-19:00) el día 24/04/13.
    Yo ya le dije a mi jefe que el horario que propongo yo (9:00-14:00) no tenia que ser obligatoriamente el definitivo.
    ¿que puedo hacer?¿hasta donde llegan mis derechos?
    Muchas Gracias

    Responder

    1. Hola Silvia.

      Debes de tramitarlo correctamente y en su caso demandarlo.
      En esta página no se resuelven este tipo de temas . Esa actividad supera nuestro ámbito y nuestra capacidad de asesoramiento gratuito.
      Te vamos a enviar un e-mail orientándote sobre cómo resolver tu problema.

      Responder

  107. Hola, segun el convenio de nuestra empresa, tenemos derecho a 9 días personales (los trabajadores de jornada completa), pero la mayoría somos de media jornada. El caso es que me han dicho que en el Estatuto aparece algo asi como que los trabajadores de menor jornada tendran derecho a la parte proporcional (para todo en general, no para este caso) y quiero saber donde se encuentra ya que la empresa nos dice q esos dias son solo para los trabajadores de 40 horas y que nosotros no tenemos derecho, y el sindicato nos dice que si, que tenemos derecho a la parte proporcional.
    Gracias.

    Responder

    1. Hola Alba.

      En esta página no se resuelven temas de convenios. Esa actividad supera nuestro ámbito y nuestra capacidad de asesoramiento gratuito.
      Respecto al Estatuto,2.4 d) del E.T., dispone: «Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los Convenios Colectivos de manera proporcionada, en función del tiempo trabajado». Es claro que este precepto acude en primer lugar al principio de igualdad, que deriva del art. 14 de la CEE, pero a renglón seguido, habida cuenta de la diferencia de situación en que se encuentran unos y otros trabajadores (a tiempo completo y a tiempo parcial) matiza el principio de igualdad haciendo una diferenciación razonable, esto es, acudiendo al principio de proporcionalidad cuando así corresponda a la naturaleza de los derechos aplicables, y lo hace de forma imperativa, por lo que la regla general aplicable a los trabajadores a tiempo parcial, no es ya la de la igualdad de derechos pura y simple, sino la de acomodar el disfrute de aquellos derechos que no se consideran divisibles a la proporcionalidad derivada de la situación desigual en que se encuentran, lo cual supone aplicar en plenitud a esta clase de trabajadores aquellos derechos que por su naturaleza sean indivisibles y, en cambio, reconocérselos sólo proporcionalmente cuando el beneficio es susceptible de algún tipo de medición.
      La regla de la proporcionalidad se podria aplicar en cuanto a los salarios y los otros derechos que por su naturaleza sean medibles, y no aplicarlo por el contrario a aquellos otros derechos (como la ayuda de escolaridad, minusválidos, seguro de vida y de accidentes etc.) que por su naturaleza indivisible se le reconocen en plena igualdad con los trabajadores a jornada completa.»

      En el mismo sentido y respecto de los días de asuntos propios pueden citarse tanto la sentencia de la Sala de 30-1-2009 como la del TSJ de Madrid en su sentencia de 14-6-2006, que partiendo de que existiendo derechos que por su naturaleza o finalidad no son aptos para establecer el principio de la proporcionalidad, tal como acontece con las licencias por fallecimiento o enfermedad grave de familiares o para concurrir a exámenes oficiales, en los demás casos la lógica impone la aplicación de las reglas de la proporcionalidad y eso entiende acontece respecto de los días por asuntos propios, pues tiene un contenido económico desde la perspectiva de la empresa, ya que ha de abonar el salario sin recibir la equivalente contraprestación de servicios, pues lo contrario los trabajadores a tiempo parcial no es que no recibieran un trato igual, sino que comparativamente tendrían un trato privilegiado, carente de justificación objetiva, respecto de sus compañeros a tiempo completo.
      Por lo tanto estoy de acuerdo con el criterio de proporcionalidad

      Responder

  108. Hola,

    Le van a hacer una biopsia al hermano de mi madre y tiene que desplazarse 70km. Mi madre tiene que acompañarle ya que luego le han dicho que no puede conducir en unas horas. Le corresponde el día de permiso retribuido??

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    1. Hola Ivan.
      Artc. 37. Dos días por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
      Se entiende desplazmiento normalmente por superar 200 kms de distancia, algo que impida pernoctar, en tu caso serian dos dias de permiso.
      Se entiende que necesita acompañamiento pero no son cuestiones que queden del todo resueltas en el estatuto

      Responder

  109. Hola buenas tardes, trabajo 20 horas a la semana los dias lunes, jueves, viernes y sabado. En el contrato pone 20 horas a la semana pero verbalmente tengo ese horario. Dos cuestiones, cuando hay un festivo que coincide con los dias que no voy me comentan que debo ir los dias que no voy, por ejemplo el 18 de marzo fue festivo y quieren que vaya a trabajar el miercoles 20 (los miercoles no trabajo nunca). Es legal, porque entonces nunca tengo ningun festivo y ademas no puedo tener otro trabajo en los dias que no voy.

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    1. Hola Jose.

      Lo primero ,necesitas un calendario.

      Artículo 34. Jornada.
      1. La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo.

      Con el calendario ya pactado, hay convenios que regulan el trabajo en festivo con retribuciones superiores a la ordinaria como el de hosteleria.
      Es decir que podrias tener una regulacion de trabajo en festivos por ser la naturaleza del contrato pero teniendolo claro y sabiendo las percepciones que debes percibir.

      Responder

  110. buenos días, me gustaría saber cuantos horas me pertenecen para acudir al medico de cabecera o especialista….estoy acogida al convenio de peluquerias y gimnasios de la comunidad de Madrid.

    gracias

    Responder

    1. Hola Felix.
      En esta pagina no se resuelven temas de convenios. Esa actividad supera nuestro ámbito y nuestra capacidad de asesoramiento gratuito.
      Te vamos a enviar un e-mail orientandote sobre como resolver tu problema.

      Responder

  111. buenos dias es posible que yo siendo el marido disfrute del permido de lactancia mientras mi mujer disfruta de la baja maternal? o para disfrutar el permiso de lactancia ella tiene que haber finalizado la baja maternal? gracias por todo

    Responder

    1. Artc.37.
      En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento
      múltiples.
      Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.
      Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.
      Se establece la incompatibilidad del permiso por lactancia con el disfrute de la maternidad por parto, adopción o acogimiento (Disposición adicional primera.7 del Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo).

      Responder

  112. Hola me han operado de miopia,en una clinica privada sin ingreso,mi empresa dice que no me pertenece ningun dia por esta intervencion, pero es evidente que no he podido acudir a mi puesto de trabajo ni el dia de la intervencion ni el siguiente,me dicen que vaya a mi medico de cabecera y pida la baja laboral.En la clinica me han informado que si tengo derecho a esos dos dias sin necesidad de baja laboral.¿A que tengo derecho?.gracias.un saludo

    Responder

    1. Hola Maria Jesus.
      si no has podido trabajar necesitan un justificante medico que lo justifique. Seria una incapacidad temporal transitoria, y como tal deberias de tener un justificante y que la empresa lo tramitara.
      Hay algunas empresas que por un dia o dos deciden no tramitar la baja, pero no es algo que debiera hacerse puesto que no has acudido a trabajar por encontrarte incapacitada temporalmente para el desarrollo de tu trabajo y esencialmente para esta causa se ha previsto la incapacidad laboral transitoria (baja)

      Responder

  113. Buenos dias. La boda es el 8 de Junio de 2013. Por lo tanto los 15 dias de permiso van desde el 10 al 24 ambos incluidos, ¿verdad?

    Responder

  114. Hola.Tengo una reduccion de jornada realizada por la empresa a 27 horas.Mi horario establecido es de 16h a 20.30h , ahora me dice la empresa que cuando haya un festivo,como el del dia del padre o semana santa,tengo que recuperar las horas de esos dias.es asi? es que creo que no es legal.Muchas gracias

    Responder

    1. Hola Laura.

      Los dias festivos no se recuperan. Si tu tienes una jornada establecida y en esa semana hay algun festivo que coincide y se cierra la empresa no se recupera

      Responder

  115. Buenas tardes. Tengo dudas con respecto a los dias de vacacioned por contraer matrimonio. Corresponden 15 naturales. ¿Desde q dia se cuenta? En mi caso, la boda es un sabado (para mi es festivo pq trabajo de lunes a viernes), contaria desde el mismo dia de la boda (incluido el propio sabado), desde el dia siguiente (es decir, el primer dia a contar seria el domingo) o desde el primer dia laborable (es decir, el primer dia a contar seria el lunes)?

    Necesitaria saberlo lo antes posible para concretar el viaje.

    Muchas gracias

    Un saludo

    Responder

    1. Hola Fran

      Los dias por contraer matrimonio son permisos retribuidos y no vacaciones.
      Respecto de los dias que te corresponden son 15 naturales. El permiso comienza a partir del primer dia laboralble despues de la boda, que en terminos normales suele ser el lunes puesto que la boda suele celebrarse los sabados

      Responder

  116. Hola, a fecha de hoy todavía no me han dado en la empresa el calendario de festivos para el presente año, yo trabajo todos los fines de semana y habitualmente los festivos también y los cambiamos, de mutuo acuerdo la empresa y yo, por otros días, siempre lo hemos hecho antes de finalizar el año pero este se están retrasando mucho en dármelo, Cuando tenían que entregarlo?
    Muchas Gracias

    Responder

    1. Hola Francisco.

      El calendario de festivos se aprueba en el Boletin, puedes recurrir al Boletin para saber cuales son.
      No obstante segun el estatuto, artc. 34.
      Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo. Estamos en Marzo. Creo que es mas que evidente que no lo ha planteado.
      Podeis plantearlo vosotros, mirar que establece el convenio de aplicacion, normalmente establecen mecanismos en caso de que la emmpresa no presente el calendario

      Responder

  117. Hola!

    Mi hermana esta embarazada de 5 meses y se le ha complicado, hasta el punto de pasar a ser un embarazo de alto riesgo. En cualquier momento se puede poner de parto y tendrían que hacerle una cesárea de urgencias. Yo me encuentro en otra comunidad autónoma, por lo que veo que me corresponden 4 días. Sin embargo, por lo que leo «3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo» yo no podría avisar, porque no sé cuando puede ser, que hago? Les pongo ya sobre aviso? Tengo miedo que me digan que no, en ese caso yo podría tomar alguna medida?

    Otra duda que tengo: en julio se casa mi hermano, me correspondería algún día? (se casa en una comunidad autónoma diferente a donde yo trabajo).

    Muchas gracias!

    Responder

    1. Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.

      Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

      Yo iria avisandole para que se organice en la empresa aunque no sepas la fecha cierta. No obstante lo de previo aviso es que antes de empezar la jornada y que no estes avises de porque no vas.
      Es un derecho que tienes, por lo tanto no tomaran medidas.
      Respecto de la boda de tu hermano el estatuo no lo contempla. mira tu convenio por si amplia los permisos del estatuo

      Responder

  118. Hola,
    Mi padre falleció el pasado sábado, en una localidad que dista 500kms de mi lugar de trabajo. Avisé de que me incorporaría el viernes siguiente, entendiendo que me correspondían 4 días de permiso. Hoy me informan que se trata de 4 días naturales, por tanto, de domingo a miércoles, así que me cuenta como un día de vacaciones disfrutadas. Aparte de que ya avisé y no obtuve respuesta negativa, y de la evidente falta de sensibilidad, es esto legalmente correcto? Podrían por favor indicarme el artículo del Estatuto de Trabajadores en el que se hace referencia? (he buscado pero no especifica si se trata de 4 días laborables o naturales)
    Mil gracias.

    Responder

    1. Hola Eva.
      Lo primero es decirte que lo siento y animo.
      Son dias naturales efectivamente, y la empresa ha hecho lo correcto. Tienes razon con la sensibilidad, pero con la ley en la mano, la empresa tiene razon.
      No lo dice el estatuto, pero se ha interpretado que cuando no se establece laborables, se entienden naturales.

      Responder

  119. Perdon la ultima duda ¿me pueden despedir estando en reducción de jornada o es cierto que tenemos proteccion contra el despido a no ser que sea por disciplina=?? millones de gracias

    Responder

    1. Hola Loriky.

      Empiezo por el final, es verdad que no te pueden despedir en situacion de reduccion de jornada pero por esta causa, no por otras, como despidos disciplinarios, causas objetivas…
      Respecto del horario deberias de marcarlo en tu proxima reanudacion de reduccion.
      Respecto de las reuniones que se realizan en horas que no corresponden al horario aceptado por la empresa en tu reduccion de jornada, deberias de negociarlo con la empresa, y ausentarse en otro momentos si es preciso que acudas a estas reuniones. Ten en cuenta que no solo te afectan a ti y es complejo seguramente para la emrpesa determinar un horario que se ajsute a tu peticion.
      Creo que deberias negociar si es preciso tu asistencia, como recuperar esas horas.

      Responder

  120. Otra duda, tengo que renovar la reducción y ahora ya voy a poner fecha fin el dia que mi hija cumple los 8 años incluido. Creen que deberia poner de nuevo el horario que haré de lunes a viernes y además un agregado de que no me voy a salir de ese horario en ningún momento salvo pacto entre las partes?

    Responder

  121. Hola yo tengo reduccion de jornada por cuidado de hijo menor de 8 años, con un horario de 8 a 14;30 horas pero me ponen reuniones a partir de las 16 horas ¿estoy obligada a acudir a las mismas? hasta ahora lo estoy haciendo pero es que no tengo donde dejar a mi hija y la empresa tampoco me compensa ni con horas ni con dinero ese tiempo extra. ¿tendría que avisar a la empresa de que no acudiré a dichas reuniones? MUCHAS GRACIAS

    Responder

  122. Hola, trabajo en una empresa del sector del metal, y estoy estudiando un ciclo formativo de titulación oficial a distancia. ¿Alguien sabría decirme cuántos días me corresponden por la realización de exámenes?
    Gracias

    Responder

    1. 1. El trabajador tendrá derecho:(Artc.23)
      a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes,

      Responder

  123. Cuantos dias m pertenecen por operarse un hijo,estoy en el convenio de comercio

    Responder

    1. Hola susana.

      En este ambito no respondemos a cuestiones de convenios particulares porque seria imposible contestaros a todos/as teniendo en cuenta que nos escribís de diferentes partes de la geografía española.
      Cabria que por otras vias pudieramos realizar un asesoramiento mas personal. Estamos desarrollando algunas ideas.
      Respecto al estatuto, te pertenecen dos dias

      Responder

  124. han operado a mi marido, y le han dado el alta el mismo día, le han cortado un dedo ¿Cuantos días me pertenecen?

