Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo.
1. A los efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. El empresario que recurra regularmente a la realización de trabajo nocturno deberá informar de ello a la autoridad laboral.
La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias.
Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual.
Resultará de aplicación a lo establecido en el párrafo segundo lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 34 de esta Ley. Igualmente, el Gobierno podrá establecer limitaciones y garantías adicionales a las previstas en el presente artículo para la realización de trabajo nocturno en ciertas actividades o por determinada categoría de trabajadores, en función de los riesgos que comporten para su salud y seguridad.
2. El trabajo nocturno tendrá una retribución específica que se determinará en la negociación colectiva, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza o se haya acordado la compensación de este trabajo por descansos.
3. Se considera trabajo a turnos toda forma de organización del trabajo en equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas.
En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.
Las empresas que por la naturaleza de su actividad realicen el trabajo en régimen de turnos, incluidos los domingos y días festivos, podrán efectuarlo bien por equipos de trabajadores que desarrollen su actividad por semanas completas, o contratando personal para completar los equipos necesarios durante uno o más días a la semana.
4. Los trabajadores nocturnos y quienes trabajen a turnos deberán gozar en todo momento de un nivel de protección en materia de salud y seguridad adaptado a la naturaleza de su trabajo, incluyendo unos servicios de protección y prevención apropiados, y equivalentes a los de los restantes trabajadores de la empresa.
El empresario deberá garantizar que los trabajadores nocturnos que ocupe dispongan de una evaluación gratuita de su salud, antes de su afectación a un trabajo nocturno y, posteriormente, a intervalos regulares, en los términos que se establezca en la normativa específica en la materia.
Los trabajadores nocturnos a los que se reconozcan problemas de salud ligados al hecho de su trabajo nocturno tendrán derecho a ser destinados a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa y para el que sean profesionalmente aptos. El cambio de puesto de trabajo se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39 y 41, en su caso, de la presente Ley.
5. El empresario que organice el trabajo en la empresa según un cierto ritmo deberá tener en cuenta el principio general de adaptación del trabajo a la persona, especialmente de cara a atenuar el trabajo monótono y repetitivo en función del tipo de actividad y de las exigencias en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Dichas exigencias deberán ser tenidas particularmente en cuenta a la hora de determinar los períodos de descanso durante la jornada de trabajo.
150 pensamientos en “A36 Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo”
Buenas tardes,
Trabajo en un aeropuerto en un servicio de mantenimiento de 24X7 mi contrato pone que trabajare a turnos de mañana ,tarde,noche.Hasta ahora llevo un año en la empresa y hacia mañana tarde y alguna noche porque la empresa sabe que a mi trabajar de noche no me va bien por motivos familiares.Ademas tenian a un trabajador que hacia siempre de noche imagino lo pactaron asi ellos y yo cubria a veces sus descanso maximo 2 noches seguidas.Me han ido aumentando las noches en estos ultimos meses y yo les he reiterado mi dificultad de poder realizar muchas seguidas.El problema es que a este trabajador le han despedido y creo algo he oido ya que me pondran a mi el mes entero de turno de noche.Mi pregunta es como pone en el estatuto no se pueden hacer mas de 15 dias seguidos.Seria mi caso?.Me podria acoger a eso?.Y sino que pasa si me niego a realizar mi cuadrante todo el mes de noche ?. Gracias de antemano saludos,
Jaime
Trabajo horarios rotatorios semana de noche semana de día ahora quieren cambiar a solo turnos de día se pueden hacer eso es legal
Martín
Buenas tardes,
Tengo varias dudas sobre un contrato que me ha hecho una ETT de Obra y Servicio. Trabajo en turnos de 7 días seguidos con dos días libres en turnos de mañanas, tardes y noches)
Las condiciones no sé hasta que punto pueden ser, no se si llamarlas justas o legales.
Os cuento, según la ETT las condiciones son, que dentro de mi salario (una porquería) están metidas las pagas extras, los 30 días de vacaciones, y los pluses por turnicidad, trabajar fines de semana y noches. Los festivos que se trabajan no los pagan como tal, si no como un día normal y por supuesto no te lo dan en descanso ningún otro día.
Por no decir, que en verano te dan de baja una semana como «vacaciones» por supuesto no son retribuidas y no cotizan por ti. Por si eso fuera poco, si necesitas coger algún otro día de vacaciones tienes que comunicarlo para que ese día te den de baja y por supuesto, tampoco te lo pagan.
Otra duda que tengo es el plazo de pago, siempre me han pagado donde he trabajado del 1 al 5 del mes siguiente, pero resulta que aquí te pagan entre el 20 y 25 del mes siguiente (trabajas marzo y cobras a finales de abril),¿eso es legal, puede la empresa establecer el plazo de pago que quiera?
Necesito respuestas, porque siento que este tipo de empresas se aprovecha de los trabajadores.
Cruz
Trabajo como vigilante.ahora tengo cuadrante de 14 a 18 y luego de 00 asta 06 de la manana y esto un mes enteto ..mi pregunta es : esto es legal o no ..ocuparme la tarde y luego toda la noche asta 06 para y tenerluef 10h .empeso de dia desde14 y asi todo el mes .. gracias.
Vasi
En mi empresa tenemos fijo el turno de noche ( de 21:00 a ,4:15) lo que pasa es que como salimos en un furgón blindado hasta que no acabamos todos los clientes no nos podemos ir a casa, hay días que nos vamos a las 5, 6 , las 8 de la mañana a casa, dicen los responsables de departamento que en nuestro caso que no tenemos final de jornada, que es cuando se acabe, el comité de empresa lo sabe, se han dado quejas y dicen , queréis estar de noche, eso es lo que hay, se puede denunciar al comité de empresa? Donde?
Luis
Hola trabajo como recepcionista en un hotel y mi horario es de 16h a 00h de viernes a martes. Me gustaria saber si no me pertoca plus de nocturnidad de 22h a 00h. Gracias
Sara
BUENOS DIAS:
EN LA EMPRESA DONDE TRABAJO, CUANDO EMPECE A TRABAJAR ME HICIERON FIRMAN UN CONTRATO CON HORARIOS ROTATIVOS, EN EL CUAL AL PRINCIPIO SE CUMPLIA, PERO DESPUES DE UNOS 3 MESES HICE FIRMAR A UNOS COMPAÑEROS PAPEL DONDE NOSOTROS QUEDABAMOS QUE YO IVA A CUBRIR SUS HORARIOS EN LA NOCHE, FUE ACEPTADO. AHORA DESPUES DE 3 AÑOS DE TRABAJO EN HORARIO NOCTURNO MI JEFE QUIERE QUE FIRME UN NUEVO CONTRATO DONDE QUIERE QUE ROTE DE NUEVO, AHORA EN MI AREA SOMOS VARIOS TRABAJADORES, DONDE SOLO A DOS QUIEREN QUE ROTE, YO NO FIRME AUN ESE CONTRATO YA QUE ME ENCUENTRO LABORANDO EN OTRA EMPRESA DE DIA.
MI JEFE AL ENTERARSE QUE YO ESTABA TRABAJANDO EN OTRA EMPRESA HIZO TODO ESTO PARA LA ROTACION DE HORARIOS.
PORFAVOR QUE PUEDO HACER
LUCIANO
Trabajo 6 dias a la semana de lunes a sabado con un horario de 10 a 16:30 y de 20:00 a 23:30h cada dia. Tengo el domingo festivo y los martes 3,5h libres de 20:00 a 23:30. Estoy enfermo del riñón pendiente de una operacion para quitarme una piedra de 3x3cm. El pasado viernes me dio un cólico de riñon en pleno servicio de noche y retorcido de dolor mi jefe no me dejo marcharme al hospital hasta que no acabe mi jornada laboral. Esto es denunciable verdad.?
Moisés
Buenos días yo trabajo en una clínica como auxiliar de enfermería en una UCI neonatal el problema es q ahora como la UCI está con baja producción nos están mandando apoyar a otros servicios como urgencia hospitalizados mi pregunta es si yo en mi perfil de mi hoja de vida tengo mis entrenamiento en UCI neonatal y UCI pediátrica mi empleador puede moverme de mi área de trabajo a otra gracias por su colaboración
Patricia
Buenos días si trabajo 12×36,,y trabaje el Domingo 24,,la encargada me dice que me presenté el día lunes de noche. , Porque ese va hacer mi turno,, debería de recibir compensación monetaria porque no me están respetando el 12×36???