    Responder

    1. Dos días por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo y normalmente ayuda de otra persona. Valoralo con el informe medico si es asi

      Responder

  125. Me gustaría saber si tengo preferencia para vacar desde 15 junio al 15 septiembre por estar mi hija en edad escolar o no? Según el convenio de sanidad privada de Aragón. Mi hija tiene ahora cinco años y va al colegio desde los tres, esta en tercero de infantil.

    Responder

    1. Hola Nuria.
      No nos ocupamos en este foro de aplicacion de los convenios.
      Lee muy bien que establece tu convenio al respecto.
      Esta pagina es en relacion a interpretacion del Estatuto de los Trabajadores.Por el momento no tenemos medios, todo se andara

      Responder

  126. Buenos días,

    Mi mujer tiene reducción de jornada por guarda legal de uno de nuestros 3 hijos. Actualmente le han comunicado en la empresa que le van a reducir el salario un 20% en base al articulo 41.1 del Estatuto de los Trabajadores.

    ¿Es aplicable esta reducción del sueldo por el hecho de tener reducida la jornada por guarda legal?

    Responder

    1. Es aplicable a la jornada que le corresponda, salvo que opte por la rescisión del contrato con indemnización de 20 días por año y máximo de 9 mensualidades.
      Un saludo

      Responder

  127. Si debo acompañar a mi hijo de 1 año al medico, ¿tengo derecho a tiempo libre para acompañarle?
    Muchas gracias.

    Responder

    1. Segun el Estatuto, no
      PEro mira tu convenio que normalmente suele establecer permisos para el medico de cabecera cuantificados por horas y para especialistas

      Responder

  128. Hola, mi contrato de trabajo es de martes a domingos, tendria libre el domingo por la tarde y el lunes entero. Me gustaria saber cuantos domigos o fines de semana me pertenecen. Muchas gracias

    Responder

    1. Hola Alejandro.
      Si tu contrato establece claramente que tienes que trabajar de martes a domingos por la mañana, esta claro que el domingo a la tarde y el lunes descansas, y eso ssera asi siempre,salvo modificaciones por razones objetivas

      Responder

  129. Doy a luz en los próximos días. Mi padre tiene derecho a dos días naturales por mi ingreso? En su empresa le dicen que no, a no ser que me hagan cesárea. Muchas gracias

    Responder

    1. Hola Noemi.
      Artc.37.
      Dos días por enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días
      Es compleja la interpretacion del articulo, porque habla de enfermedad,hospitalizacion o intervencion quirurgica y no de hospitalizacion con intervencion.
      Se ha argumentando que el espiritu de este artc, tiene que ver con necesidad de acompañante, que esxista una enfermedad y que el parto no lo es. Esta claro que en cesarea es mas evidente, pero en parto natural podria poner problemas la empresa. No obstante han cabido diferentes interpretacion de la ley en diferentes momentos.
      Que lo hable con la empresa

      Responder

  130. Voy a dar a luz en los próximos días. A mi padre le corresponden 2 días naturales por mi ingreso? En su empresa le han dicho que no, a no ser que me hagan cesárea.

    Un saludo y gracias.

    Responder

    1. A quien le corresponden dos días por nacimiento y permiso de paternidad, es al padre de la criatura, a tu padre le correspondería dos días si concurriese enfermedad grave o intervención tuya, salvo que su convenio de aplicación o de empresa diga otra cosa.
      Un saludo

      Responder

      1. Al inscribirse como pareja de hecho, ¿te corresponden quince dias como en el matrimonio?

        Responder

        1. Hola Erika.
          El Estatuto no lo contempla.
          Deberias de ver si tu convenio de aplicacion tiene regulado este derecho en caso de pareja de hecho. Algunos si lo contemplan. En ese caso te perteneceria

          Responder

  131. Una Consulta yo solicite permiso con anticipación, para no laborar un día Sabado.

    Nosostros para cumplir cn las 48horas de Trabajo reglamentarios, trabajamos de Lunes a Viernes de 8am a 5:30 con una hora de Refrigerio y los sabados de 8 a 1:30pm.

    Cuando me ha pagado mi quincena me han descontado el día complero (8horas), presente mi reclamo y me dice que el sabado es considerado como día normal y yo le respondi que no si los sabados solo trabajamos 5 182 horas para completar las 48 semanaales.

    Es correcto que me hallan descotnado el dpia completo espero su respuesta.
    Gracias,
    Jackie

    Responder

    1. Hola Jackie.

      No se si tu convenio marca el precio por hora o mes.
      Mira este dato

      Responder

  132. Cuantos días corresponden por la boda de una hija

    Responder

    1. Hola Rogelio.
      Por el Estatuto, ningun dia.
      No obstante mira tu convenio porque a veces establecen mejoras

      Responder

  133. Buenos días,

    Tengo la siguiente consulta:

    El año pasado mi Padre falleció de una enfermedad y en el trabajo me dieron cuatro (4) días, que es lo que me correspondía por haber hecho un viaje fuera del País.

    Pero es que tres meses después Fallece mi madre en un accidente de tráfico, con lo que tengo que hacer el mismo desplazamiento que cuando ha fallecido mi padre, todo esto ocurre el mismo año, ¿Tendría que tener cuatro días más?

    Muchas gracias

    Responder

  134. Buenas,

    Yo he tenido el añado pasado una gran tragedia familiar, primer falleció mi padre de una enfermedad (Cáncer) lo cual me tuve que movilizar fuera del País, he leído que para estos casos son cuatros días.

    Pero es que tres meses después fallece mi Madre en un accidente de tráfico y tengo que volver hacer el mismo traslado que cuando fallece mi padre.

    Yo he cogido solo 4 días, ¿serian cuatros u ocho días?

    Gracias

    Responder

    1. Son cuatro días por cada permiso, pero no son acumulables, si es eso lo que he entendido.
      Un saludo.

      Responder

  135. hola soy una trabajadora embarazada y me gustaría saber cuántas semanas por baja maternal me corresponden y a cuántos días tendría derecho por la hora de lactancia (jornadas completas)

    Responder

    1. Por baja maternal, 16 semanas.
      Para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.
      Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.Suma los dias que restan de trabajo desde el fin de la maternidad hasta que el niño cumpla 9 meses, los dias de trabajo que te den son las horas que podrias solicitar libres. Cuenta las horas de cada dia que debieras de trabajar y suma asi dias hasta agotarlas horas que te corresponden.
      Normalmente suele ser mes y medio

      Responder

  136. Desearía saber si el acompañar a un hijo menor al médico se puede considerar como un deber inexcusable.

    Responder

    1. Hola Carmen.
      En el estatuto el deber inexcusable es de caracter publico y personal y acompañar a tu hijo es de caracter privado y personal por lo tanto no se encuadra en ese suspuesto.
      Por estatuto no te corresponde. Mira tu convenio o sino intenta negociarlo

      Responder

  137. hola,
    con cuantos dias de antelación tengo que comunicar a mi empresa que necesito un dia de asuntos propios???,lo tengo que hacer por escrito???.
    trabajo en un comercio en andalucia
    gracias

    Responder

    1. Deberías mirar tu convenio colectivo sectorial, en el articulo de licencias, en algunos el preaviso es de 48h. Todo lo que comuniques por escrito con acuse de recibo, será bueno para evitar posteriores problemas.
      Un saludo

      Responder

  138. Hola, quiero saber si una empleada del hogar contratada a tiempo parcial de tarde (6h diarias de lunes a viernes), tiene derecho a permiso retribuido para ir al médico,al dentista y/o al abogado…dentro del horario de trabajo? Gracias

    Responder

    1. Si, tiene derecho a los permisos retribuidos que establece el art. 37 del Estatuto de los Trabajadores.
      Un saludo

      Responder

  139. Hola. Mi duda es la siguiente:
    En caso de tener que utilizar los dias de permiso retribuidos, cuando empiezan a contar? El día en el que se genera el derecho o el siguiente hábil. por ejemplo: muerte de un familiar a las 18 hs. de un sábado y la jornada laboral es de 8hs a 15 hs de lunes a Viernes. y si fuese el Lunes a las 18 hs.?
    Gracias

    Responder

    1. Los permisos retribuidos siempre se contabilizan como días naturales, en este caso contaríamos desde el siguiente día natural, el domingo, considerándolo como día de permiso. Si fuese el lunes a las 18h, empezará a contar desde el martes.
      Un saludo

      Responder

  140. hola buenas, estoy a horas de ser tio por parte de hermano, ya se que no me pertenecen dias por eso pero he leido que por ingreso de cuñada si. El caso esque ellos no estan casados pero llevan conviviendo juntos 8 años, me pertenecen esos 2 dias si es en mi ciudad o 4 si es en una ciudad diferente?
    gracias d antemano

    Responder

    1. En el justificante que entregas a la empresa, solo dice que tu cuñada esta ingresada en ese hospital en una determinada fecha, luego la empresa si que te puede pedir, o no, que acredites tu parentesco con la persona ingresada, en este caso deberían ser matrimonio o pareja de hecho, si no el certificado de convivencia de su municipio.
      Un saludo

      Responder

  141. Hola mi empresa se rige por el estatuto de los trabajadores, y hay una cosa que no me queda clara, tuve que desplazarme 90 kilometros para asistir a una consulta medica especializada en el hospital, yo tengo jornada reducida por cuidado de un niño menor de 8 años, trabajo una semana de mañana y otra de tarde, el dia de la consulta yo trabajaba por la mañana y la consulta fue por la mañana, me corresponde un dia por ir a la consulta o me lo tienen que quitar de vacaciones?, es que ahora me dicen que ese dia no fui a trabajar, aunque saben de sobra que fué por ir al medico, tengo los justificantes y se lo voy a entregar, y otra cosa, estoy pendiente de que operen a mi hija tambien el el mismo hospital, o sea a 90 km de mi residencia,¿me corresponden 4 dias laborables o naturales?, gracias, espero su respuesta.

    Responder

    1. Tienes la obligación de preavisar y justificar, en tu caso es un permiso retribuido, no te pueden descontar de las vacaciones. Los días son naturales.
      Un saludo

      Responder

  142. hola si voy a donar sangre en horario de trabajo me afectara en mi salario o tendre problemas en el trabajo???

    Responder

    1. Podría entenderse como retribuido, por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable, público y personal, aunque la pega es el carácter voluntario del donante, esto está pensado para renovar documentación, cuando te toca mesa en elecciones,…, puede depender de la empresa y/o del trabajador.
      art. 37, 3d del ET.

      Responder

  143. Se retribuye el caso en el que el trabajador falta a trabajar(1día) por una recomendación de reposo del médico de cabecera?

    Muchas gracias

    Responder

    1. En el caso de enfermedad común o accidente no laboral, la baja se retribuye a partir del 4º día, aunque hay convenios donde se complementa los tres primeros días, consulta tu convenio, por ahí te lo podrías pelear, en cualquier caso no hay baja sino una recomendación de reposo, puede descontarte el día, depende de su voluntad.

      Responder

    2. Depende de la voluntad de la empresa, podría descontarte el día, pero si en tu convenio las bajas tienen un complemento para los tres primeros días que no abona la seguridad social, podrías peleartelo, consúltalo, aunque realmente no hay una baja sino una recomendación de reposo.

      Responder

  144. El jueves 22/11/2012 ingresado mi padre . y hoy viernes23/11/2012 sido operado para ponerle un marca pasos yo queria saber si los dias efetivos si cuenta k dia me pertenece gracias

    Responder

    1. Los permisos se cuentan días naturales, la cantidad la determina el convenio, aveces mejorando el art. 37 del ET, que da derecho a dos días en tu caso por enfermedad grave de familiar en primer grado, Jueves y viernes retribuidos entregando el lunes el justificante hospitalario.

      Responder

  145. Hola quisiera saber sin los 15 dias por matrimonio empiezan desde la fecha del evento o a partir del dia siguiente.

    Gracias

    Responder

    1. El permiso por matrimonio son días naturales, han de disfrutarse contando desde el día de la boda o registro como pareja de hecho, incluido y de forma consecutiva.

      Responder

  146. ¿ CON CUANTO TIEMPO ES NECESARIO INFORMAR A LA EMPRESA DE CUALQUIER GESTION QUE TENGA QUE HACER UN TRABAJADOR ( IR AL MEDICO, SACAR DNI, EXAMINARSE DEL CARNET DE CONDUCIR ETC ? GRACIAS.

    Responder

    1. Art. 37.3 del ET, previo aviso y posterior justificación, no especifica pero es conveniente con la mayor antelación posible.

      Responder

  147. Hola,trabajo en un colegio concertado como monitora del tiempo libre, pero contratada como celadora,ahora he sido mama.Yo trabajaba 1h por la mañana de 8 a 9 y al mediodia de 12:55 a 15:10, me gustaria si tengo derecho a la lactancia (me han comentado que puede ser de 1h. o 1/2h), pero a mi por mi horario no se si me pertenece,si me pudierais ayudar os lo agradeceria,ya que pronto me tengo que reincorporar y les tendria que avisar.

    Gracias y un saludo.

    Responder

    1. El permiso de lactancia es independiente de la jornada, 1 hora diaria, que no sea al principio o final de la jornada o reducción de jornada de 1/2 hora, con tu horario será esto último, hasta que el bebe cumpla nueve meses, también puedes acumular todo seguido en jornadas completas, calculando los días laborables que hay en el periodo, aquí tu decides y lo comunicas a la empresa, art. 37.4 del ET.

      Responder

  148. Hola yo soy monitora en un colegio concertado, me tienen contratada como celadora y trabajo 1 hora por la mañana de 8 a 9 y 2h y15 al mediodia,el cole esta cerca de casa,ahora he sido mama y me gustaria saber si tengo derecho a la lactancia o no. Y tambien he escuchado que en vez 1 hora tambien existe de 1/2 hora.Si me pudierais ayudar lo antes posible, para avisar que empezaria mas tarde.
    Gracias y un saludo.

    Responder

    1. Una hora por día laborable siempre que no sea al principio o al final de la jornada, si es así, sería reducción de jornada de media hora, tambien puedes acumular todo seguido en jornadas completas, calculando los días laborables hasta que el bebe cumpla nueve meses, es tu decisión y tu derecho.