Domingo Corona
Buenos dias,
Hace casi dos años que la empresa decidio contratar a una empresa externa para realizar el turno de noche. Ahora por motivos que ha perdido dos clientes, pero a cambio ha venido un cliente mas y se aumentado la carga de otro cliente, nos han indicado que la empresa externa aparentemente dejaran de prestar el servicio nocturno y nosotros volveremos a realizar ese turno que lo realizabamos hasta que esa empresa externa vino a realizar.
Me gustaria saber si la empresa me puede obligar a realizar de nuevo el turno de noche.
Indicar que el contrato esta reflejado los tres turnos de trabajo.
A parte de eso tengo 52 años y llevo 11 trabajando en esta misma empresa.
Un saludo
Maria PIlar Aliaga
Buenos dias quisiera preguntarle yo trabajo turnos rotativos a cuantos dias de vacaciones y cuanto dineeo deben pagarme por el disfrute de las vacaciones aparte de la quincena
ANGELA LISSETH BELTRAN
Hola ! mi consulta es la siguente ; trabajo hace 28 años en un diario y mi horario siempre fue nocturno de 02 a 09 de la mañana . quisiera saber si tengo algun beneficio jubilatorio , hoy tengo 58 años y 28 años de trabajo espero por respuesta gracias.
arturo gallardo
Llevo 10años en turno de mañana y soy nivel cuatro de metalgrafica y me quieren poner a tres turnos.una semana de mañana otra de tarde y otra de noche. Pueden hacerlo? Cuanto tiempo si es así me tienen que avisar? Gracias
Francisco
Buenas noches tengo una duda,yo antes trabajaba como auxiliar de ofincina en la fundacion,me reubicaron de puesto a formadora puesto que trabajo en una fundacion de icbf,tenemos los siguientes horarios de trabajo rotativo.
1 semana se trabaja se entra lunes noche a Las 7:00 pm hasta el otro lunes 7:am
2.la semana que sigue se trabaja martes jueves,sabado de 6:30 am hasta la 7:pm
3.la semana siguientes se trabaja lunes miercoles, viernes de 6:30 am hasta 7pm y el Domingo de 7am 7pm y se pasa de nuevo Al dia lunes de la semana de transnocho,y por mas que he hablado con la Jefe siempre tiene cantidad de excuses,y este en un horario que han escogido Las compañeras, y Ella no coloca solucion alguna.
Muchas gracias por la orientacio que me puedan brindar.
Gloria Stella carabali mateus
HOLA BUENAS TARDES, EMPEZARE A TRABAJAR TURNO NOCTURNO DE OCHO HORAS, CON UN DIA DE DESCANSO, HAY ALGUNA PERCEPCION SALARIAL ESPECIFICA O ALGUN PORCENTAJE EXTRA PARA LAS PERSONAS QUE LABOREN EN ESTE TURNO?
maria eugenia
Mi trabajo diario es jornada partida de8h a13h15′ yde 14h30′ a17h15′ tengo 61anos me puede poner la empresa a relevos manana y tarde.un saludo
Jose Luis
hola.
trabajo 2 meses de mañana y tarde ,una semana de cada y despues entro 1 mes de noche .
tengo 61 años hay algo legal para poder pedir a la empresa que no tenga que trabajar de noche.
saludos
Marcelino sobrevias ragues
Un compañero me comentó que un amigo suyo tubo que dejar de trabajar en el turno de noche por llevar 8 años en jornada completa y que este es el límite legal….. ¿ Es eso cierto?… Gracias
Javier
Si mi trabajo es diurno pero 1 día me dicen entras a las 7 am y sales a las 11am para que vuelva a las 10pm a trasnocho hasta las 6 am. Y ese mismo día entrar a las 2pm. Sería legal no debe? haber siertas horas después de un trasnocho pa volver a trabajar?
Andres
Hola necesito que alguien me ayude , he entrado a cubrir una baja . Luego despedido la chica y me contrataron , el caso es que llevo 22 días ya y aún no he firmado el contrato e por otro lado somos 4 trabajadores en la cocina en la pared tiene un horario que supongo que deberían cumplir el horario incluye rotación de turno . Pero como soy la que acaba de entrar mi horario es de lunes a sábado voy de mañana 4 hrs y estoy con ellos y luego vuelvo sola por las noches para dar las cenas yo sola . El caso es que ellos trabajan de lunes a viernes y un domingo al mes cada uno y yo de lunes a sábados mañanas y noches .habría arreglo
Carla
Buenos días.
Trabajo en el sector de agua y por lo tanto nos regimos bajo el convenio del mismo.
Trabajamos a turnos 24/7 365 días del año. En 3 turnos de mañana, tarde y noche.
El convenio del agua no marca diferencias sobre trabajar de lunes a viernes, o de lunes a domingo, entonces compañeros de la misma empresa; pero en diferente instalacion,
que trabajan de lunes a viernes (no trabajan domingos ni festivos) cobran lo mismo que los que trabajamos de lunes a domingo, y por lo tanto si cae en festivo o domingo según cuadrante sí lo trabajamos, cuando ambos tenemos el mismo convenio.
Es decir, ¿los que trabajamos de lunes a domingo, no tendríamos que cobrar más al trabajar festivos y domingo según nos toque?
Todos trabamos a final de año los mismos días; pero unps descansan festivos y domingo y nosotros, dependiendo del cuadrante no.
Alberto
Soy un trabajador de metalurgia.
Quisiera saber como se cobra un correturnos, ¿es un acuerdo con la empresa, o hay algun baremo mas o menos especifico?, ¿depende de los dias de fin de semana que se cojan?
A nosotros nos dan 250€, aparte de un 28% de nocturnidad.
Muchas gracias
Jose
Hola buenos días. Trabajo en una empresa de servicio 24 horas. Estoy en turno de noche siempre y trabajo de lunes a domingo una semana si una no 10 horas diarias. Ahora nos han puesto que los martes en vez de entrar a las diez entremos a las 8, por lo que hacemos 12 horas. Por supuesto, no podemos dormir. Quería saber si esto es legal, aunque sea sólo un día, trabajar un día 12 horas, haciendo a la semana 70, y al añadir estas dos 72.
Gracias
Patricia
Hola, buenas noches. Soy conductor profesional, llevo mas de 11 años en la misma empresa . Empiezo a las 14´00H. y termino a las 01´30H. Cuatro dias a la semana. En nuestro convenio no aparece ni se hace mención, sobre las horas nocturnas. Ni percibo ningún otro tipo de compensación, por ello ¿Tengo derecho a reclamarlas?. Si fuera asi, ¿durante cuanto tiempo con caracter retroactivo?. Gracias por contestar
Eduardo
buenos días , trabajo en el institut català dela salut en un centro de salud. Los directores quieren que los trabajadores realicemos horario partido, unos días de mañana y otros de tarde, nuestro horario es de 8:00 a 15 los de la mañana y de 14 a 21 los de tarde, por tanto si alguien trabaja un día de tardes sale a las 21 y se iene que incorporar al día siguiente a las 8 con lo que no hay 12 horas de libranza entre turnos. Esto es legal?
gracias
isabel moreno hernandez
Hola buenas,trabajo a turnos mañana,tarde y noches,mi duda es,que los días festivos que me coincide trabajar,la empresa no nos pagan nada porque dicen que el convenio no pone nada sobre dias festivos.¿Puedo ser motivo de demanda y tendría derecho a que nos lo paguen?
Muchas gracias por todo
Miguel A García
Hola mi pregunta es puede la empresa ponerte de un mismo turno? Mi caso es que desde que empecé estoy de tardes y cuando hice la entrevista me preguntaron si quería de noche puesto que la empresa tiene un turno fijo de noche o de mañana y tarde, pero no me rotan porque la empresa tiene una alto nivel de personal de reducida por las mañanas y el turno de tarde como les falta jente nos meten a los eventuales. Un saludo y gracias.
Alodia
Buenas tardes, espero puedan ayudarme con la duda. Soy auxiliar de enfermeria trabajo turnos de 12 horas 17 dias al mes, con esto se cumplen las horas que debo cumplir. Salgo a vacaciones, por el tiempo que llevo tengo derecho a 8 dias de descanso, mi pregunta es si en los dias restantes es legal que me pongan todos los turnos que debo realizar en el mes, espero me ayuden, gracias
Marcela
En cuanto al cobro de festivos y nocturnidad en turnos 24×5 , si un dia es festivo y se trabaja de noche, se cobrarian los dos complementos (festividad + nocturnidad) o solo el mayor?
Ruskettle
Buenas.
Soy Vigilante de seguridad y llevo en turno de noche cerca de 8 años. Algunas compañeras del turno de la mañana tienen o reducción (7 a 14)h o conciliación familiar (8 A 14h). Necesito saber si estoy obligada a hacer algunos días del mes turnos de 22 a 7h o de 22 a 8h. En esta situación estamos desde hace varios años. Pero mi situación familiar también. Tengo una hija de 4 años y por el horario laboral de mi marido me es imposible seguir haciendo esas horas de más y en mi jornada de noche. Muchas gracias
Eva Esteban
Hola mi duda es la siguiente. Trabajo en un call center. Y por perdida de un servicio me quieren reducir la jornada de 29. Me puedo negar?¿ Si ne niego me pueden sancionar?¿ Si no estoy de acuerdo puedo negociar mi salida de la empresa por ver afectanda mi vida en lo económico?» muchas gracias
Fermín
Buenas tardes,
Mis compañeros trabajan a turno en un 7×24 y a mí me tienen como apoyo de ellos, no tengo un cuadrante estable, me lo cambian 3 o 4 meses cada vez, trabajo 40 horas semanales. Por ejemplo si finalizo de trabajar a las 23:00h, entro a trabajar al dia siguiente de 11:00am a 19:00 y al día siguiente de 7:00am a 15:00 am, esto está permitido por ley?. Muchas gracias.
Rogelio
Los turnos de noche de mi empresa son de 22:00 a 7:00. Mi pregunta es por la paga del domingo…quien debe recibirla? La persona que trabaja de 22:00 a 7 del sabado al domingo o la que entra a las 22:00 del domingo al lunes?
O las dos puesto que ambas dedican parte del domingo a trabajar?
Gracias
Marta
Hola yo soy mucama y tengo horario rotativo. Como puedo entrar de 4 a 12 d la noche o de 10 a 6 d la tarde o de 8 a 4 d la tarde. Y yo l pregunte a mi encargada si a mi no me corespondia horas noturna. Y me dijo q el contador l dijo q no porq yo era mucama. Yo quiciera saber si es verdad. Gracia
Patricia
Hola buenas noches,trabajo como conserje de edificios llevo mas de 11 meses turno de noches,mis compañeros no quieren rotar y la empresa me dice ke es lo que hay podria denunciar?? Por cierto mi contrato no me pone nada ke tenga que ir de noches .gracias
Jose
Hola,
Trabajo con aplicaciones químicas, normalmente de noche.
En numerosas ocasiones he llegado a trabajar por la mañana (cuando no trabajo por la noche voy a ese turno) y me han pedido (tras alguna hora trabajada) que vuelva por la noche. En el convenio no se contempla la turnicidad. Yo no entre a trabajar expresamente para ese puesto sino que lo he llevado a cabo por ayudar a la empresa.
Además el convenio no refleja plus por toxicidad y por ende no lo cobro, aunque no estoy dispuesto a arriesgar mi salud en estos niveles.
Qué puedo hacer? Es legal?
Carlitos56
Buenas tardes:
Trabajo de 22H A 1 H. Si entro el sábado a las 22h y salgo el domingo a la 1h. Deberían cotizarme ese día también o entra dentro del sábado. Muchas gracias.
David
Que puedo hacer en el siguiente caso, tengo horario o nos pusieron un horario de 12 horas por 36 horas de descanso, un día sí y otro no, y así sucesivamente, lo que he notado es que mi organismo reciente porque como Entro a las 5am y salgo a las 5 pm, sufro un desvalance fisiológico, cansancio, aparte que esto nos afecta ecónomicamente, pues anteriormente teníamos 5 días de trabajo continuos de 9 horas y nos pagaban 1 hora extra y 2 días de descanso, ahora está de esta manera y pues los días que descansaba a los usaba para realizar trabajos propios y particulares, para ayudarme ecónomicamente, ahora no se puede a pesar que estamos en ese horario, que me rcomiendan, alguna forma legal para hechar atrás este horario? Con quien debo ir a asesorarme a conciliación y arbitraje ?
Carlos Frnando
hola soy fatima tengo un contrato de 40 horas semanales de lunes a domingos nos han dado una planilla que llevamos 3 años con ella trabajamos siete dia seguidos y libramos el octavo dia ,eso es legal? la planilla la vamos rotando cinco personas conmigo.Trabajamos todos los dia media hora menos para compensar los días festivos que nos toque trabajar pero no se nos pagan ni nada quisiera saber si eso es legal.Tambien libramos un fin de semana cada cinco semana.Me gustaría que me pudiera informal un saludo
Fatima
Buenas tardes,
Mis compañeros trabajan a turno en un 7×24 y a mí me tienen como apoyo de ellos, no tengo un cuadrante estable, me lo cambian 3 o 4 meses cada vez, trabajo 40 horas semanales. Por ejemplo si finalizo de trabajar a las 23:00h, entro a trabajar al dia siguiente de 11:00am a 19:00 y al día siguiente de 7:00am a 15:00 am, esto está permitido por ley?. Muchas gracias.
Rogelio
Hola, trabajo a 3 turnos, mi contrato es de lunes a viernes, la empresa quiere poner un cuarto turno me puede obligar?
Jose
buenas, trabajo de noche de 21 a 8, y estoy solo durante toda la noche y tengo que trabajar con un tractor, en realidad mi trabajo es de sereno de caballos pero me hacen trabajar con el tractor para dejar en condiciones las pista de doma y salto. Trabajo una semana si y dos no, y las otras dos son de descanso pero obligandome a disfutar de de 3 dias de vacaciones en esas semanas, por lo tanto no tengo vacaciones en periodo estival. Es legal tener que disfrutar de las vacaciones y estar solo toda la noche trabajando con maquinaria agricola?
un saludo
juan
Hola, queria solventr una duda. Soy auxiliar de enfermería trabajo a turnos y en teoria tendriamos que trabajar 3 domingos y librar uno… me han puesto 6 domingos seguidos pero alegando que como uno de esos es un saliente de noche ( entro el sabado a las 20h y salgo domingo a las 8h) me dicen que cuenta como libre y no trabajado.. y que no trabajaria los 6 domingos a causa de ese saliente entre medias.. ¿es cierto que un saliente de noche cuenta como libre y no trabajado? Aunque haya salido a ls 8 de la mañana y ese die lo tenga que gastar para descansar.. solo tenemos un dia libre a la semana y esa semana ya me lo dan el miercoles.
Un saludo y gracias de antemano.
Amparo
Hola, soy delegado de personal en una empresa, trabajamos a turnos rotativos, el jefe de producción ha sacado el nuevo cuadrante muy tarde y sin pedirnos conformidad, he visto que hay agravio comparativo pues unos trabajadores trabajan el triple de fiestas que otros, le he manifestado mi disconformidad pero no me hace caso, que deberia hacer. gracias
jose luis
Hola soy Jefferson quisiera hacer una pregunta. Yo trabajo en orario nocturno en el cual me dan descanso un dia entre semana y el dia sabado. Mi jornada laboral enpieza los domingo noches. Resulta que me dieron 15 dias de vacaciones desde el 13 de noviembre de esste año asta el dia 27 de novienbre. Quisiera saber si en esa semana me corresponde mi dia de fiesta o no. La enpresa funciona las vacasiones con dias naturales muchas gracias.