      Responder

  149. Hola:

    Si tienes al niño enfermo, pero sin hospitalización (gripe, gastroenteritis…)¿puedes quedarte en casa a su cuidado y que te remuneren ese día o por el contrario te descuentan el mismo?
    Soy funcionaria
    Gracias.

    Responder

    1. Si no hay hospitalización no se entiende enfermedad grave y no hay permiso, puedes pedir un permiso no retribuido, caso de necesidad.

      Responder

  150. HOLA;

    Mi mujer se incorpora la semana que viene al trabajo en un centro comercial después de una excedencia después de haber tenido un hijo. El horario que le toca es de 15H a 22H que es el habitual que hacía, pero nuestro hijo todavía no tiene un año.

    Puede cambiar su turno por otro de mañana? Tiene derecho a pedirlo y que se lo concedan? He leido la nueva reforma laboral y da la opción de una reducción dentro de la jornada ordinaria, que se entiende por jornada oridnaria de 6H a 22H que abre el centro comercial o de 15H a 22H que es su horario?

    Gracias

    Responder

  151. Buenas. Hace pocos meses he sido mamá y mi duda es la siguiente: ¿Tengo permiso para llevar a mi bebé a sus revisiones pediátricas? De ser así, ¿estaría remunerado?
    La duda es porque no se trata de enfermedad, sino de las revisiones que le corresponden por edad.

    Responder

      1. Muchas gracias, pero si que tengo derecho a ir, aunque me lo descuenten?

        Responder

        1. entiendo que si. los derechos de las madres están cada vez mas protegidos por la lucha desarrollada y una cosa es que no te paguen el tiempo, pero otra muy diferente que no te lo permitan.

          Responder

  152. Buenos días,

    Mi pregunta es la siguiente:
    Hace un par de semanas que ingresaron a un familiar de primer grado de consaguinidad y no me cogí los días que me corresponden, todavía sigue ingresado, me los puedo coger ahora?

    Responder

  153. Por convertirte en pareja de hecho no te corresponden vacaciones? tanto el estatuto como el convenio habla de matrimonio en general, no especifica…..

    Gracias

    Responder

  154. Hola, voy a acogerme a la reduccion de jornada por cuidado de un menor de ocho años, la empresa me exige en el documento que les envie solicitando la reduccion de jornada la fecha de comienzo y final de dicha reduccion, el caso que no se cual sera la fecha final, y no quiero firmar nada con ninguna fecha, es esto legal?

    Gracias

    Responder

    1. la petición de excedencia debe ser realizada por un tiempo cierto y medible por lo que deberás poner una fecha final prevista. Otra cosa es que luego lo negocies o incluso que lo matices en el propio escrito.

      Responder

  155. hola buenas tardes , voy a empezar a trabajar en septiembre y me caso en noviembre, a mi futura jefa le dije que me casaba y me dijo que no importaba, porque segun ella no corresponden los quinces dias por matrimonio hasta que llevas un año en la empresa, ¿es eso cierto? y en caso de ser mentira ¿la podria avisar por escrito antes de formar parte de la empresa o lo hago de otra manera? un saludo gracias.

    Responder

  156. hola,entre en una empresa de limpieza por la baja de un chico ,lo an despedido y ami me an cambiado el tipo de contrato ya que estaba como interino ,ahora me dicen que ya que tengo las pagas prorogateadas no tengo derecho a ningun dinero ni a vacaciones que se suponen prorrogateadas al igual que las pagas(estube 54dias de interino)
    gracias

    Responder

    1. las vacaciones se disfrutan y se cobran en el salario. Eso es lo que no te pueden quitar, tu derecho a disfrutarlas, cobrando como si estuvieras trabajando.
      Otra cosa son las pagas, que pueden estar o no prorrateadas.

      Responder

  157. Hola, soy trabajador de dias sueltos a tiempo parcial (5 horas) para cubrir unas vacaciones me enfrento a tres semanas de siete dias (domingos incluidos) seguidos sin libranza alguna, esto parece contradecirse con el apartado 1 de este articulo 37, tengo derecho a alguna libranza?

    Responder

    1. Si, si tienes derecho.
      ¿Has leido el articulo antes de preguntar? porque yo creo que lo responde claro. En ciclos de catorce dias minimo un día y medio de descanso.

      Responder

      1. Si que lo he leido y lo he interpretado literalmente, pero en el departamento de personal de mi empresa me dijeron que en mi caso (dias sueltos 5 horas) se me podia extender hasta 4 semanas completas sin libranza. Tengo derecho a exigir que esa libranza sea un domingo y medio lunes o sabado como pone en el articulo? Perdon por preguntar cosas que parecen ya explicadas, pero prefiero tenerlo completamente claro antes de ejercitar mis derechos. Muchas gracias

        Responder

        1. tu empresa creo que intenta abusar un poco, me parece. Seria interesanta que explicasen de donde se sacan esa norma de que se puede extender hasta cuatro semanas porque tu contrato sea a tiempo parcial. Con esa lógica, si trabajases, dos horas al día, podrían extenderlo por 8 semanas, o si trabajases una hora, durante 16 semanas, cuatro meses.
          A ver, el estatuto dice lo que dice, y salvo que el convenio diga otra cosa, con las correspondientes compensaciones, no ha lugar lo que te dicen.
          Sobre lo de los domingos y sabados, si has leido pone REGLA GENERAL, lo que significa que puede haber REGLA PARTICULAR, y por tanto pudiera ser que se aplicase alguna particularidad.

          Responder

  158. Hola buenas.
    Despues de leer esto:
    b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
    Hago la siguiente pregunta: Resulta que hace un mes falleció mi sobrino por parte de hermana al cual me tuve que trasladar unos 700 kms. Estube dos dias fuera de mi lugar de trabajo y en cuento vine me comunicaron que no me pertenecia ningun dia, ¿es correcto esto?. Me han quitado dos dias de mis vacaciones y la verdad esque me sorprende y bastaste. Muchas gracias.

    Responder

  159. en mi convenio al igual que en el estatuto ,me conceden 2 días retribuidos por ingreso de hermano-a pero ¿que días cuentan ?por ejemplo si ingresa hoy martes a la 20h y yo ese día ya trabaje ¿Me corresponden miércoles y jueves? o ¿Me cuenta el martes ya como primer día de ingreso?

    Responder

  160. Hola me descuentan del sueldo las horas que use parfa examen de coche lo pueden hacer pues en el convenio no se refiere a estos casos gracias.

    Responder

  161. buenas tardes, trabajo en una empresa que pertenece al convenio de RECUPERACIÓN DE RESIDUOS Y MATERIAS PRIMAS SECUNDARIAS. Soy mayor de 18 años y actualmente estoy cursando un ciclo de formación profesional, la semana próxima me tengo que presentar a mis exámenes finales de ciclo para obtener mi titulo una vez realizadas las practicas, bueno pues mi responsable directo me obliga a recuperar un día completo por ausencia y otro día que me descontará de mi salario, dado que son dos días los que me voy a ausentar en mi puesto, además de entregarle los pertinentes justificantes. ¿es esto legal?.
    Un saludo.

    Responder

    1. el articulo 23 te informa de tus dudas. Pero en tu caso, tienes derecho a la licencia para acudir a los examenes, pero no significa que sea retribuido, por lo que o recuperas jornada o no la cobras. Además debes acreditar que has ido a los examenes.

      Responder

  162. buenas tardes, mi pregunta es breve. ¿me corresponde algún dia de licencia por citacion judicial en otra comunidad? gracias

    Responder

  163. Necesito ayuda… yo trabajo de lunes a viernes, en horario de oficina. un fin de semana de Julio tengo que trabajar (sabado y domingo enteros) tengo derecho a reclamar algun día de vacaciones ademas del domingo??? ademas es trabajo con desplazamiento… Espero vuestra ayuda. GRACIAS

    Responder

  164. Una enfermera que trabaja en una empresa privada, si su hermana da a luz tiene derecho a disfrutar de los días por ingreso hospitalario?

    Responder

  165. Hola muchas gracias por contestarme tengo una duda si son 30 dias naturales a mí siempre me dieron 22 si trabajo sabados no me corresponden 26? y los 4 domingos. Estoy errada?

    Responder

    1. 30 dias naturales son 30 dias naturales. Es verdad en principio deberían componerse, si son continuos de 22 dias de lunes a viernes, cuatro sabados y cuatro domingos, pero la aplicación solo afecta a dias naturales.

      Responder

  166. Buenas tardes,
    ¿ Cual es el convenio al que pertenece una empresa funeraria -privada- de Madrid ?, yo no lo he encontrado y creo que todos los trabajos están regulados a través de un convenio ¿No?.
    Gracias.

    Responder

    1. no, lamentablemente todos los trabajos no tienen convenio y el futuro que se avecina es aun peor con la reforma laboral de Rajoy. Pero en todo caso, no podemos responder en la busqueda de convenios.

      Responder

  167. EL PADRE DE UNA MENOR EMBARAZADA QUE CONVIVE EN DOMICILIO FAMILIAR TIENE PERMISO RETRIBUIDO CUANDO NAZCA SU NIETO?
    GRACIAS

    Responder

  168. Hola, buenas tardes;

    Trabajo en el gremio del comercio metal con una jornada de 27 horas semanales distribuidas de el siguiente modo: DE LUNES A VIERNES de 16:30 a 20:30 y SABADOS de 10 a 13:30 y de 17:00 a 20:30 (en mi contrato consta este horario).
    Mi pregunta es cuantos días me pertenecen de vacaciones y dias de libre disposición?
    En mi contrato pone 30 días naturales. Si los disfruto fraccionados me corresponden los mismos? Incluidos los sábados?
    Muchas gracias de antemano

    Responder

    1. te correponden 30 dias naturales por año que trabajes completo. El fraccionamiento hay que cuidarlo. Las vacaciones comienzan en dia laboral, salvo que este establecido en calendario colectivo de otra forma. Por tanto depende de las fracciones te puede venir mejor o peor con los sabados, domingos e incluso festivos, que todos son dias naturales.

      Responder

  169. Hola,
    me gustaria saber que se entiende por dia personal.
    Y si tengo que justificar a la empresa los motivos por los que necesito disponer de uno.

    Cris.

    Responder

  170. Hola,

    me quitan del sueldo las horas no trabajadas por visitas al médico. Es correcto?. Qué derechos tengo.

    María

    Responder

  171. Buenos días,
    Operan a mi mujer con hospitalización, tengo que desplazarme 40 km al centro hospitalario, ¿Cuantos días me corresponden 2 o 4? A que se refiere el articulo 37. 3b.? Cuando dice: 4 días cuando se requeriera desplazamiento.
    Mi mujer requiere reposo y mi trabajo lo tengo a 70 km de mi domicilio. Gracias

    Responder

    1. Suele tener que ver con la pernoctación. Es decir si el desplazamiento implica pasar la noche fuera del domicilio habitual. También el desplazamiento interprovincial suele servir. No creo que es tu caso.

      Responder

  172. Tengo hospitalizado a mi hijo y a mi madre, me gustaría saber si puedo coger coger el permiso de dos días que me corresponde por cada uno de ellos de forma consecutiva

    Responder

  173. Saludos

    Estimado, me gustaría saber cuantos días tengo como esposo de no asistir a mi trabajo o mas bien de que me den libre para estar con mi esposa en lo referente al cuido pos – parto.

    Gracias de antemano

    Responder

  174. Hola, trabajo en un centro comercial y mi jornada laboral es de cuarenta horas semanales de lunes a sabado, las distribuyen de forma que el sabado trabajo trece horas, realmente estoy catorce horas y descanso una para comer, es legal que me obliguen a trabajar tantas horas el sabado?? mi contrato no especifica el reparto, tambien me gustaria saber si puesto que trabajo a veinte kilometros tengo derecho a cobrar un plus de transporte, gracias.

    Responder

    1. entiendo que no es legal la jornada que realizas. Mira el convenio por si acaso, pero entiendo que superas completamente el máximo de jornada continuada.

      Responder

      1. Muchas gracias Carlos, aunque me surge otra duda, en mi contrato en algunos apartados pone según convenio, pero me han dicho que no hay ningún convenio que se acerque a nuestro comercio, es una tienda de animales, entiendo que si no hay convenio nos deberíamos acoger al estatuto de los trabajadores, si no es así o si hay algún convenio general te agradecería que me lo comentaras, soy de Zaragoza, me temo que si pido trabajar sólo nueve horas el sábado me partirán la jornada haciendome trabajar dos horas por la mañana de 8 a 10 y el resto de 15 a 22 (hasta cierre).
        Un saludo y gracias de nuevo.

        Responder

  175. Hola buenos días: mi pregunta es,si tienes una cita con un médico para tu hijo que es menor y esta a tu cargo y no es posible cambiar el turno o hacerlo en tu día de libranza,¿te pertenece el tiempo necesario para realizarlo o no ?,muchas gracias

    Responder

  176. Si me lo permites voy a responder a Cristina, no tienes permiso porque no es tu cuñada, es la mujer de tu cuñado, como has dicho tu concuñada. si fuera el hermano o hermana de tu marido o la mujer o marido de alguno de tus hermanos si que seria permiso porque seria permiso familiar en segundo grado de afinidad, pero la mujer de tu cuñado en realidad no es nada familiar para ti.

    Responder

  177. Buenas tardes,

    este año se casa mi sobrino un sábado, yo trabajo de lunes a sábado, puedo pedirme permiso aunque no sea reribuido?
    Muchas gracias.

    Responder

  178. buenas tardes;

    Operan a la mujer del hermano de mi marido (para mi, mi cuñada) pero he ido a pedir el permiso y me han dicho que no me corresponde, porque no es de segundo grado por afinidad, que en todo caso si fuera la mujer de mi hermano si que me correspondería. ¿eso es asi?

    Responder

      1. Buenas,

        Estoy leyendo en paginas que no me corresponde, según estas páginas es mi concuñada y no me corresponde.
        Te vuelvo a explicar es la mujer del hermano de mi marido.

        Gracias

        Responder

        1. A ver, ¿es tu cuñada o no? Yo entiendo que las esposas (si lo son) de dos hermanos son cuñadas, y por tanto grado segundo de afinidad. Te he puesto un enlace sobre el asunto. Y si tienes un enlace que acredita lo contrario danoslo para que aprendamos todos.

          te voy a dar otro enlace a un sindicato.

          ccoo

          Responder

  179. Hola Carlos, mi pregunta es la siguiente, ¿se pueden ampliar algunos de los permisos que refleja el Estatuto de Trabajadores como, por ejemplo, el de traslado de domicilio y hospitalización de un pariente (padre o madre)?