Jefferson
Soy una trabajadora de 50 años, llevo desde los 21 en una empresa que tiene turnos de semanas de siete días de mañana, tarde y noche, cada día aguanto menos las noches, hasta que edad me puede obligar la empresa a hacer noches?
maria
Técnicamente hasta la edad de jubilación, ya que el Estatuto sólo excluye del trabajo nocturno a los menores de edad (y madres embarazadas/lactantes si hay riesgo). Lo que sí puede hacer es pedir un cambio de turno al empresario, tal como dice el art. 36.4. En caso de que el empresario se negase, recomiendo acudir a un abogado.
Raquel Villalobos
Buenos días, trabajo para una empresa subcontratada por el hospital, mantenimiento de equipos médicos, mi pregunta es la siguiente: estoy echando la 40 horas semanales por contrato y 1756 horas por convenio, pero cuando termino la jornada la empresa me impuso una clausula en el contrato para que lleve un busca para las posibles averías, 24 horas 365 días, si es grave esta acudir al hospital y echar horas extras, ¿es legal esa clausula?, ¿me podria negar a llevar el busca si cumplo con las 40 horas semanales?, gracias.
antonio lopez sanchez
hola buenas tardes en mi contrato dice horario de dos dias 0700 a 1900 hras y de 2 diAs de1900 a 0700 y 2 dias de descanso, pero nos hicieron firmar una carta compromiso de estar puntuales en los horarios pero q no nos podemos retirar mientras no llega el relevo hasta q llegue pero no se cuenta con una plantilla de cubre turnos ni vacaciones esta clausula es aplicable
Rose Doval
Hola mi pregunta es igual a la de mi colega hace 5 años estoy en el turno noche neonatología este año nos quieren hacer trabajar tres días seguidos en las fiestas de 18hs a 6hs este año nos tocaría Navidad afuera año nuevo adentro y el cronograma indica trabajar nuevamente la misma fiesta del año pasado y tres días seguidos!!!!hay alguna ley que regule eso?
Etelvina Jara López
Hola yo travajo para una distribuidora . Los 365. Del año son intendente vijilante y velador d noche. Trabajo las 24 horas del dia. Todos ls dias no m dan dias festivos ni me los pagan. Solo gsno un sueldo. Y los demas me extorcionan alguien que me apoye porfabor?
hendrick
Buenas tardes. Tengo una pregunta y dos respuestas y no se cual es la correcta.
Pregunta.
Tengo una baja medica y me han dado el alta hoy y mi turno es de noche de las 23:00 h hasta las 06:00 h, Cuando tengo que incorporarme a las 00:00 h del mismo día de alta o el siguiente día de turno.
Gracias.
Mateo
necesito saber si hay una ley que diga si los enfermeros que trabajan de noche deben trabajar la navidad y el año nuevo ? mi horario es de 00hs a 06hs en neonatología …
miriam elena diaz
Buenos días , soy enfermera y estoy contratada al 75% en una residencia. Tengo turnos fijos y trabajo todos los fines de semana, eso es legal? Ya que no libro ningún fin d semana y en mi contrato no pone ninguna cláusula de tener que trabajar fines de semana y festivos , solo me pone el numero de horas totales a la semana.
Gracias con antelación
Afrodita
Yo trabajo de vigilante 14 horas diarias desde las 18:00 de la tarde hasta las 08:00 de la mañana del día siguiente con un día laboral de descanso a la semana, y en fin de semanas entro entro a la 13:00 del viernes y hasta el lunes a las 08:00. Esto sé que os parece una mentira pero es verdad amig@s y pagan una m…… encima, pero bueno así es viva España.
Salvador
Hola,hace unos meses empecé a trabajar en una empresa como conserje, en mi contrato no está estipulado el horario nocturno pero solo me ponen nocturnidades, en la nomina ni siquiera sale reflejada la nocturnidad y me las pagan en B, ¿me puedo negar a seguir con el turno de nocturnidad?
Raul
Buen dia
Tengo una duda respecto a que si luego de hacer dos turnos consecutivos de jornada nocturna a cuantos dias libres se tiene derecho, por ejemplo: en mi caso cuando salgo de hacer dos noches, el siguiente dia se llama descanso posturno y el dia siguiente a ese se llama dia Libre, es correcto tomar estos dos dias luego de hacer dos turnos de noche?
Francisco Javier Saenz
Hola, queria realizar la siguiente pregunta
En mi contrato laboral queda especificado lo siguiente: «El horario de trabajo habitual y aproximado del TRabajador sera de 40 horas semanales. El presente contrato se suscribe para la realización detra bajo a tunos, de confirmidad con la necesidades organizativas de la compañia» Esto implica trabajar en horario nocturno? incluso los fines de semana?
Muchas gracias
leo
Trabajo 5 noches descanso 5 días k vacaciones al año me corresponden
Rosa maria
Hola tengo el contrato de conserje y hago el turno de noche , ahora por razon de que no tengo con quien dejar a mi hijo de seis años por las noches he pedido un cambio de turno trabajar de dia y me lo niegan y lo unico que me han propuesto es hacer turnos rotativos. Tengo alguna opcion legal a mi favor?
Elizabeth
Hola mi consulta es por lo siguiente .trabajo en una empresa de alimentación en la cual mi contrato dice turnos rotativos pero hace unos meses me ha tocado hacer tres semanas de tarde y una de mañana quiero saber si eso es legal o no ya que no es lógico por que somos más de ochenta personas las cuales tenemos los mismos contratos. Agradezco algún comentario que me oriente.
Macarena Diaz castillo
Hola Ana, soy médico general y he empezado a trabajar en una residencia de ancianos hace mes y medio con un contrato al 40%.
En agosto cubro las vacaciones a la médico de la empresa durante 15 días. El trabajo tiene un horario de 9:30 a 13:30 y de 16 a 20 pero habitualmente me quedo más horas. Además cada día de trabajo estoy de guardia localizada por si hay urgencia o defunciones…¿¿Todo esto es legal??
Muchas gracias y un cordial saludo
Pablo
hola trabajo como conserje de eficios turísticos,llevo 9 meses turno de noches,mis compañeros no kieren rotar y la empresa se lo he comentado y pasan de todo, ess
legal ke me tengan siempre en el mismo turno??? mi contrato me pone de lunes a domingo con los descansos establecizos por la ley en ningún caso me pone ke tenga ke ir de noches gracias
jose
Buenos días,
En ocasiones en la empresa donde estoy, nos hacen trabajar a turnos rotativos mañana / noche.
Hay jornadas en las que salimos a las 7 de la mañana después de terminar la jornada nocturna y el día siguiente a las 6:30 de la mañana debemos volver de turno de mañana.
Es esto correcto?
Gracias
jose
Por ley No es legal amigo tienes como mucho 8 horas al día es decir jornada completa, pero por dinero todo es legal como me hacen ami trabajando 14 horas y fin de semana desde la 13:00 del viernes hasta las 08:00 de lunes
Salvador
el legal un calendario de turnos 5/5, es decir, trabajas 5 (12 h) dias y descansas 5 dias.
*cada periodo de 5 dias de trabajo son 12 horas diurnas o 12 horas de noche
Jose
hola,
tras mirar el convenio y el estatuto de los trabajadores, tengo una duda.
Si trabajo de turno de noche de 19:00 h a 7:00 h , solo 8 h están catalogadas como nocturnas, de 22:00 a 6:00?
y si solo se pueden hacer 8 horas de turno de noche y segun el art.36 no se pueden hacer horas extras a partir de 8 h, las otras cuatro que hecho que son ?
son legales segun el estatuto?
gracias.
PePe
Buenos días,
Trabajo en seguridad privada y lamentablemente para conseguir un sueldo aceptable nos vemos obligados a recurrir a las horas extras, mi empresa nos ha comunicado que a partir de este mes próximo solo se podrán trabajar 80 horas anuales, es por este motivo la siguiente pregunta. ¿No se pueden trabajar más horas aunque sea voluntariamente?
Gracias de antemano por su respuesta
Saludos
Juan Carlos
Juan Carlos
Buenos días,
Trabajo en seguridad privada, donde por desgracia para sacar un sueldo aceptable nos vemos obligados a realizar bastantes horas extras, según nos ha informado hace poco la empresa no podremos realizar más de 80 horas extras anuales, es por este motivo que les hago esta pregunta. ¿Pueden hacerse más de esas 80 horas anuales voluntariamente?.
Gracias de antemano por su información.
Saludos
Juan Carlos
Juan Carlos
Hola trabajo en una empresa que entramos a las 23:00hasta las 06:00 y nos dicen que tenemos que firmar como si ubieramos trabajado el día anterior
Que si 2/12/19 entró a las 23:00
Y
Salgo el 3/12/19 a las 06:00
Debo firmar como si estuviera trabajando el 2/12/19
Alcibiades
hola trabajo a regimen de turnos de 7 a 15- de 15 a 23 y de 23 a 7 de la mañana quisiera saber si es ilegal el turno de noche de las 23 a las 7 de lamañana
gracias
manuel martin roldan
Buenas yo trabajo en un kiosko en el terminal de turno noche hace ya un año 6 meses jamás se nos ha otorgado un chequeo médico ni nada y descanso 1 dia a la semana y 2 domingos al mes donde no alcanzó a recuperarme totalmente hay un recurso legal para acudir y pedir un descanso reparador de dos días
Maria Gonzalez
Hola , trabajo en mensajeria con un horario de 19:00 a05:00 con una hora de cena de las 22:30 a 23:30. No cobramos nocturnidad y la hora extra la ponen en nomina como mejora voluntaria,somos unos 45 trabajadores en esta situacion.me podria alguien explicarme como es posible esto,,gracias
Arturo
Buenas tardes, trabajo de seguridad y desde hace cuatro años el jefe de equipo se ha puesto por petición de la gerencia del lugar en el que préstamos servicio el turno fijo comprendido de las 07:00 a las 15:00 mayormente de lunes a sababo, somos seis vigilantes más que hacemos el resto de horarios en un servicio cerrado de 24 horas.
Mi pregunta es si tenemos derecho a pedir que el mencionado jefe de equipo rote con el resto de compañeros y haga las tardes y noches que le correspondan. En definitiva que se repartan entre los siete vigilantes todos los turnos en cuadrantes mensuales.
O después de transcurrido tanto tiempo (cerca de cuatro años) y ser una exigencia de la gerencia de donde préstamos el servicio ya es un derecho adquirido por su parte.
Gracias.
Cristóbal
Tengo problemas soy hipertenso y sufro de taquicardias y ansiedad y tengo un tratamiento y trabajo por turnos puedo pedir a la empresa que me excluya del turno de noche por dicha enfermedad gracias de antemano
alex
Trabajo en el convenio de administracion publica como personal laboral. Quisiera saber si al alcanzar determinada edad (53 años) puedo solicitar dejar de hacer noches por problemas de salud, Gracias –
Fernando
Buenas.
Quisiera hacer una consulta en mi trabajo tenemos tres turnos 06am a 14hs pm de 14hs a 22hs y de 22hs a 06hs solamente tarde y noche hacen rotacion. Ahora la empresa quiere cambiar los horarios de ingreso que serian de 03am a 11am y 12hs a 20hs pm. Mi consulta es lo siguiente: Esto es legal especialmente si ingresamos a las tres de mañana puesto que estariamos saliendo de nuestras casas aprox. de 02am y por la seguridad misma?
Pascual Romero
Hola..soy trabajador de seguridad privada..llevo 9 años seguidos trabajando en turno de noche ya que en mi servicio es el unico turno…pero peor aun es el horario..ya que cada dia se entra a una hora distinta ..es decir tengo seis hlrarios distintos durante los siete dias que trabajo..mis descansos eso si son siempre igual..trabajo siete y luego dos de descanso menos el fin de semana q son tres dias. Estoi a tratamiento de ansiedad y depresion por problemas laborales..familiares y de estres …ya no logro aguantar mas de seis meses seguidos trabajando..mi pregunta es..que solucion tengo?
Renato
Trabajo siempre de noche en una empresa de servicios.mi labor es de conserje y segun la empresa el computo de horas es de 165h mensual. La empresa se descolgo del convenio y ahora no se cuanto tengo q cobrar al mes. Ya llevo 6 meses
Roberto
Hola buen día
Si salgo de laborar en turno nocturno a las seis am de la mañana del Domingo y mi jefe dice que debo volver el mismo Domingo a las seis pm. Dándome aviso esa misma mañana lo debo de hacer?
Robert Rivera
hola Roberto mi caso es parecido al tuyo soy conserje de edificios turísticos,mis compis tampo keren rotar no se si será legar trabajar tantos meses de turno de noches
jose
Hola querria saber cuanto tiempo seguido te pueden meter de turno de tarde teniendo contrato fijo de mañanas y tardes gracias
fernando dominguez
Hola trabajo en una empresa de pruduccion de cadena las 24 del día, los turnos son de mañana y de noche.
Estoy siempre de turno de noche porque los del turno de la mañana no quieren rotar.
Somos 4 compañeros.
Se pueden negar a no rotar?
Cuando trabajas de noche con un contrato de 40h semanales, cuantos días tienes de descanso a la semana?
David
Hola comence por contrato turno mañana y un dia cambiandome de sede me dicen que tengo que ir dos dias a la semana de 12 a 20hs lo cual me complicó la vida pero me resigne… puedo exigir despues de 2 años que vengo padeciendo este horario que me perjudica exigir mi horario anterior? O dentro del turno mañana por lo menos? Antes trabajaba de 8 a 16 de lunes a viernes y ahora de 10 a 18 martes miercoles y viernes y de 12 a 20 lunes y jueves
natalia
Trabajo en el convenio de sanidad publica. Quisiera saber si al alcanzar determinada edad puedo solicitar dejar de hacer noches. Gracias
Cris Bon
Hola!
A mí me han puesto de noche un mes seguido, con los descansos correspondientes (trabajo siete días y descanso tres, así todo el mes). ¿Esto es legal, según lo anterior?: «En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.»
He protestado, pero me han denegado la protesta. Gracias.
cristina
Hola Cristina.
En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador estará en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.
dice se tendra en cuenta, por lo tanto debes de negociar que se respete este criterio. si tienes problemas podemos orientarte a traves de un e-mail
Saludos
Ana Sanchez
buenas noches, soy de peru trabajo para una entidad publica, mi esposa y yo somos nombrados en la misma entidad y en la misma area, inicialmente ambos realizabamos las mismas funciones administrativas sin problema alguno pero des hace poco mas de 2 años nos asignaron a ambos funciones de campo donde las condiciones son distintas los turnos son rotativos 3 c/u de 8 horas, de 00:00 horas a 08:00 horas; de 08:00 horas a 16:00 horas y de 16:00 horas a 24:00 horas, aactualmente tenemos un bebe de 1 año y esta situacion nos esta afectando como familia y a nuestro menor hijos toda vez que los turnos que tenemos son diferentes incluso nuestro unico dia de descanso semanal no nos hacen coincidir lo q conlleva q no podamos estar juntos en familia ni siquiera el dia de nuestro descanso semanal el cual son programados un dia de semana ejm. yo un lunes mi esposa un martes, toda esta situacion nos viene trayendo problemas de salud emocional angustia, stres hemos pasado por el psicologo y psiquitra y determina que efectivamente nuestras jornada viene afectando la undiad familia y nuestra salud, al respecto si podria orientarme como plantearlo a mi empleador mediante una carta para que se nos cambie de area o de funciones de modo que nos permita terner turnos iguales y poder tener vida familia y darle calidad de vida a nuestra menor hijo, ambos somos profesionales y se que es posible… gracias por su apoyo… saludos.
lenner
Hola Lenner.
Artc 34.
Lo primero decirte que deberiais buscar en el convenio de aplicacion algo al respecto en cuanto a conciliacion de la vida laboral y familiar.
El Estatuto establece :
A tal fin, se promoverá la utilización de la jornada continuada, el horario flexible u otros modos de organización del tiempo de trabajo y de los descansos que permitan la mayor compatibilidad entre el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores y la mejora de la productividad en las empresas.