    Gracias y un saludo.

    Responder

  180. Carlos, tengo una duda, lamentablemente mi abuelo a fallecido, ayer le comente a una persona de mi comite de empresa que me queria coger los dos dias de fallecimiento que creo que me pertenecen, despues de comentarselo esa persona a la empresa me llamo y me digo que no me pertecen esos dias por encontrarme en vacaciones, por lo que he leido creo que me pertenecen esos dos dias por ser laborables aunque este de vacaciones, pero comentandome eso mi comite no se si estan equivocados o no, me podrias aclarar esa duda?.
    si es asi y llevo razon ¿como puedo actuar?
    Gracias.

    Responder

  181. Tengo una duda, si pido un dia de asuntos propios ( permiso retribuido) por una operacion a mi madre con reposo domiciliario, y finalmente por motivos medicos no tienen que intervenirla. ¿ que ocurre con ese dia, si yo he presentado mi justificante? Gracias,

    Responder

    1. Entiendo que tu convenio recoge los permisos por «asuntos propios» y si es esa la licencia retribuida que has cogido no pasa nada. La has cogido y punto.

      Otra cosa es que quisieras utilizar la licencia por intervención de un familiar directo que realmente si puedes acreditar que la iban a operar pero que finalmente por razones médicas no ha sido asi. Si las cosas son claras y demostrables no pasa nada.

      Responder

  182. Hola!!!

    Mi hermano se casa un viernes. ¿Tengo permiso o me lo tengo que coger de vacaciones?

    Muchas gracias por ayudarme!!!

    Un saludo,

    Responder

  183. TEMA LACTANCIA ACUMULADA:
    Hola, según lo que pone, entiendo que si tuviera a mi hijo cerca del trabajo podría ausentarme 1 hora diaria. Pero en cambio si lo que quiero es acumular todo el permiso para disfrutarlo todo seguido, solo se acumula a razón de media hora diaria??? vaya…
    teniendo en cuenta que trabajo de lunes a viernes, jornada de 40 horas ¿cuántos días enteros, por la lactancia, me puedo coger después de las 16 semanas de permiso por maternidad? Entiendo que esos días son laborables, además, con lo que si hubiera algún festivo de pos medio, no contaría ¿verdad?
    muchas gracias por todo.

    Responder

    1. me vas a perdonar pero las matematicas hay que hacerlas personalmente. Yo no sé cuando termina tu maternidad y cuanto quedará hasta los 9 meses del niño. Cuentas dias de trabajo laborables reales y lo multiplicas por media hora y lo divides entre la jornada díaria que tengas.

      Responder

  184. mi hermana a dado a tenido una hija, Quiero saber cuantos dias laborales me pertenecen a mi y a mi madre, por que nos han dicho a las dos que no nos pertenece ningun dia debido a la nueva reforma laboral.

    Responder

  185. Gracias por la aclaración, Pensé que tendría permiso para acompañar a mi mujer a las clases de preparación al parto y a las ecografias.

    Responder

  186. Hola
    Me despidieron el viernes 15 minutos antes de mi hora de salida por despido por causas objetivas. Estaba con reduccion de jornada por guarda de un menor desde hace 3 años (por uno de 3 y por otro de 1), y ante la sorpresa del momento, no reaccione y firme todos los papeles. En el finiquito pone que «con la aceptacion de dicha cantidad queda extinguida relacion alguna, y todo concepto derivado de la misa». ¿Eso significa que no puedo reclamar nada ya ? He leido que la reduccion de jornada es una proteccion contra el despido, ¿puedo hacer algo?

    Responder

  187. En el articuló 37, 3F pone:
    «Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.»
    Esto se aplica al marido, en función de acompañante?

    Responder

  188. Trabajo por la tarde de 15h. a 22h.
    Necesito ir al médico ( que no es de la seguridad social) y me dicen que el justificante que me pudieran dar en la clínica, no és válido. Que tendría que coger un día de asuntos propios.
    Mi convenio es el de peluquerias y gimnasios. Trabajo en un gimnasio.
    Ésto es cierto?
    Muchas gracias.

    Responder

    1. deberias mirar tu convenio para ver si te indica algo de la salida a medico especialista. Al margen de lo que ponga tu convenio en principio la visita al médico de cabecera, es una salida justificada no remunerada o recuperable. Es decir, tienes derecho, pero la empresa no tiene porque pagarlo.

      Responder

  189. Yo estoy adoptando. Me gustaría saber si cuando tenga que renovar el certificado de idoneidad la empresa me tiene que dar permiso para ir igual que cuando tenga que ir a los talleres de padres o cuando tenga que ir a buscar los penales. Por que en mi empresa todo lo arreglan con el cambia el turno.
    Gracias

    Responder

    1. si te cambian el turno y por tanto recuperas el tiempo que no trabajas, creo que vas bien. No me consta que lo documentos que me indiques sean un deber inexcusable legal, que te dé derecho a permisos retribuidos.

      Responder

  190. Hola,operan a mi padre con anestesia epidural en Andalucia,no necesita ingreso hospitalario, trabajo en sanidad en Aragon, me corresponde algun dia? gracias

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  191. Trabajo a media jornada y lo hacia de mañana. Ahora me la han dividido mañana y tarde con casi 6 horas de separación. Es posible esto? Ósea la media jornada se puede dividir en media jornada partida?

    Responder

  192. Hola buenas, trabajo en una joyeria de lunes a sabado todo el dia y libro el domingo y medio dia pactado verbalmente con la empresa por la semana, aprovechando la reforma laboral mi jefe ha tomado la iniciativa de quitarme ese medio dia semanal y solo librar el domingo, mi pregunta es si esto esta dentro de la legalidad o como puedo reivindicar mi derecho,gracias por adelantado.

    Responder

    1. no alcanzo a entender que argumentos legales utiliza tu empresa para modificar la jornada laboral, salvo que hay una compensación. Consulta con un abogado o sindicato y mirad el convenio y si puedes acreditar ese medio día de descanso que disfrutabas.

      Responder

  193. Muy buenas,

    Queria consultar por el tema de reduccion de jornada, si es posible solictarla para estudiar durante un periodo determinado.

    No veo nada en el artículo que lo contemple, salvo como excedencia, pero en mi caso no seria necesario ausentarme de mi puesto de trabajo sino llegar una hora mas tarde durante un par de dias a la semana o si fuera necesario hacerlo todos los dias para que me la aceptaran.

    Gracias de antemano por su colaboracion.

    Responder

    1. Tienes derecho a los permisos necesarios para acudir a exámenes, preferencia para elegir turnos, adaptación de la jornada para asistir a cursos de formación profesional, sobre esta última posibilidad trata de negociar con la empresa. Realmente no hay nada que te de el derecho, por estudios, a reducción de jornada.
      Un saludo

      Responder

  194. ¿Qué ocurre con el viaje necesario para recoger a un menor en acogimiento preadoptivo? Los funcionarios tenemos un permiso especial para viajar, pero ¿qué rige para el profesorado de enseñanza privada concertada en el ámbito de la Comunidad Valenciana?
    Del ET y del Convenio para la enseñaza privada sostenida con fondos públicos deduzco que sólo cabe un permiso no retribuido o adelantar la licencia por maternidad al inicio del viaje. ¿Es realmente así, no hay otra opción?
    Muchas gracias por la respuesta.

    Responder

  195. Hola. Quiero saber, acerca de los permisos, ¿constan los exámenes de la universidad?.
    Además me gustaría plantear lo siguiente: Yo trabajo en un centro comercial y tengo contrato de lunes a domingo (los festivos trabajados fuera de las 40H se consideran como extras). Alguna vez hay alguna semana en la que se trabaja un domingo, pero a lo mejor el martes ha sido festivo. Lo que me comenta mi empresa es, que ese domingo trabajado no cuenta, porque yo ya he descansado el martes.
    Muchas gracias.

    Responder

    1. Para lo primero lee el artículo 23.
      Es tremendo lo hábiles que son algunos empresarios para encontrar los pequeños resquicios de la ley. De todas maneras, si tienes convenio, seguramente el convenio establece una jornada laboral anual a realizar. Y por ahi es donde puedes encontrar la solución a tu pregunta. En terminos de semana, tienes que trabajar 40 horas, pero en terminos de año ¿cuanto?. Y suma lo que realmente trabajas al año para ver si coincide.

      Responder

  196. hola mañana tengo reunion de empresa y creemos por lo que nos han dicho unas compañeras que se va a tratar estos temas.Yo trabajo en una tienda de alimentacion en la que somos dos empleadas, yo llevo casi 8 años y tengo un horario de 9:30 a 14:15 y de 17 a 20:15 esto de lunes a viernes y sabados de 9:30 a 3.Y en verano solo horario de mañana de 9 a 15h.Tiene tres tiendas y en cada tienda dos empleadas.Yo desde que empeze a trabajar con ellos descanso los martes tarde y mi compañera los miercoles tarde. Luego nos dan una cantidad de dinero en b por hacer horas(vamos por recoger y hacer cajas) pues mi consulta es la siguiente. Nos han comentado que nos quieren kitar ese dinero, cambiarnos el horario que seria el siguiente de 10 a 14:30 y de 17 a 20:45 y los sabados de 10 a 15h. Y cambiarnos las tardes de descanso a una mañana por lo cual me imagino que lo usemos para ir a medicos y demas asuntos.Y aparte de todo esto prorratearnos todas las pagas, pero desde que yo entre solo tengo una prorrateada la de beneficios y no me gustaria que me las prorratearan.Querria saber si me puedo negar? o tengo que asumirlo. muchas gracias.

    Responder

    1. El asunto es suficientemente relevante como para que vayas a un abogado o sindicato. Además, me cuentas algo que es absolutamente ilegal y denunciable, como es que cobras dinero en B. Eres cosciente de que hacienda puede leer esto? y que puede traer consecuencia para ti y tu empresa. Porque es ilegal pagar en B y cobrar en B, aunque tenga un tratamiento un poco diferente el que paga que el que cobra.
      En todo caso, sobre los cambios, hay algunos inasumibles y otros por los que pelear, aunque no hay garantia, pero termino por el principio, vete a un sindicato o abogado.

      Responder

  197. Buenas tardes, me gustaría saber si los permisos regulados en el artículo 37.3 son aplicables también a las parejas de hecho si en el convenio colectivo no se dice nada al respecto.
    Muchas gracias. Un saludo

    Responder

    1. La jurisprudencia es restrictiva respecto a estas cuestiones y la ley nos remite a la negociación colectiva.
      un saludo

      Responder

  198. hola
    a mi padre le hacen una prueba medica con anestesia general.
    intervencion ambulatoria, que se llama.
    queria saber si me corresponde o no ese dia de permiso pero en mi convenio no lo especifica
    muchas gracias

    Responder

  199. Hola, tengo una duda y quería que si alguien lo sabe y pude resolverla:
    Si yo soy citado por el juzgado para un juicio, en el que yo soy la parte demandante, ¿Tengo que recuperar esas horas o no cobrarlas o es un permiso retribuido? La empresa me dice que al ser yo el demandante, aunque sea citado por el juzgado, pierdo esas horas del sueldo o bien las tengo que recuperar metiendo mas horas otro día, que no seria así si yo fuese el demandado o un testigo etc. ¿es cierto eso?
    Muchas gracias de antemano y un saludo

    Responder

    1. Esta es de examen, y te voy a responder con alguna duda, por lo que si quieres mas seguridad deberás ir a un abogado o sindicato.
      Que yo sepa, solo los testigos tienen permiso retribuido, los demandantes y los demandados, tienen permiso no retribuido, salvo que sea por una demanda entre la empresa y el o los trabajadores de la misma, que tambien es retribuido.
      Pero lo dicho, no estoy cien por cien seguro. Como comprenderas, el estatuto tiene muchas partes interpretables y es demasiado amplio para responder con certeza siempre.

      Responder

  200. Hola me pueden hacer trabajar dos semanas seguidas sin descansar ningun dia gracias

    Responder

    1. El art. 37 del ET, dice que los trabajadores tienen derecho a día y medio de descanso semanal, aunque este descanso puede distribuirse acumulándolo por periodos de hasta 14 días.

      Responder

  201. buenos dias:

    a mi abuela la ingresaron el dia 22-01-2012,se que me corresponden dos dias, pero lo que quiero saber es si me corresponden hasta la fecha del alta o me vale para dias despues.
    es porque yo le habia dicho al jefe que me los cojia el jueves y viernes (26 y 27 de enero) para turnarnos y resulta que hoy dia 25-01 le dan el alta.

    un saludo

    Responder

    1. El justificante te lo tiene que dar el centro hospitalario donde este ingresada la abuela y te lo dará con fecha de hasta el último día que este ingresado el familiar, no después del alta hospitalaria.
      un saludo

      Responder

  202. Hola

    en mi empresa tengo un contrato de 40h de lunes a sabado actualmente trabajamos a turnos mañana o tarde de lunes a viernes 8h al dia y ahora la empresa quiere que trabajemos de lunes a viernes 7 horas y el sabado las 5 que restan para completar las 40h mis dudas son:

    -¿es legal?
    -¿cuantos dias tengo que librar y de que manera se contabilizan?
    -¿como tienen que comunicarme el nuevo horario?
    -¿como debo actuar?

    Gracias de antemano

    Responder

    1. Es competencia de la empresa la confección del calendario laboral anual, sujeto al convenio colectivo que te afecte y la distribución de la jornada y del tiempo de trabajo, el empresario podrá modificar la distribución del tiempo de trabajo, comunicando la decisión y la nueva distribución por escrito al trabajador/a y sus representantes con una antelación mínima de 30 días. Sería un cambio sustancial de tus condiciones de trabajo por tanto podrías impugnar jurídicamente o rescindir tu contrato con indemnización de 20 días por año. Deberá respetar la media anual de 40h semanales y la jornada anual pactada en el convenio colectivo que te afecte.
      un saludo

      Responder

  203. Hola,
    Mi hija se casa en el extranjero el proximo mes de mayo, tengo derecho a algún día de permiso por ello?
    Gracias y un saludo!

    Responder

  204. En miconvenio pone que tengo derecho a dos dias por la muerte de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, me gustaria saber si mi tio hermano de mi padre entra dendro de estos grados.gracias co antelacion.