Como ves es algo general pero habria que negociar con la empresa, dada vuestra situacion
Ana Sanchez
Estimado:
junto con saludarle, tengo la siguiente inquietud…llevo 9 meses haciendo el mismo turno..de mañana,trabajo en supermercado y quisiera saber si es derecho otorgado y hacer que me respeten el horario en caso de que me lo quieren cambiar.
Saludos cordiales.
lizette navarro
Hola Lizette.
Tendrías que mirar si en tu contrato establece el horario de mañana.Y mirar lo que establece el convenio al respecto.
El horario se puede modificar, por razones que sean objetivas y si no estas de acuerdo puedes rescindir el contrato con la indemnización marcada en el estatuto por modificación sustancial de condiciones objetivas.
Ana Sanchez
yo trabajo en un hogar de la tercera edad mi contrato es en las noches noche pormedio pero como no completamos las 192 horas mensuales no ponen a hacer 12 horas mas en turnos como hago la noche y continuo la mañana hasta las 2 pm esto es legal o esta mal y no son remuneradas garcias
aida sanchez
No puedes trabajar mas de doce hora diarias en turno normal y 8 en turno de noche, segun estatuto
Mira en el convenio que establece al respecto.
Respecto a las horas es la empresa la que cumpliendo con los descansos que establece la ley debe de proporcionarte un calendario que se ajuste a la jornada pactada
Ana Sanchez
Hola,tengo un contrato de ayudante de mantenimiento en hosteleria en barcelona,me gustaria saber si puedo hacer turno de noche, y si debo hacerlo,puedo estar solo ya que no hay nadie mas de mi seccion de mantenimiento,es decir estoy absolutamente solo y me obligan ha hacer el turno de noche.Un saludo .Gracias
Edu Tabera
Hay que cumplir con una vigilancia a la salud especifica, una retribución especial, mira que dice el convenio sobre esta cuestión, mira también la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, quizás te aclare, el ET no lo prohíbe.
Ana Sanchez
Trabajo en un call center el turno de tarde y tengo un hijo en edad escolar al que prácticamente no veo,pero la empresa no contempla en ningún caso el cambio de turno a la mañana,cuando sin embargo constantemente contratan a gente de una bolsa de trabajo interna para trabajar para ese turno de mañana…De hecho cuando solicitan cambios puntuales al turno de mañana por necesidades de la linea,me ofrezco voluntaria para ir,pero no me tienen en cuenta y se lo ofrecen a gente que no quiere ir…qué puedo hacer??
maria
Hola Maria.
Dudas de la edad escolar del hijo.
Te lo comento porque si es menor de de 8 años en caso de reduccion de jornada puedes elegir turno.
en caso de no exisitir reduccion de jornada, no establece el estatuto que puedas elegir jornada.
No obstante habria una oportunidad legal de solicitarla justificandonos en conciliacion de vida laboral y familiar y principio de no discriminacion o de preferencia en personas con mas antiguedad.
Seria preciso negociar y en su caso intentar una reclamacion
Ana Sanchez
Buenas noches. Somos un grupo de trabajadores de sevicios sociales y nuestro horario es de 23:00 a 7:00 siempre. No rotamos. No tenemos convenio colectivo ya que la patronal lo tiene bloqueado, así que nos debemos regir por el estatuto de los trabajadores. La cuestión es que sólo tenemos seis festivos al año por nocturnidad y nos parece un abuso. ¿No hay nada legal que nos ampare para aumentar el número de estos festivos?. Muchas gracias de antemano.
Francisco
Hola Francisco.
Cuando excepcionalmente por razones tecnicas, organizativas, no pueda disfrutarse el dia de fiesta, la empresa debe alternativamente:
-permitir un descanso compensatorio
-abonar el importe de las horas trabajadas incrementadas en un 75%
Ana Sanchez
Hola:
Trabajo a turnos 2 mañanas, dos tardes, dos noches y tres descansos. El viernes día 22 hago mi última noche entrando a las 23h.00′ y saliendo a las 07h.00′ ya dentro del sábado día 23.
Tendo una boda el día 23 a 80 km de mi domicilio y mi lugar de trabajo, y al ser de un familiar directo (hermano), el convenio pone que tengo un día natural. Mi pregunta es ¿ podría ir a trabajar de 23h.00′ a 00h.00′ el viernes y luego descansar las otras 7 horas? La boda es por la mañana, por lo que prácticamente no tendría tiempo de llegar y además lo haría sin dormir. Mi empresa dice que el día de la boda es sábado y que mi último día de trabajo es el viernes (aunque mi jornada se cumpla 7/8 reales dentro del sábado), por lo que no puedo coger día natural el viernes.
Aunque poco lógico creo que es legal, ¿me podéis confirmar?
Gracias.
Jack
Hola Jack.
Tendria que ver tu convenio y por razones de tiempo ahora mismo no podemos entrar en estos terminos. REspondemos por el momento a cuestiones del estatuto. Gracias
Ana Sanchez
Hola. No se sí me podréis ayudar.Resulta que trabajo como camarera en un hotel a 20 horas semanales a turnos rotativos. Estoy a punto de acabar la carrera y voy a comenzar en breve a realizar unas prácticas de empresa y el horario va a ser siempre de mañanas. Mi pregunta es si existe alguna posibilidad de que yo pueda «exigir» durante esos meses que duren mis prácticas ir al trabajo en turno de tardes,como pasa cuando tengo un examen que teng derecho a examinarme.Muchas gracias.
Patri
El ET, dice que tienes un derecho preferente a adecuar los turnos, el empresario deberá posibilitar al máximo este derecho, salvo que haya exigencias organizativas que lo impidan.
Un saludo
jorge
Hola
¿Es legal trabajar solo de noche? Me refiero a estar solo. Sin ninguna compañía.
Gracias
Peterman
En principio, por regla general es legal, hay que cumplir con una vigilancia a la salud especifica, una retribución especial, etc, desconozco tu sector y convenio, mira que dice sobre esta cuestión, mira también la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo, quizás te aclare, el ET no lo prohíbe.
Un saludo
jorge
Informacion todo sobre estas situaciones y es Articulado que hacen referencia trabajo a turnos y referente a Seguridad Privada
un saludo
gracias
Juan
Muy buenas!
A ver si me podeis ayudar. Yo soy un trabajador de oficina, que debido a una necesidad de la empresa, me van a hacer trabajar de noche durante mas de 40 horas semanales, de domingo a viernes en turnos de 7 horas. Nada cambia en mi contrato y no voy a rotar de turno. Estare solo en la empresa durante mi turno. Me gustaria saber si se incumple algun requisito, ademas del 2 que habla de la retribucion. Muchas gracias de antemano
Edu
Sobre todo, además de una retribución especifica, determinada en convenio colectivo, una especial vigilancia a la salud, que el empresario deberá garantizar, teniendo derecho, el trabajador/a, a solicitar cambiar a turno de día, si se ve afectada su salud por esta causa. Mas allá de esto, lo que disponga al respecto tu convenio de aplicación.
Un saludo
jorge
hola buenas , queria consultarle una duda que tengo , mi esposa y yo trabajamos en una empresa publica a tiempo completo y contratos indefinidos , los dos tenemos turno de tarde asignado por la empresa ( el turno de mañana es por antiguedad ) , tenemos una niña de 3 años de edad , me gustaria saber si tenemos derecho alguno de los dos a que nos cambien al turno de mañana por concialicion familiar, ya que nuestro horario ( 15:00 – 22:30 ) no nos permite estar a ninguno de los dos con la niña en practicamente todo el dia , un saludo y gracias
jose
Solicitar a la empresa, un cambio de turno para cualquiera de los dos y poder conciliar vuestra vida laboral y familiar, en vuestro caso la empresa debería aceptar, pero el ET, ART, 34.8 vincula la duración y la distribución de la jornada al ejercer el derecho a la conciliación familiar, hay sentencias que desestiman solicitud de cambio de turno porque no se acompaña de reducción de jornada, en cualquier caso hay que intentarlo.
jorge
hola somos cinco trabajadores de unas istalaciones de un puerto deportivo.hay que cubrir turnos lo 365 dias del año cuatro de nosotros rotamos casi siempre tardes y noches y el otro siempre el mismo turno de mañana y libra un fin de semana si y otro uno de nosotros,hacemos cada 21 dias siete dias de noche asi sucesibamente y no nos pagan noctunidad y no lo impone el jefe.¿me puedo negar yo a hacer noches?muchas gracias
fenicio
esto no se puede responder aquí facilmente. no conozco tu contrato, no conozco tu convenio, no conozco las condiciones particulares de tu empresa, no conozco los contratos de los otros compañeros, y si la pregunta es ¿me puedo negar yo a hacer noches? pues no, con los datos que tengo, no te puedes negar.
Carlos Administrador
hola
trabajo de interino en un ayuntamiento (de barrendero)
el ritmo de trabajo es de trabajar cuatro dias y descansar dos
tenemos un mes de vacaciones en verano y una semana en navidad,noche vieja o reyes
(rotativas ,si este año te dan la semana de navidad ,el año proximo te toca la de nochevieja)el horario es de 5,30 de la madrugada hasta las doce del mediodia y los viernes que hacen mercadillo hacemos tres horas (que serian de restarle a cada dia trabajado media hora) no cogemos ningun puente.
lo cierto es que trabajando de esa manera no tenemos fiestas ,a no ser que te pille en los dias de descanso
me gustaria que alguien me dijera:ya que trabajamos domingos y festivos (que no se nos pagan)que compensacion en dias de descanso remunerados me pertenecerian al año
y si con ese horario tengo derecho a percibir el horario nocturno
sin mas y esperando pronta respuesta
reciban un cordial saludo
PD por favor envien tambien las respuestas a mi e-mail BORRADO POR EL ADMINISTRADOR.
jose antonio
tienes que tener un convenio que responde a todas tus preguntas. Ademas estas hablando de la administración pública, no me creo que no te pagan nocturnidad por ejemplo.
No respondemos a emails, ya solo faltaria. Esto es gratis ehhhh.
Carlos Administrador
Mi padre está en el hospital de otra comunidad autónoma. Ingresó un miércoles y yo me cogí el jueves y el viernes. Me han dicho que ya he gastado los cuatro días( dos por ingreso y dos por desplazamiento) ya que sábado y domingo contarían.¿No puedo coger jueves y viernes y luego otros dos días la semana siguiente ya que el ingreso va para largo y los familiares nos tenemos que organizar para su cuidado? En mi convenio no está especificado nada así que supongo me rijo por el estatuto de los trabajadores. Gracias
irabe
lamentablemente creo que no puedes solicitar mas permisos retribuidos. Otra cosa es que te den permisos no retribuidos.
Carlos Administrador
hola:
podriamos reclamar en mi empresa un plus de peligrosidad/toxicidad sin tener ninugn comite ni delegados sindicales? y como?
saludos…
oscar
Si, primero mirar vuestro convenio de aplicación y en todo caso, poneros en manos de algún profesional (abogado o sindicato-gestoria).
Carlos Administrador
Hola, escribo para ver si me podeis resolver una duda que tengo, trabajo en el sector quimico de supervisor de producción. Trabajamos a 5º turno, es decir 6 dias laborables y 4 de descanso, excepto en el verano que anteriormente trabajabamos 6 dias y 2 de descanso para cubrir las vacaciones de cada uno de nosotros. El año pasado modificamos el calendario, unicamente en el periode veraniego, pasando de 6 dias ( 8hras) y 2 de descanso a trabajar 4 dias a 12 horas y 4 de descanso. Este cambio no implica ningun aumento de horas anuales ni una disminucion sino que queda igual de compensado. El problema radica en que 4 de nosotros queremos seguir con dicho calendario y 1 no quiere, y estamos en Febrero y aun no tenemos nada en claro, ya que la empresa tampoco se moja. Quien tiene la razon los 4 que si queremos el calendario o tenemos que estar todos de acuerdo? Muchas gracias
Ricardo Labajo Arias
Legalmente la jornada ordinaria puede ser aumentada hasta un máximo de 9 horas.
un saludo
jorge
Hola, trabajo como auxiliar de servicios para servisecuritas. LLevo casi 2 años y desde hace unos 6-7 meses trabajo en horario nocturno. Entre semana los turnos son de 8 horas pero los fines de semana son de 12 horas, al principio trabajaba sin problema las horas que fueran pero ahora me cuesta muchisimo hacer los turno de 12 horas ya que son 12h mas el tiempo que tarde en ir y venir del trabajo, mas el tiempo que tarde en prepararme todo lo que tengo que llevar al trabajo (uniforme limpio y comida, ya que alli al ser externos no podemos cojer comida y tampoco se puede comprar).
Mi duda es si para intentar que el turno de 12 horas se reduzca a 8 horas me puedo agarrar a la parte del articulo, «La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias.»
Un saludo y gracias.
Alex.
Alex
Yo creo que si, pero lo consultaria con mas detalle. Tu empresa creo que tiene convenio y habría que mirarlo con detalle. El estatuto te ayuda pero no resuelve tu problema. Habla con un sindicato o abogado.
Carlos Administrador
Yo trabajo como cubre turnos. Algunos días trabajo de tarde de 15:00 a 23:00, pero otros, según las necesidades del servicio, de 19:00 a 07:00, pero nunca los fines de semana. El resto de mis compañeros de noche, tienen siempre el horario de 12 horas, y siempre siguen la misma secuencia: trabajan lunes, martes, viernes, sábado y domingo una semana, y la siguiente, miércoles y jueves.
A lo que no consigo que la empresa me conteste es cuantos días seguidos puedo trabajar doce horas de noche.
Según entiendo:»La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días» Lo que necesito saber es, si ese promedio ha de cumplirse siempre, o con que esta quincena se incumpla, ya es suficiente. Por ejemplo yo en esta quincena, estoy trabajando 92 horas, pero la siguiente en principio trabajaré 76.
Yo lo que reclamo es no trabajar más de tres noches seguidas, al igual que mis compañeros.
Gracias.
María
La jornada ordinaria podrá aumentarse hasta un máximo de nueve horas y en los turnos no están permitidas las horas extraordinarias, otra cosa es la realidad cotidiana.
un saludo
jorge
Estoy en un departamento con distintos turnos y hace ya tiempo trajeron a mi sección a una persona de otro departamento que es más antigua que yo en la empresa. ¿Quién tiene derecho a elegir horario, la que es más antigua en la empresa o la más antigua en la sección?
Mar
El estatuto no resuelve la prioridad entre trabajadores para la elección de turno. A lo mejor tu convenio dice algo, o la empresa tiene una practica habitual a la que agarrarse. Puede haber otros factores, como conciliación de la vida familiar y laboral, o situaciones especiales de trabajadores.
La antiguedad da derechos en algunos aspectos legalmente, en otros los suele dar por la práctica y jurisprudencia.
Nos has mandado un mensaje privado preguntando ¿porque no te respondiamos? Voy a aprovechar para explicar a todos y todas los usuarios, que esta página esta para analizar y difundir el estatuto de los trabajadores. No puede responder a todo lo que afecta a las relaciones laborales, ni pretende sustituir a abogados laboralistas y sindicatos. Además es una página sin ánimo de lucro y que se mantiene voluntariamente por un par de asesores. Las preguntas que son consideradas como ajenas al estatuto o irrelevantes, se dejan pendientes, dando prioridad a las que tienen relación con el estatuto o con situaciones más graves.
Carlos Administrador
Mi duda es con respecto a los horarios de trabajo y a como se computan. Mi horario de trabajo es un poco complicado e intentaré explicarlo lo mejor posible. Yo trabajo de lunes a viernes de 8:00 a 14:00, luego cada quince días (un viernes si y un viernes no) trabajo de noche, de 22:00 a 5:00 de la madrugada. Y la semana que trabajo de noche voy dos tardes a la semana, de 16:30 a 19:00 y la semana que no me toca trabajar de noche voy tres tardes a la semana en el mismo horario más o menos. En total son 40 horas, pero mi duda es ¿si las horas que trabajo de noche se computan igual que el resto o se ha de compensar con descansos?en la nómina no hay ningún plús por el trabajo de noche. Muchas gracias por todo.