    Responder

    1. No.
      Los grados de consanguinidad según la ley son:
      primer grado. Padres e hijos.
      segundo grado. hermanos, abuelos y nietos
      tercer grado. tios y sobrinos.

      Responder

  205. Buenos dias, me gustaria que me informarais sobre los descansos legales dentro del horario, por ejemplo, si trabajo 9 horas seguida que tiempo de descanso deberian darme?
    Tengo entendido que para que el horario se considere partido, mínimo tienes que tener un descanso de una hora y media, y si tienes menos, trabajando 9 horas, ese descanso está dentro de tu jornada laboral.
    Por ejemplo, si trabajo de 13h a 22h y tengo una hora de descanso, cuenta como que yo ese día he trabajado 9 horas?
    Me podriais aclarar si estoy en lo cierto? Muchas gracias

    Responder

    1. Para la jornada continua a partir de 6 horas está establecido un descanso mínimo de 15 minutos.
      El estatuto no establece el tiempo que debe transcurrir en una jornada partida, sin embargo si que hay jurisprudencia que orienta a que realmente sea de descanso y pueda realizarse el objetivo principal de esa partición que suele ser comer o cenar.
      En el ejemplo que pones de 13h a 22h, ¿pretendes que el tiempo de descanso se considere como tiempo de trabajo retribuido? Porque el estatuto no establece que eso sea asi. Aunque muchos convenios si lo hacen.

      Responder

  206. Buenos días,

    Tengo un hijo pequeño y poca experiencia en el asunto de cuales son mis derechos y obligaciones cuando está enfermo. Hasta ahora cuando está enfermo y no puedo ir a trabajar envío a mi empresa un justificante del médico del mismo día al que fui al médico con él. ¿Si mi hijo sigue enfermo al día siguiente tengo derecho a quedarme en casa o tendría que ir al médico otra vez para poder quedarme en casa con él? ¿Estos días son remunerados? ¿Hay un límite de días al año para estar con mi hijo en casa? ¿Dónde puedo ver esta información jurídica de mis derechos y obligaciones para poder enseñar a mi empresa? Muchísimas gracias y feliz año.

    Saludos,

    Responder

    1. Tendrías que mirar lo que tiene establecido en el articulo de licencias y permisos del convenio colectivo que te corresponda, te serviría, por el tiempo suficiente para un deber inexcusable de carácter público o personal, por asuntos propios o similares, pero para quedarte en casa con él, sería una excedencia o permiso no retribuido por cuidado de menor a tu cargo.El permiso por enfermedad grave (hospitalización) del hijo no te serviría.
      un saludo

      Responder

  207. Buenas, le explico un poco mi caso…llevo mas de 4 años en la misma empresa y tngo por contrato 40horas semanales y la empresa abre 45horas semanales(lunes a viernes 8 a 1 y 4:30 a 7:30 y sabados de 8 a 1)por lo que para cumplir con el contrato una semana libraba el viernes por la mñna y la otra trabajaba las 45horas pero me pagaba turnandonos de esta forma el compañero y yo y asi esta escrito en el calendario laboral en observaciones: el que trabaja el sabado libra el viernes por la mñna..con la crisis para ahorrarse el dinero que tenia que pagarnos llegamos a un acuerdo verbal de que librariamos los sabados en vez de pagarlos librando una semana viernes por la mñna y domingo y la otra sabado y domingo y mi duda viene ahora…con tanto dia festivo resulta que nos dice que al ser festivo no tenemos derecho a librar…por ejemplo al ser el dia de reyes viernes festivo no puedo librar el sabdo…y el año pasado al ser el dia 25 y 1 de enero sabados festivos segun la jefa no teniamos derecho a librar el viernes y me gustaria saber si eso es legal…si me puede quitar mi dia libra xk haya un festivo nacional???

    Responder

    1. La empresa debe informar por escrito al trabajador cualquier modificación en la duración y distribución de su jornada ordinaria de trabajo. El hecho de que los festivos coincidan en viernes, sábado o cualquier otro día no condiciona el sistema de turnos que tienes acordado con tu compañero, pero si el que vuestro calendario debe ajustarse a la jornada anual fijada en el convenio colectivo que te corresponda, consúltalo.

      Responder

  208. Hola Carlos. Trabajo en un comercio con un contrato de 39 horas semanales. Durante los cinco años que llevo en esta empresa, he trabajado 7 horas diarias de lunes a sábado, menos los viernes que sólo trabajaba 4 horas. Ahora, mi jefe ha decidido rebajarme media hora diaria. Sigo haciendo 39 horas semanales, pero trabajo de lunes a sábado seis horas y media, librando sólo los domingos. ¿Es esto legal? En mi convenio no dice nada al respecto, y no sé si me puedo negar a cumplir este nuevo horario.

    Responder

    1. Salvo que el convenio o contrato laboral diga algo contrario lamentablemente es legal. La empresa tiene la potestad de distribuir la jornada cumpliendo las leyes y pactos.
      Solo un matíz, si lo que tenias antes esta reconocido en algún pacto por escrito podrías reclamarlo como un derecho, porque la distribución irregular de la jornada según el estatuto debe pactarse. La jornada que tienes ahora no es irregular, por lo que no hace falta pacto alguno.

      Responder

  209. Buenos días,
    Me gustaría saber si en el estatuto de trabajadores, existe alguna mención a los días de asuntos propios, o si no existe y depende del convenio al que cada sector esté relacionado.
    saludos

    Responder

    1. Eso no existe en el estatuto de los trabajadores, como ya respondimos hace un tiempo en este mismo espacio. Hay convenios que los establecen pero a ellos hay que remitirse.

      Responder

  210. Hola Carlos; Trabajo en un puerto deportivo y mi puesto de trabajo es de contramaestre. Me gustaria saber cual es el convenio que corresponte.
    Un saludo

    Responder

    1. Lo siento pero no damos ese servicio. Eso supera la capacidad de esta página web. Hay que estudiar tu provincia y ver, aunque en la mayoría de las provincias sería el de pesca.

      Responder

  211. Quiero solicitar la reducción de jornada por cuidado de un menor, mi duda al respecto es si puedo reducir 10 horas semanales (mi contrato es de 35) y dentro de dos años ampliar esa reducción a 15 si me interesa. Me han comentado que una vez pides una reducción, luego no se puede ampliar. También si se puede solicitar un año, al siguiente volver a jornada completa y a los dos años, si me interesa, volver a pedir reducción. Me han dicho que no se puede.

    Gracias

    Responder

    1. Poder, lo que se dice poder, se puede hacer lo que dices, aunque tambien si la empresa considera que estas abusando de forma inexplicable e injustificada de tu derecho, puede solicitar demanda ante el juzgado de lo social por el procedimiento de urgencia (cinco días para la vista) para que se dicte sentencia en tres días.

      Mas que no poder, seguramente no se debe. Sería mejor que planificases bien tus necesidades de reducción de jornada para los próximos años, y salvo que ocurra algo realmente relevante, no modificarlo a capricho.

      Responder

  212. Hola Carlos, muchas gracias por tu contestación. Un par de post mas arriba te comentaba lo del los dos días por fallecimiento. Bueno, la pregunta es, como puedo conseguir demostrar esto?

    Responder

    1. Hay que consultar sentencias, pero para eso debes solicitarlo a un sindicato (será mas barato).

      En todo caso, el estatuto dice lo que dice, y desde luego no dice lo que la empresa quiere hacer.

      Responder

  213. Bueno mi historia es la siguiente: trabajo en hosteleria en baleares soy mujer y tengo 2 hijas una de ellas menor de 8 años, como sabes en hosteleria no solemos librar los fines de semana y segun el articulo 21 del convenio de hosteleria de baleares (Los trabajadores que por razones de guarda legal tengan a su cuidado directo algún hijo
    menor de ocho años o un minusválido físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe
    una actividad retribuida, a propuesta de los representantes legales de los trabajadores,
    tendrán preferencia para disfrutar el descanso semanal en sábados y domingos,
    estableciendo un turno rotativo en caso de que no puedan disfrutarlo simultáneamente
    todos los que se encuentren en esta circunstancia. Dicha preferencia cesará cuando
    desaparezcan las circunstancias que la motivaron. No procederá dicha preferencia
    cuando por aplicación de la misma se tengan que modificar situaciones personales
    consolidadas) el caso es que yo informe a mi delegada de personal de mi intencion de ejercer este derecho a lo que ella no me hizo mucho caso, por lo que escribí una carta a mi empresa comunicandoles mi intencion de pedir libres los fines de semana puesto que soy la unica trabajadora en estas circunstancias, la empresa me aceptó el derecho y me ha otorgado los fines de semana libres en un papel por escrito, ahora mi delegada de personal va comentando a mis espaldas que es ilegal que me acoga a este derecho por que en el estatuto dice que para tener los fines de semana libres debo de pedir reduccion de jornada, me gustaria que me respendieras si eso es cierto y donde lo pone por que no lo encuentro, por otro lado quisiera saber si puedo denunciar el echo de que mi delega diga injurias de mi a mis compañeras y no me ayude en nada de lo que le pido, gracias por todo

    Responder

    1. Lo que dice tu delegada no esta respaldado por ningún ley general, salvo que tu convenio diga algo, que me extrañaria mucho.

      Aqui es muy dificil responder a como actuar con respecto a otra compañera, en este caso tu delegada. Evidentemente tienes todo el derecho del mundo a denunciar cualquier situación de injurias contra tu persona, en este caso, por la via civil.

      Responder

  214. Según el estatuto, son dos días por fallecimiento… Yo el sábado 24 de diciembre, trabajé, salí de trabajar a las dos y media, y a las tres falleció mi abuela. Solo me dan el día siguiente, día 25 de Diciembre, alegando que aunque trabajara, sólo dan el día del fallecimiento y el día siguiente. Por lo tanto la empresa solo me da un día por fallecimiento. En mi convenio pone exactamente lo que pone aquí, ¿dónde especifica que solo es el día de fallecimiento y el día siguiente, y que si he trabajado, lo pierdo? Por favor si alguien lo sabe con seguridad, que me conteste, ya que aunque ya no me sirve de nada, y ya está todo hecho, quisiera poder aclarar a mi empresa si están confundidos, o me están queriendo engañar. Un saludo.

    Responder

    1. Tienes dos días naturales a continuación del hecho causante del permiso retribuido. Hay jurisprudencia suficiente que indica que son dos días reales desde el momento del fallecimiento con el matiz de que debes conocer el hecho. Es decir, es decisivo cuando te enteras del hecho. Si el fallecimiento hubiera sido antes de tu jornada laboral y tu te hubieras enterado, hubieras avisado y no hubieras ido a trabajar ese día y el siguiente, salvo que tu puesto sea de muy díficil sustitución. Si hubiera sido durante tu jornada, dependiendo del puesto y la posible sustitución, hubieras abandonado el trabajo, pero teniendo que recuperar el resto de jornada de ese día (salvo pacto en contrario) y a continuación consumiendo los dos días. Y si el fallecimiento y cuando te enteras es posterior a la jornada laboral es indiscutible que tienes los dos días siguientes.
      Con la lógica que te dicen, si el fallecimiento fuese a las 23h59 minutos, hubieras consumido el primer día de licencia. «de locos» o bueno «de aprovechados».

      Responder

  215. Hola, Caarlos.
    Quisiera saber si es compatible la reducción de jornada por cuidado de hijo menor de ocho años con un segundo empleo, a jornada completa.

    Muchas gracias.

    Responder

    1. Esta es de examen.

      No lo tengo claro. Te tengo que ser sincero. Entiendo que el fín de una reducción de jornada para cuidar hijos, debe ser ese, y si se puede acreditar que efectivamente el tiempo que debes estar cuidando a tu hijo, estas trabajando en otra empresa, sería incumplir el fin de la reducción, y la parte perjudicada podría demandarte que finalices tu reducción de jornada, o incluso abrir un expediente sancionador por mala fé.

      Pero no te lo puedo asegurar, el estatuto de los trabajadores no resuelve esta duda. Consulta a algún abogado laboralista o sindicato.

      Responder

  216. Buenas tardes Carlos
    TEngo una duda con el convenio comercio metal,tengo padre y un hijo trabajando en la misma empresa, la hija- hemana de estos ha tenido un bebe, el representante de ccoo y nos dice que por embarazo no les corresponden los dos dias, pero tampoco pone en ningun sitio que por este motivo les correspondan.
    espero tus noticias. gracias

    Responder

    1. ¿Por el embarazo o por el parto? Comprenderas que hay un par de diferencias.

      Sobre el convenio, no sé que pone el tuyo, en España hay como 40 convenios del metal de entidad superior a la empresa. Pero en muchos convenios se mejora el estatuto. Habría que leer.

      El estatuto habla de hijos, nacimiento de hijos, por lo que los demás familiares, excepto que haya cesarea no tienen licencia retribuida.

      Esta página no responde a consultas sobre convenios, porque vuelvo a recordar que es de difusión del estatuto de los trabajadores y que no tiene caracter lucrativo. Solo recibe ingresos (lamentablemente absolutamente insuficientes) de publicidad y donaciones.

      Responder

  217. hola
    estoy embarazada y cada vez que voy al medico por mi embarazo, la empresa me descuenta las horas
    tienen derecho a hacerlo?
    gracias
    un saludo

    Responder

    1. El articulo 37, 3F dice que :
      Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

      La asistencia al médico no esta prevista.

      Responder

  218. hola: dispongode dos dias de descanso semanal los cuales la empresa los da rotativos es decir una semana lunes y martes otra martes y miercoles asi susecibamente. A mi madre la operan de cataratas pero no queda ingresada puesto que es na «operacion de dia»,la interbencion es uno de los dias que me toca descansar ,la empresa me da el dia de la operacion, pasandome ese dia de descanso al dia siguiente. ¿me tienen que dar dos dias por la operacion aunque no corra «gravead», segun la empresa?,¿o delo ocntrario seria un solo dia?.GRACIAS Y FELICES FIESTAS.

    Responder

    1. Si a causa de la intervención necesita reposo domiciliario, y esta indicado expresamente en algún documento que le den a tu madre los médicos, tienes derecho a dos dias laborables, como indica el estatuto.

      Responder

  219. Hola:
    Una duda: a mi madre la van a intervenir el mes que viene de un problema renal, pero mi madre tiene seguro privado, y la intervienen en la Quirón, que es un Hospital privado. ¿el justificante de hospitalización me sirve igual que el de un hospital de la seguridad social, no? Por pedir a mi empresa los tres días que me pertenecen. Gracias

    Responder

  220. hola la empresa en la q trabajo se ha sacado una norma nueva, ahora si te encuentras indispuesto y no puedes acudir al trabajo tienes que pedir la baja aunque sea por un dia, ya no vale un justificante del medico con el q antes tenias por lo menos para no asistir ese dia. el convenio no dice nada al respecto. ¿pueden hacer esto? gracias

    Responder

    1. Para que la ausencia al trabajo de un día completo este justificada debe existir la baja médica. No se estan inventando nada. Estan siendo mas rigurosos tal vez.

      Responder

  221. Hola!
    Yo queria preguntarte…tengo un contrato de 40 horas semanales y trabajo sabados y domingos, mi dia de fiesta suele ser los miercoles,cada semana tengo horarios diferentes.. mi jefa nunca pone los mismos horarios.. y hubo 3 semanas que no me hizo hacer las 40 horas.. hice menos.. en total hice 9 horas de menos.. y esta semana que entra me a dicho que porque le debo 9 horas del 19 al 25 trabajaré sin dia de fiesta porque segun ella ya tengo fiesta el dia 26 que es lunes de la siguiente semana!puede hacer eso?

    Responder

    1. Lo que no puede ser es que tengas horarios no previstos con una cierta antelación. Y en todo caso, hay que ver si esas 9 horas de menos que hiciste son por tu responsabilidad o por imprevisión de la empresa. Y si te advirtio (por escrito) en la semana que hiciste menos jornada, que tendrías que recuperarlo a futuro en fecha orientativa o cierta.
      Creo que es el tiempo de plantarse y exigir un horario de trabajo previsible, porque si no estas a disponibilidad plena de la empresa y eso tiene un tratamiento especial incluido el salario.
      Consulta a un abogado o sindicato sin falta.

      Responder

  222. Hola, soy auxiliar de seguridad y parece ser que no tenemos convenio asignado, que nos regimos por el Estatuto y mi pregunta es la siguiente: yo mensualmente tengo que llegar a un minimo de horas, 165, en dos posibles turnos de 08:00 a 16:00 o de 07:00 a 19:00, quiero pedir la jornada reducida ya que acabo de ser madre, me incoporo en un mes y tengo miedo de que me la niegen o me pongan las horas juntas en una semana…pueden hacerlo? No se entiende por reducción de jornada no hacer un turno completo?
    Muchas gracias.

    Responder

    1. La jornada reducida no te la pueden negar, ni rechazar. Se meterían en un lio importante. Otra cosa, es la propuesta de jornada que te hagan. En todo caso, la reducción se entiende en terminos de reducir las horas de la jornada diaria. Por ejemplo si tu jornada es de 8 horas se puede reducir a 7, a 6 o las que sean.

      Responder

  223. Hola, mi consulta es la siguiente, mi padre tuvo que ser ingresado el dia 28 de septiembre y mi mujer por ser primer grado de afinidad le correspondian 2 dias, que disfruto el dia 4 y 5 de Octubre.
    El dia 13 de Diciembre y sin haber dado el alta de dicha hospitalizacion intervienen a mi padre otra vez, mi consulta es la siguiente ¿le corresponden otros 2 dias por la intervencion? el justificante que entrego la primera vez es por hospitalizacion.

    Responder

    1. Ostras, esta tambien es de examen. Yo entiendo que si le corresponde, porque la intervención quirurgica tiene sustantividad propia. Me suena que hay jurisprudencia sobre el asunto.

      Pero preferiría que consultases a un abogado o sindicato para contrastar.

      Responder

  224. TRABAJO EN TURNO DE MAÑANA DE 9 A 16:00 DURANTE DOS AÑOS SOY INDEFINIDA Y AHORA MI JEFE ME QUIERE CAMBIAR EL TURNO A 1 SEMANA POR LA TARDE ES LEGAL LO PUEDE HACER Y ME PODRIA CAMBIAR DE LUGAR DE TRABAJO A OTRO SOY MADRE DE UNA NIÑA DE 5 AÑOS Y NO TENGO A QUIEN DEJARLA LA NIÑA EL PADRE TRABAJA Y TENGO UNA MADRE ENFERMA GRACIAS

    Responder

    1. La organización del trabajo es potestad de la empresa, salvo en lo pactado en convenios y las limitaciones que establece el estatuto. Dicho esto, hay que mirar caso a caso, porque tal vez, solo tal vez repito, podría considerarse un cambio sustancial de las condiciones de trabajo con sus consecuencias legales. Consulta a un abogado o sindicato sobre tu caso para ver que derechos puedes ejercer.

      Responder

  225. Hola, mi duda es la siguiente: He acudido este mes a dos consultas médicas y he aprotado a la empresa el justificante pertinente, pero ellos me han descontado de mi nómina el dinero correspondiente. ¿Ésto es legal? y otra duda es si tengo derecho a días propios retribuidos. (Trabajo a tiempo parcial y no pertenecemos ningún convenio colectivo por lo que nuestra relación laboral se rige por el ET)
    Muchas gracias

    Responder

    1. Es correcto que la asistencia al médico no sea abonada. No esta incluido entre los permisos retribuidos.

      Si no tienes convenio, lamentablemente el estatuto de los trabajadores solo concede los que estan establecidos en el articulo 37 como permisos retribuidos. Evidentemente los días para asuntos propios no estan incluidos.

      Responder

  226. Mi abogado quiere reclamar los dos días ya que no me los negaron hasta dos días después alegando la falta de preaviso.. Yo no lo tengo claro pues es cierto que avisé el mismo día pero ellos me lo negaron dos días después, no cuando lo solicite. No sé si eso se puede hacer. Puedo reclamar los dos días todavía o mejor lo dejo pasar.No sé qué hacer.necesito opinión.
    Gracias.

    Responder

  227. No, no, no pude disfrutar del permiso porque la empresa quería una baja médica o de lo contrario me lo descontaba….ni justificante ni nada…les envíe un burofax esperando respuesta a mi solicitud y es cuando hoy mismo me notificaron la falta de preaviso, pero me dieron respuesta 2 días después a mi solicitud.

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  228. Por cierto, el justificante de la intervención se puede entregar después de disfrutar del permiso, verdad? He solicitado otro permiso por mi padre, esta vez con quince días de antelación.por otra parte el disfrute son días hábiles o naturales….los sábados serían hábiles o no si justo ese sábado no trabajo? Gracias.

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    1. El justificante de la intervención solo se puede entregar despues de recibirlo y por tanto despues de disfrutar el permiso.

      Se entiende que son laborales para el caso de las licencias de este tipo. Los sabados (salvo que el convenio diga lo contrario) son laborables.

      Responder

  229. Si el justificante lo tengo pero no me dieron el permiso alegando posteriormente falta de preaviso..

    Responder

    1. Si quieres defender tu derecho yo haria la consulta a un abogado o sindicato para ver como resolverlo.

      Pero no entiendo bien, me dices que tienes justificante, con lo que entiendo que fuiste a la intervención, pero no te han dado el permiso por falta de preaviso. ¿Has disfrutado o no de la salida? otra cosa es si te lo pagan como licencia retribuida o te lo quieren hacer recuperar.

      Responder

  230. Buenas tardes, el 30 de noviembre intervinieron a mi cuñado, no requería hospitalización y avisé el mismo día por la mañana ya que se me olvidó solicitarlo con antelación.La empresa me dijo que lo consultarían pero que no me podría coger los dos días en todo caso ya que uno de ellos debía estar con su hijo que no tenía con quien dejarlo. Después de esto no me contestaron, archivaron mi petición y no la hicieron caso ni para contestar a favor o en contra.Les volví a solicitar respuesta ya que era el mismo día de la intervención y hasta la tardee no me dijeron que debía presentar una baja médica de mi cuñado (en paro actualmente) o que de lo contrario me los descontarían.obviamente no me fui por temor a que pudieran alegar falta de asistencia…¿Con cuánto tiempo se tiene que avisar a la empresa? No me reconocen esos días por la falta de preaviso.

    Responder

    1. El estatuto dice:
      El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente

      Hay que preavisar. Tu misma reconoces que se te olvido. El preaviso debe ser suficiente y razonable con respecto al hecho causante de la licencia. No es lo mismo una boda, que un fallecimiento. O no es lo mismo una intervención por un accidente que una planificada.

      Es decir si la intervención de tu cuñado estaba previstas desde hace días, en consecuencia, hace días que debías haber avisado.

      En todo caso, que el preaviso llegue tarde, no implica necesariamente que no se conceda el permiso. Aunque tambien reconozco que hay jurisprudencia contradictoria sobre este asunto.

      Tambien, es legitimo que la empresa te pida un justificante, no de baja, sino de la intervención que justifica la licencia. Eso en el hospital donde haya sido realizada la misma, te lo deberían dar.

      Responder

  231. Debo aclarte que los días de asuntos propios según mi convenio son licencias retribuidas, y se cobran. Pero la empresa no las considera trabajo efectivo. Siempre alegan lo mismo. «¿quieres un día personal? Por supuesto, no hay problema. No se te descontará nada en la nómina. Se te remunera como si hubieras venido a trabajar» me dicen. Ahora, al final del año, según el convenio, debes haber hecho 1784 horas de trabajo efectivo, y el día que te cogiste como asunto personal no generaste ningún trabajo efectivo, con lo que no se puede contar en el cómputo anual de trabajo efectivo.

    Responder

    1. Con los días de asuntos propios te estan engañando igual, si es cierto que pone en tu convenio «licencia retribuida».

      Licencia retribuida solo tiene un sentido, no trabajas, cobras y no tienes que recuperar las horas.

      Responder

  232. Buenos días:

    Me gustaría que me resolvierais una duda: yo tengo, según mi convenio, una jornada laboral de 1784 horas anuales. Según el mismo convenio, tengo varias licencias retribuidas (más o menos lo que marca el E.T). Además tengo dos dias de asuntos propios. El caso es que mi empresa me los da, indicando que es un derecho del trabajador, pero yo tengo que hacer como trabajo efectivo 1784 horas anuales, entendiendo como trabajo efectivo las horas que se dedican a la asistencia a los usuarios, desplazamientos entre servicios y descanso de 30 minutos. En definitiva, que ellos me dan los dos días personales, las licencias retribuidas y todo lo que necesite, pero no se me cuenta como trabajo efectivo. ¿qué diferencia hay entre trabajo efectivo y trabajo retribuido? Gracias por la respuesta

    Responder

    1. Perdona, pero no se si lo he hecho bien. Es la primera vez que consulto esto

      Responder

    2. Algunas cosas de las que me preguntas o no las entiendo o no las tengo muy claras, por ejemplo lo del desplazamiento entre servicios y los descansos.

      Los desplazamientos (entiendo que entre lugares o destinos de trabajo) son trabajo y se cobran si están dentro de la jornada laboral.

      Los descansos, es otro cantar, porque hay que ver la jornada, el calendario y el convenio. A esto por tanto con los datos que tengo no te respondo.

      Las licencias retribuidas son tiempo que se debería estar trabajando, que se utiliza para uno de los casos previstos como licencia y que se abona como trabajado.

      Otra cosa es los días de asuntos propios, porque depende como este pactado en el convenio, si cuenta como licencia retribuida, se cobra y si no, el tiempo (dos dias en tu caso) se tiene que recuperar. Pero eso lo debes ver en el convenio.

      Responder

      1. >Muchas gracias por tu respuesta, pero el problema es precisamente que el convenio nuestro es muy ambiguo; en el convenio indica que la jornada laboral es de 1784 horas. luego especifica las licencias retribuidas. Lo que la empresa me dice es que las licencias retribuidas no son trabajo efectivo, y yo al final del año debo hacer 1784 horas de trabajo efectivo. Sólo consideran trabajo efectivo lo que indica en el convenio como tal, y la licencia retribuida es un derecho del trabajador a ausentarse. La empresa nunca niega el permiso de estas licencias, pero no las considera trabajo efectivo, sino retribuido y remunerado. la empresa te las paga, pero el trabajador, al final de la jornada anual, debe haber venido a trabajar físicamente y efectivamente 1784 horas. En mi caso, tengo dos hermanas que han dado a luz, a mi madre que la han operado y me cogí un día de asuntos propios. En ningún momento me han puesto pegas para cogerme estos días, pero ahora en diciembre me dicen que no se consideran trabajo efectivo, que, independientemente de que sea trabajo retribuido, al final del año debo haber venido a trabajar 1784 horas.¿no es lo mismo trabajo efectivo que trabajo retribuido o remunerado? ¿qué diferencia hay? NO se si me explico bien. Yo sólo quiero saber si están haciéndolo bien, y si las debo recuperar, lo hago. En mi empresa se portan fenomenal, y no tengo ninguna queja. Lo único es lo del dichoso trabajo retribuido versus trabajo efectivo.
        gracias

        Responder

        1. Tu empresa le esta echando un poco de geta al asunto. Con la misma lógica, tu empresa te podía hacer recuperar el tiempo que no has trabajado efectivamente en una situación de baja médica. Es una barbaridad juridica.

          Licencia retribuida es: el derecho del trabajador a ausentarse por una causa justa, licita y justificable cobrando el salario integro y sin tener que recuperar el tiempo de trabajo.

          Por muy lioso que este tu convenio, esto es asi porque lo dice el estatuto de los trabajadores, que tiene superior jerarquia sobre cualquier convenio.

          En todo caso, exige a la empresa que te enseñe en donde pone que ellos estan ajenos al cumplimiento de la ley y del estatuto de los trabajadores.

          Yo no voy a juzgar si se portan bien o mal en general en tu empresa, pero en este asunto estan cometiendo una ilegalidad manifiesta.

          Responder

  233. hola bunos dias trabajo en una tienda de alimentacion a jornada partida: mi pregunta es si la empresa tiene que darme permiso para realizar el examen de conducir. muchas gracias

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    1. El articulo 23 habla del derecho a disfrutar de permiso para asistir a examenes. Pero no establece que sea retribuido. Por lo que permiso, si, pero recuperable o no retribuido.

      Responder

  234. Buenas noches, tenemos una hija con 10 meses y mi mujer pidio una reduccion de jornada, la cual se la aceptaron, pero el caso es que mi mujer pidio el turno de mañanas (ya que estan de turnos y a otra compañera se lo dieron durante un año al tener a su hija) que no le han dado, y sigue con sus rotaciones de turnos.
    ¿puede exigir mi mujer un horario fijo de mañana? mas que nada porque yo trabajo todo el dia y llego a las 22h y si mi mujer trabaja con el turno de tarde sale a las 21:30 una semana y otra de mañana

    Responder

    1. Tu mujer puede pedir, otra cosa es exigir.

      Lo otro es mirar lo que pone el estatuto para estos casos:

      Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral(RCL 1995, 1144, 1563).

      Responder

  235. Hola!Mi madre esta dada de alta como empleada de hogar. Se jubila el dia 30 y su jefa le dice que le tiene que devolver dos dias que necesitó para hacerse una prueba con ingreso de día.¿es legal eso?. Tiene que recibir alguna liquidación al terminar el trabajo¿¿ muxas gracias

    Responder

    1. El estatuto establece en su articulo 49 que al jubilarse se percibira una mensualidad.

      No entiendo bien, el concepto «devolver». ¿signfica que ya le ha pagado y ahora quiere que se lo devuelva?

      En cuanto a la pregunta, si no ha habido baja médica, el tiempo de ausencia no se abona, porque no esta incluido entre las opciones de permiso retribuido.

      Responder

  236. Hola, me gustaría por favor alguien me ayudara, el tema es que mi hermana se casa en viernes y no se si me pertenece un día, he buscado mucho y en este link dice que si http://www.stee-eilas.org/dok/CAV/pribatua/gaiak/baimen_g.pdf pero no se si lo estoy mirando bien, ya que aquí no habla de dicho día. os agradecería que me ayudarais..

    muchas gracias de antemano,

    Responder

    1. Estas mirando la página de un sindicato profesional, relacionado con el profesorado y personal educativo de Euskadi, por lo que esa respuesta solo es valida para los afectados por esa regulación, que no sé si es tu caso.

      Tu pregunta no la resuelve el estatuto de los trabajadores. Debes mirar tu convenio de aplicación, y ahi normalmente estan las mejoras con respecto a los permisos.

      Responder

      1. Mucas gracias por tu rapida respuesta Carlos,lo mirare como dices.
        gracias de nuevo y un salduo, me a servido de mucha ayuda.

        xao

        Responder

  237. Hola, el día 20 de Noviembre, domingo, salí del trabajo a votar, en cumplimiento de mi derecho constitucional. El lunes, la empresa me pide un justificante de haber votado. El problema radica en que yo no pedí dicho justificante, ya que no nos habían avisado de que tuviéramos que llevar justificante y en anteriores procesos electorales, no nos lo habían pedido. Mi pregunta es si me pueden exigir un justificante por ejercer mi derecho a votar, siendo un derecho constitucional. Gracias

    Responder

    1. Esta es de exámen.
      Técnicamente el estatuto indica que debes justificar cualquier permiso retribuido.

      Sin embargo entiendo que es indiscutible y facilmente demostrable que el día 20 de noviembre hubo elecciones y si el tiempo que te ausentastes del trabajo es razonable, es decir, utilizaste el tiempo indispensable para ir a votar, creo que está mas que justificado.

      No me consta, aunque es por desconocimiento, que se entreguen justificantes de ejercicio del voto, aunque tal vez sea asi. Pero si es asi (es mi opinión exclusivamente) sería un poco absurdo cuando hablamos de elecciones generales, públicas y completamente justificadas. Además si nunca os lo habían pedido, ya teneis un argumento de defensa mas.

      Estoy convencido que llevado al extremo este «conflicto» y judicializandolo, la empresa pierde.

      Responder

      1. Gracias por tu respuesta, Carlos. Sin querer abusar de tu tiempo, te amplío el tema, nosotros teníamos 4 horas de permiso para votar, y el jefe nos propuso que podíamos cogerlas y salir a votar, o bien trabajar las 8 horas y cobrar aparte las 4 horas de votación. Como te decía en mi anterior pregunta, en ningún momento nos habló de llevar justificante, pero he aquí que a los que decidimos ausentarnos del trabajo, es a los únicos que el lunes 21, nos pide el dichoso justificante. Yo he llegado a decirle que si es exigible para los que salimos a votar, también debe serlo para los que no lo hicieron, ya que van a cobrar también por esas horas. ¿Crees que tengo razón en éste punto, o nó? gracias.

        Responder

        1. Me parece sorprendente que se pague por no votar, pero bueno allá cada uno. Pero es poco justificable que se ponga dificultades a los que han ejercido el voto.

          Creo que tienes razón moral, y además legal, porque realmente el día 20 de noviembre hubo elecciones. Si tiene dudas que lea los periodicos.

          No sé como son las relaciones en tu empresa. Pero una demanda judicial contra la empresa diciendo que fuisteis a votar y que otros que no votaron cobraron las horas (supongo que en negro), creo que tiene un cortisimo recorrido de defensa para la empresa, con sus sanciones y sus cositas.

          ¿Teneis delegado en la empresa? eso lo resuelve en cinco minutos explicando bien las cositas y las consecuencias.

          Responder

  238. ¿Pueden los convenios anular artículos del Estatuto de los trabajadores? Por ejemplo, el artículo 37 señala en el punto 3 aptdo b:
    Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

    ¿Puede un convenio anular o rebajar el número de días? Muchas gracias

    Responder

    1. Anular nunca. Rebajar tampoco, aunque habría que leer el convenio del que me hablas porque si que las partes pueden replantear el asunto de los permisos entendiendo que globalmente se mejoran los derechos.

      De todas maneras, una pregunta muy larga, para no decirme cual es lo que han rebajado. Hubiera sido mas interesante que escribieses lo que pone el convenio ese que ha anulado o rebajado el número de días y a que sector o empresa le afecta.

      Responder

      1. Hola… en concreto no dando permiso por esas incidencias en abuelos… aunque aumentando el fallecimiento de esposa a 5 días. …

        Responder

  239. mi abuela murio el domingo,se enterro el lunes. me corresponden dos dias por ley,yo trabajo de lunes a viernes,¿puedo cojer el lunes y martes? muchas gracias

    Responder

    1. Articulo 37, apartado 3B, lo deja claro, te corresponden dos dias laborales. Si, si puedes coger lunes y martes.

      Aprovecho para darte el pesame por la perdida de tu abuela.

      Responder

  240. Muchas gracias por tu respuesta. Esa fue mi contestacion y ahora estoy esperando para hablar directamente con el gestor para que me lo explique. ¿Hay alguna ley o articulo que pueda documentarme para que despues se lo diga al gestor para que no me engañe?Gracias de nuevo.

    Responder

    1. El es el que tiene que justificar porque un parto no es hospitalización. Porque a tu hermana seguro que la hospitaliza-ingresan en un hospital o clinica para que dé a luz y el postparto.
      El estatuto establece para estos casos, dos días.

      Responder

  241. Hola, mi hermana esta a punto de dar a luz y he avisado a mi jefa de que me corresponden 2 dias de permiso por hospitalizacion. Ella se ha puesto en contacto con su gestor y este le ha dicho que al ser un parto no entra dentro de la categoria de hospitalizacion, y en nuestro convenio no hay nada que especifique eso, solo los dos dias por hospitalizacion, sin ninguna excepcion. ¿Que puedo hacer?

    Responder

    1. Dile que te explique como parir (hoy en día, en España, un pais moderno) sin hospitalización. Es indecente lo que te han dicho y demandable.

      Preguntale que donde pone las «excepciones» en hospitalización, porque lo que esta claro es que los partos implican hospitalización.

      Responder

  242. Hola, estoy embarazada de 5 meses y me hacen el seguimiento por privado, hasta ahora no he necesitado ausentarme del trabajo ya que intento hacer las revisiones fuera de mi jornada.
    Tendría derecho a ausentarme para alguna consulta dentro de mi jornada laboral y que fuese retribuída o sólo cubre la Seguridad Social?
    Muchas gracias.

    Responder

    1. El articulo 37, 3F no distingue la medicina privada de la pública. Dice lo que dice y esta claro.

      Solo fijate en garantizar poder justificar que has realizado efectivamente las consultas médicas.

      Felicidades por tu embarazo y que todo vaya bien.

      Responder

  243. Que tal. Tengo una duda. Por mucho que leo, no veo nada sobre la asistencia a revisiones médicas. En estos casos, tenemos permiso los trabajadores con el justificante médico pertinente o ese dia debemos cogernoslo como vacaciones?

    Gracias.

    Responder

    1. No hay horas para revisiones médicas, por lo que hay que recuperar las horas que empleemos en esas visitas, salvo que te den la baja médica.
      En todo caso, muchos convenios recogen regulación sobre el asunto, por lo que mira tu convenio.

      Responder

  244. Buenas, tengo varias dudas, voy a ver si me explico ordenado:
    Soy farmacéutico, y en el nuevo convenio dice lo siguiente «30.2.- Debido a las características de las Oficinas de Farmacia, la distribución de la
    jornada se realizará teniendo en cuenta la condición de que todos los días del año son
    laborables, a efectos de los servicios farmacéuticos, respetándose los descansos
    semanales contemplados en el Estatuto de los Trabajadores y abonando las
    compensaciones económicas oportunas reflejadas en la tabla de retribuciones de este
    Convenio.»
    La farmacia abre 365 días al año y vamos a turnos.
    ¿Este párrafo quiere decir que ya no hay festivos? ¿Q no nos tienen q pagar los festivos como tal? Yo entiendo que ese párrafo sólo implica que nuestro horario puede incluir los 365 días del año, pero no que no se distingan los festivos al remunerarlos. Pero mi jefe dice que son horas normales y sólo se considerarán oras extras de festivo a partir de cuando supere las horas anuales del convenio.
    Duda 2: Hay turnos rotativos de 3 semanas. Con ello, con la media semanal se superan las horas anuales del convenio. Pues bien, ahora dicen que no son horas extras las que nos hemos ido pasando todos los meses, hasta que no lleguemos a las horas totales anuales del convenio, y para evitar pagar horas extras, nos dan 15 días libres y así no llegamos a hacer horas extras. Eso no es distribución irregular de la jornada, no???? Todo esto es legal????
    Espero haberme explicado bien, perdona por mi extensión y muchas gracias de antemano.

    Responder

    1. Cuando un convenio desarrolla un contenido, hay que fijarse ahi para resolver estas dudas. Indicas que el convenio dice:
      abonando las compensaciones económicas oportunas reflejadas en la tabla de retribuciones de este Convenio.

      Tiene pinta de que ahi se resuelve tus dudas, Mira en la tabla de retribuciones como considera a los festivos a efectos de abono.

      Sobre el segundo asunto:

      ¿teneis calendario anual? Porque si lo teneis ahi se resuelve el problema. Si no lo teneis, se puede debatir el problema de este año, y casi seguro, que por la cuenta que le trae a la empresa lo resolvera para el año que viene.

      De todas maneras no esta claro que sea ilegal o irregular. Y hay que preguntarse si estan las cosas escritas o no, porque no es lo mismo que esos 15 días «lbires» sean claramente una compensación de sobrejornada o no.

      Tu caso, es de consulta a un abogado laboralista o sindicato. El estatuto de los trabajadores no te va a resolver tus dudas.

      Responder

      1. Buenas de nuevo:

        Mil gracias por la información. Una pregunta más…. los domingos son festivos??? O se cuentan como festivos??? El convenio marca las horas extras en esos días como «hora diurna festiva como la comprendida entre las 6 y las 22 de domingos y festivos». Esto ya quiere decir q los domingos se computan a todos los efectos como festivo???
        Muchas gracias.

        Responder

        1. Los domingos son considerados como festivos. De hecho se indica que sea incluido en el descanso semanal, que no debe ser inferior a dia y medio seguido.

          Ahora bien la negociación colectiva y los convenios pueden establecer cosas diferentes para los domingos, por ejemplo en las empresas que trabajan a correturnos.

          Responder

  245. Mi suegro es ingresado en urgencias el viernes a las 17 horas y queda en observacion,(cuando escribo son las 21,30 del sábado y sigue en observación).
    Mi cuñada solicita en su trabajo el permiso porque debe trabajar el sábado.
    El jefe le contesta que al no ser hospitalización no tiene derecho a los dos días.
    ¿tiene razón el jefe?

    Responder

    1. Perdona por no responder antes, normalmente respondemos en el día, pero un viernes a la noche es mal momento para preguntar, y los fines de semana, solemos descansar.

      Si ha quedado en observación, y por tanto hospitalizado, el Hospital entregará un justificante de que realmente ha estado hospitalizado por las horas necesarias y por tanto, en mi opinión tienes derecho.

      Responder

  246. creo que no me he explicado bien, la sentencia no es en referencia al horario, sino a cesión ilegal, cosa que no venía a cuento y por eso no lo he puesto, sólo pregunto si me pueden cambiar el horario que de palabra se me dijo cuando empeze a trabajar hace 14 años y que ahora por motivos obvios y para fastidiarme me lo cambian, perdona por no haberme explicado bien y por cierto pido una respuesta no desahogarme, siento que sea eso lo que parece.

    Responder

    1. No quería molestarte, pero como reconoces tal vez la pregunta no estaba bien hecha, porque si lees tu primer comentario, parece que el asunto sobre el que hay sentencia es sobre horarios.

      En todo caso, vuelvo a indicarte que el estatuto no te va a responder a esa pregunta. Hay que mirar tu contrato y tu convenio, y es cierto que tiene un «cierto valor» la práctica habitual, pero lo que hay que cumplir es el contrato y el convenio. Habría que ver el computo anual de tu jornada, tambien. Además es muy complejo, analizar si tu jornada es continuada o no, porque los efectos serían completamente diferentes en un caso u otro.

      Para analizar tu caso, habría que mirar mas cosas, te recomiendo que traslades la consulta a un sindicato o abogado laboralista.

      Responder

  247. Hola,
    Llevo 14 años trabajando en la misma empresa de 9 a 17 h. (con una hora para comer) Vino la inspección de trabajo y me dio la razón en lo que ya había demandado de mi situación laboral, pero un juicio me quitó la razón a mí y a la inspección que también denunció, a partir de ese momento la empresa ha tomado represalias y ahora me dicen que mi contrato es de 40 horas semanales y que mi horario es de 8 a 17 h con una hora para comer, ¿me pueden cambiar el horario de buenas a primeras después de llevar 14 años haciendo el mismo horario?.
    Gracias.

    Responder

    1. Estas preguntas son tremendas. Yo entiendo que la gente desea desahogarse y buscar quien le dá la razón, pero estimada amiga, tienes una sentencia, según me dices. No puedes pretender que te respondamos aqui por encima de la ley y la aplicación de la justicia.
      En todo caso, la distribución de la jornada laboral es una atribución de la empresa, que debe cumplir el contrato y que puede ser negociada en convenio.

      Responder

  248. hola! mi hermano ingresa para una operacion y sale el mismo dia, a mi el dia de la oparacion me coje trabajando ¿me corresponden dos dias ?,o solo uno puesto que la empresa dice que al estar trabajando el dia de la misma solo tengo uno que uno de ellos se pierde. un saludo gracias.

    Responder

    1. Es compleja la respuesta y como siempre faltan muchos datos, entre otros, cuando te enteras tu de la operación y cuando lo comunicas a la empresa. Tampoco me indicas la gravedad de la operación, porque no es lo mismo unas que otras operaciones, teniendo en cuenta que no ha requerido hospitalización. Y tampoco me dices si la operación fue inminente, con relación a un accidente o estaba prevista con anterioridad.
      En principio te deben corresponder dos días si la operación es grave o requiere hospitalización, pero no sé porque estabas trabajando el día de la operación, cuando debías estar con tu hermano.
      A partir de ahi, entiendo a la empresa cuando te dice que solo te queda un día, sobre todo si no les solicitastes en tiempo y forma, tu permiso retribuido.

      Responder

  249. Hola! Trabajo desde hace 11 años en la misma empresa, 7 de los cuales estuve trabajando a turnos, con nocturnidad, festivos y fines de semana incluidos. Posteriormente «sali» a un puesto de jornada partida de lunes a viernes, de esta forma estuve trabajando durante casi 5 años. Hace seis meses se produjo una regulacion en la empresa y el departamento en el que trabajaba desapareció, por lo que la oferta de la empresa fue volver a mi antiguo puesto, es decir trabajo a turnos,etc…, si no lo aceptaba iba a la calle. ¿Es legal esto?
    Por otro lado, estoy plateandome ser madre, creo que la ley de prevención dice que el embarazo no es compatible con la turnicidad, ¿por el hecho de trabajar a turnos me corresponde la baja? Muchas gracias.

    Responder

    1. Me sorprende que me preguntes en este articulo «37» cuando el «36» habla de la organización del trabajo y los turnos. En todo caso, la responsable de la organización del trabajo, y de los procesos productivos es la empresa, por lo que la empresa puede reorganizar el trabajo como considere oportuno. Luego deberá tener en cuenta algunos criterior en la aplicación de los cambios, pero con lo que me cuentas no observo nada tremendamente irregular. Salvo cuando dices que «si no lo aceptaba iba a la calle» entiendo que te ofrecieron la opción de un despido procedente con indemnización de 20 días como mínimo. Y supongo, que tampoco me lo cuentas, hubo mas trabajadores afectados a los que también se les cambio la jornada laboral. El resumen es que habría que ver en el conjunto de los cambios la supuesta «ilegalidad» de la actuación de la empresa.
      Ya hemos explicado varias veces, que no damos respuestas, a temas relacionados con otras leyes, porque ni podemos, ni debemos convertirnos en sustitutos de los abogados y sindicatos. Aqui hablamos del estatuto de los trabajadores. Creo que lo mejor es que busques la ley a la que te refieres y la leas y seguramente te sacará de dudas. Solo una reflexión más, cualquier cosa que ponga en peligro el embarazo, es incompatible con él y los médicos lo tienen en cuenta para dar la baja.
      Una opinión empatica, «no te quedes embarazada para enfrentarte a la empresa» 😉

      Responder

  250. Hola! Trabajo de lunes a viernes, 40 horas semanales. En ocasiones, salgo en comisión de servicio a trabajar fuera excediendo esas 40 horas semanales e incluso trabajando sábados y domingos, sin ninguna compensación más que las dietas para la comida. ¿Qué derechos tengo como compensación de esos trabajos? ¿Y de haberlos, que plazo para el disfrute de esas compensaciones?
    Muchas gracias.
    Saludos.

    Responder

    1. desde luego tienes derecho a compensación, pero en el estatuto de los trabajadores no vas a encontrar las respuestas, hay que mirar tu convenio y ver que pone sobre el asunto.

      saludos.

      Responder

  251. Muchas gracias, lo tendré que dejar en manos de abogados, porque el tema lo han llevado desde el principio el sindicato y el comité de empresa y no me han solucionado nada.
    Me has ayudado mucho, aunque sea en lo moral.
    Gracias de nuevo y salu2.

    Responder

    1. Me parece una pena que tu comite de empresa no haya resuelto un asunto de este enjundia, y más aun que el sindicato tampoco. Para mi es evidente, con los datos que tengo, que hay argumentos para defender tu posición.

      Ya me sorprendió ese «pacto de empresa» que permite sancionar con «cambio de puesto de trabajo». Un comité de empresa o sindicato que firma eso, no merece ser respetado. Intolerable e inaceptable. Te queda buscar un buen abogado laboralista, u otro sindicato que tenga ganas de cambiar las cosas.

      Un abrazo y ánimo.

      Responder

  252. Ok. Yo trabajo en turno de noche desde hace muchos años y la sanción por una falta considerada como grave, ha consistido en cambiarme a tres turnos.

    Responder

    1. Bueno ahora entiendo algo mas. En todo caso, ¿tienes esa sanción por escrito?. Yo entiendo que una sanción no puede incluir un cambio de turnos. Si lo tienes por escrito creo que puedes demandar a la empresa. Estoy seguro que tu sector tiene un convenio que establecerá cuales pueden ser las sanciones y ahi hay que mirar para sacar conclusiones. Una sanción grave, como indicas, suele tener una tipología definida de «castigo» y el que tu indicas, no parece apropiado, incluso podría estar escondiendo otra cosa, como el intento de provocar tu abandono voluntario de la empresa. En todo caso, supongo que la empresa sabe que tienes hijos menores de 8 años, y debería mirarselo bien, para no encontrarse con una demanda por discriminación.

      En todo caso, deberías mirar bien tu contrato para ver si pone algo en relación a los turnos. Porque el asunto del turno de noche es delicado y una particularidad relevante. Entiendo que llevas años trabajando de noche, pero eso. supongo que no lo tienes regulado por escrito de alguna manera, porque me lo habrías dicho. Por tanto, esto si que se le puede preguntar a un juez, es decir, es o no es un derecho adquirido que trabajes por la noche, y sobre todo que justifica el cambio a turnos (razones productivas, economicas, de mejor organización del trabajo u otras), si es o no una modificación sustancial de trabajo, si es o no un castigo o sanción considerable como mobing.

      Ahora si que hay materia para un demanda. Pero en todo caso, como suelo recomendar, «si tienes argumentos para una demanda agota la negociación, que para llevarse mal siempre hay tiempo»

      Responder

      1. Tengo la sanción poe escrito, y en el convenio de la empresa sí está contemplada la opción del cambio de puesto de trabajo por falta grave, en concreto las opciones son: *Cambio del puesto de trabajo o *de 1 a 20 días de suspensión de empleo y sueldo.
        A mí me han aplicado la primera, en mi opinión como «castigo».
        No tengo nada firmado para estar en el turno de noche, en el cual llevo 20 años justos, y mi contrato con la empresa sí tengo firmado el poder ir a tres turnos, que es como empecé hace 22 años.
        Me informaron de la sanción un lunes y empiezo a trabajar a turnos el lunes siguiente, de ahí la pregunta de si ¿me deberían avisar de ese cambio con 30 días de antelación como dice el estatuto de los trabajadores ‘ o como es una sanción con «castigo» no es necesario?

        Responder

        1. ¿pero que convenio de empresa es ese? ¿que sindicato ha firmado eso? Eso es una barbaridad completa.

          Lo he seguido pensando despues de responderte y creo que es inaceptable esa sanción. No se puede castigar de forma indefinida, que es lo que hacen cambiado el turno.

          Llegados aqui creo que debes ir a un abogado o sindicato para que negocien una solucion o hagan una reclamación contra la sanción y el cambio sustancial de condiciones laborales.

          saludos y suerte en todo caso.

          Responder

  253. En el artículo 41.3 dice que la decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.
    ¿Esto es aplicable también si el cambio es debido a una sanción?
    Gracias de nuevo.

    Responder

    1. Me vas a perdonar, pero no alcanzo a entender como relacionar «modificación sustancial de condiciones de trabajo» con una sanción.

      Una sanción es una sanción. Tiene su tratamiento y procedimiento, y si esta correctamente cursada y razonada tiene los efectos que corresponda y no puede ser considerado como un cambio sustancial de condiciones de trabajo.

      Tal vez, si me explicas con mas exactitud de que estamos hablando puede ayudarte algo mas.

      Responder

  254. Hola. Trabajo en régimen de tres turnos rotativos, y el turno de tarde me resulta totalmente incompatible para poder atender a mis dos hijos menores de 8 años.
    Me gustaría saber si al solicitar una reducción de jornada, el horario lo puedo establecer yo, y si puedo hacer esa reducción de jornada sólo en los días que trabaje en dicho turno de tarde.
    Gracias.

    Responder

    1. Lamentablemente solo tengo «noes» a lo que me preguntas:

      Me gustaría saber si al solicitar una reducción de jornada, el horario lo puedo establecer yo Lamentablemente NO.

      y si puedo hacer esa reducción de jornada sólo en los días que trabaje en dicho turno de tarde. lamentablemente NO.

      El matiz, es que si llegas a un acuerdo puede ser lo que dices, pero solo con un acuerdo. Busca quien te negocie un acuerdo, sindicato o abogado.

      Responder

      1. Entiendo entonces que si no llegamos a un acuerdo las condiciones de la reducción las dictaría un juez, ¿es así?
        Muchas gracias.

        Responder

        1. Para que un juez intervenga tiene que haber una demanda justificada. Y habría que analizar bien, si existen razones para demandar. Con los datos que me das, entiendo que no hay demanda posible.

          Otra cosa es un arbitraje, mediación o conciliación. Este podría ser un caminio a explorar, pero siempre con asesoramiento profesional por detrás.

          Responder

    2. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
      Esto significa que la concreción horaria la estableces tu dentro de tu jornada ordinaria!!!!!!

      Responder

      1. tienes razón, pero hay que leer entero:
        Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral.

        es decir, si hay discrepancia, se ira a ese procedimiento.

        Responder

  255. Buenos días.
    El 1 de agosto de 2011, entro en vigor el Real Decreto 1148/2011, un decreto que regula una prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. En este decreto se incluye un anexo donde aparecen una serie de enfermedades que se consideran graves para tener derecho a dicha prestación.
    En el Estatuto, art.37, 3, b). Contempla un permiso retribuido de dos días por enfermedad grave.
    En la empresa donde trabajo actualmente, ahora se dedican a analizar con lupa toda ausencia que hago, para llevar a hijo (menor) al especialista.
    Mi hijo sufre una enfermedad grave de las que aparece en el anexo de el R.D.1148.
    Aunque me guardo los días de libre disposición para recuperar los días que falto al trabajo por que tengo que ir al especialista a tratar la enfermedad en cuestión, es posible que a final de año (como hemos pactado) al regular los días me quieran quitar días de sueldo. Esa discusión la he conseguido posponer al mes de diciembre, por que actualmente no estoy de humor para hablar con ellos del tema, ya que estamos muy afectados. Ya que ellos me están buscando, me gustaría plantear una defensa o un derecho lo mejor posible, y mi pregunta es esta:
    – Puedo alegar las visitas al especialista (de la enfermedad grave) para no recuperar esas horas, acogiéndome al art.37, 3, b), donde dispongo de 2 días?
    – Existe una lista general de las enfermedades consideradas graves?
    – Intentaré conseguir que el Dr. que lleva el caso me firmara un certificado donde se reconozca la enfermedad grave de mi hijo.

    Responder

    1. Hola Antonio, primero recibe el mayor de los ánimos que pueda trasmitirte desde estas lineas a ti y a tu familia, y evidentemente el mejor de los deseos para que se recupere tu hijo.

      En cuanto a las preguntas que me haces:

      La lista de enfermedades esta incluida en el real decreto que me indicas al final del mismo. Visitalo aqui.

      Sobre alegar las visitas al especialista, siempre que sea cierto, entiendo que si puedes alegarlo. Es decir, si tienes un justificante de la visita, en mi opinión es indiscutible que tienes derecho.

      Evidentemente conseguir un certificado médico que reconozca la gravedad de la enfermedad de tu hijo sería tremendamente importante.

      En todo caso, y por si acaso, yo me acercaría a un abogado o sindicato para consultar y preparar la posible defensa en que caso de conflicto con la empresa. Y entendiendo que a ti, por la situación, no te apetezca acercarte, manda a algún familiar o amistad a que te haga la consulta y puedas ejercer tus derechos con total garantia.

      Vuelvo a trasmitirte mucha fuerza para la pelea familiar que teneis por delante. No hay nada más doloroso, triste e injusto que un niño enfermo, por eso mucho ánimo Antonio.

      Responder

  256. Hola,
    Regula el estatuto las horas disponibles para ir a medico generalices o especialista?. En los dos casos posibles, por un familiar o uno mismo. No veo claro que se diga nada al respecto.
    Gracias y un saludo,
    Eduardo

    Responder

  257. Carlos,
    Entendido que las respuestas son orientativas. Te agradezco muchísimo la respuesta, y sobre todo, la rapidez.
    También he revisado el convenio (de oficinas y despachos), en el que se aumenta el número de días retribuidos.
    Gracias de nuevo.
    Susana

    Responder

  258. En el artículo 37 del Estatuto General de trabajadores, en el punto 3, donde se habla sobre ausencias retribuidas, y con excepción del apartado a), no se indica si los días son naturales o laborales.
    Si un trabajador avisa y se ausenta porque un familiar de 2º grado va a tener una cesárea un viernes, entiendo le corresponden 2 días remunerados, pero ¿son esos días viernes y sábado, o viernes y lunes?
    Gracias.
    Atentamente,
    Susana

    Responder

    1. Cierto que son dias laborales y retribuidos. Para determinar que dias laborales te corresponden hay que ver, en primer lugar el contrato y el convenio. Por ejemplo si el contrato establece que la jornada de trabajo es de lunes a viernes especificamente, se entiende que se aplicaría a viernes y lunes, el caso del que me hablas. Tambien el convenio puede hablar de ¿que días? se consideran laborales en tu sector. En fin, hay que investigar y la respuesta es sencilla.

      Como siempre, recuerdo que las respuestas que aqui se dan son orientativas, mas si cabe la poca información que normalmente dan los usuarios.

      Responder

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