Ann
El trabajo nocturno debe retribuirse específicamente, del modo que se determine en la negociación colectiva, por tanto será el convenio colectivo por el que estas afectado en el contrato, que determinará, en su articulo de nocturnidad, si es compensado con descansos o se establece un plus nocturno, la cuantía de estos, en muchos convenios, será la que negocien entre trabajadores y/o representantes con la empresa.
jorge
hola soy un trabajador nocturno quisiera saber que descanso tenemos en el turno y donde lo pone ejemplo salud laboral hay que descansar cada dos horas diez minutos ( para fumar o descansar la vista) aparte de los 20 minutos para tomar un bocadillo etc me gustaria saber si es asi en donde lo pone para ponerselo a mi jefe en la cara . gracias espero me responda en mi correo electronico gracias
manuel garcia
Me vas a perdonar pero no te vamos a responder a tu correo electronico, porque no lo hacemos ni contigo ni con nadie. Y porque para las soluciones personalizadas estan los servicios profesionales de abogados o sindicatos que cobran por su trabajo.
Dicho esto, lo que pone el estatuto de los trabajadores en su artículo 36 esta claro y sobre todo orienta a la negociación colectiva. Deberias mirar tu convenio de aplicación y seguro que hay se concreta mas las condiciones del trabajo nocturno.
Carlos Administrador
Hola, mi trabajo es por turnos, cumpliendo 39 horas semanales por convenio, a razón de trece horas por día. Una noche a la semana desde las 20:00 hasta las 9:00 del siguiente(13 horas), y sábados y domingos desde las 9:00, hasta las 22:00. La cuestión es la siguiente: El 25 de Diciembre de este año a caído en Domingo, pero el día festivo lo han pasado al 26 de Diciembre y la empresa le dará el día compensado por el trabajo realizado a aquellos que trabajan el 26. ¿Cómo es posible que yo trabaje el día festivo real (el 25) y se lo den a el que trabaja el día siguiente (el 26)? ¿Es legal?.
AGradecería que me indicasen algún texto al respecto si lo hay.
un saludo y gracias por anticipado.
Juan Jesús
Es muy delicada la pregunta. Pero a ciencia cierta, si el día 26 ha sido declarado oficialmente en tu provincia o comunidad como día festivo, ese día hay que compensarlo seguro. Y eso trae como consecuencia que tu domingo, a pesar de ser el 25 de diciembre es un domingo como otro cualquiera del año a efectos laborales.
No creo que haya otra posible lectura del caso que me indicas. Pero si tienes dudas consulta a un sindicato o abogado laboralista.
Carlos Administrador
Mi pregunta es: si mi empresa está subcontratada y la empresa principal le pide que cambie los turnos a los tabajadores, pasando a ser de mañana, tarde y noche cuando antes solo eran de mañana y tarde, y muy probablemente se incluirán sábados y domingos. ¿Qué obligaciones tiene mi empresa a la hora de formular el nuevo contrato?¿debe incluir, plus de turnicidad y nocturnidad?
yolanda
El estatuto establece que en convenio se mejore la retribución por la nocturnidad, no asi con la turnicidad. Pero puede ser que tu convenio lo haga, por lo que te dirijo a el para responder esta pregunta.
Esta pagina web, no va a responder a preguntas relacionadas con los contenidos de contratos entre empresas, porque ni es su cometido, ni puede entrar a valorar eso.
Lo siento. vuelvo a recordar que esta web no tiene ánimo de lucro y se mantiene por la publicidad y las donaciones de los usuarios, que agradecidos pulsan en el botón de donación y que solo responde de lo que afecta a la interpretación del estatuto de los trabajadores.
Carlos Administrador
En el caso de tener un turno rotatorio, mañanas, tardes y noches, al incorporarse de una baja, el día del alta cuadra tener por cartelera turno de noche, mi pregunta es: ¿la empresa puede solicitar al trabajador que se incorpore a las doce de la noche a su puesto de trabajo porque ya es el día siguiente al alta? El turno es de 22h a 08h por convenio, y la empresa dice que le corresponde trabajar de 22 a 00h al trabajador que sustituía la baja, y de 00h a 08h al que se incorpora de la baja. ¿Es esto así?
Gracias.
Eva
Esta pregunta es de examen juridico y no la resuelve el estatuto de los trabajadores, por lo que solo voy a apuntar una idea. El día laboral desde la que se está de alta médica es el indicado por el parte de alta, pero cuando se trabaja de noche, a efectos de día laboral se considera el que mas horas tiene en la jornada, es decir, si se hacen dos horas en un día natural y ocho horas en otro día natural, el que se cuenta es el de mas horas, pero el turno es único. Yo creo, pero solo creo, porque habría que mirar jurisprudencia, que debería trabajar todo el turno el trabajador que esta de alta médica.
Carlos Administrador
Buenas, esta es una consulta para mi novio, comenzó a trabajar en una empresa hace un mes, su contrato pone que trabajara en turnos de tarde o de noche y lleva un mes trabajando de noche, es legal? no debería cambiar de turno cada 15 días?
Gracias
Isabel
Si en el contrato pone que trabajará de tarde o de noche, y esta trabajando de noche, se está cumpliendo el contrato.
Para que haya rotación, hay que estudiar el convenio de aplicación, el convenio de empresa si lo hubiera y la práctica habitual en calendario de la empresa.
Pero en principio, con los datos que hay, no hay nada irregular.
Carlos Administrador
Soy un trabajador de caracter indefinido y a tiempo completo,mi duda es la siguiente…
La empresa permite hacer el cuadrante de turnos a otro trabajador como yo,pero se lo permiten por cobrar un plus de responsable del equipo y por ser miembro del comite de empresa,somos cuatro fijos y un exporadico.
La cuestion es que ponen los turnos que quiere este trabajador…,este ha convencido a los otros y les ha firmado los turnos de aqui a final del año.Yo no estoy confome ya que no han contado conmigo para hacer este cuadrante y es abusibo y arbitrario ya que me obligan a trabajar muchos dias sin descanso alguno y sin forma alguna ni logica.
La empresa se ampara en que son mayoria y no hace nada al respecto…,es mecesario que denuncie?
Muchas gracias.
Ricardo
Si es como cuentas, es muy grave, y creo que deberías denunciar. Acercate a un abogado laboralista o a un sindicato diferente al que pertenece ese delegado y denuncia lo que te pasa.
Carlos Administrador
Mi contrato es de turno fijo de noche (22:00-08:00h). Ahora nos están haciendo un curso de formación que empieza a las 13:30h y la empresa lo considera obligatorio y necesario. Considero que se tendrían que respetar mis 8 horas de sueño el problema es que la empresa no, evidentemente. ¿Hay algún artículo en el Estatuto que hable de esto?
maria
Articulo 34, apartado 3. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas.
Creo que esta claro ¿no?
Carlos Administrador
Pero habla de formación no de otra jornada laboral. O la consideración a todos los efectos es la misma? Gracias
Elisabeth
Trabajo por las noches 6 días a la semana de vigilancia nocturna y la empresa me tiene dada de alta como limpiadora y no dada de alta como trabajador nocturno trabajo festivos tb abría alguna multa para esta empresa?
Yesi
nos ponen un horario rotativo y dias de libranza alternativas.mi mujer trabaja en el mismo departamento y en la misma seccion.¿NOS DEBEN DE RESPETAR LOS HORARIOS Y LIBRANZAS.trabajamos para la administracion.gracias
delfin jimenez
El estatuto de los trabajadores, prevee derechos individuales y derechos colectivos, pero no aparece el derecho familiar, más alla del derecho individual a la conciliación de la vida familiar y laboral. Es muy complejo lo que me preguntas y solo me ocurre abrir una negociación que permita resolver el problema que planteas. Yo recurriría a un abogado o sindicato para tratar el asunto.
Suerte en todo caso.
Carlos Administrador
buenas en la en presa donde trabaja mihijo con una minusvalia del 66% la en presa eulen a sancinado x que seleolvido acer unas papeleras y pasar con la mopa y fregar pues seve que la en cargada leacojido mania amihijo con 2 dias 20 y 21 d dicienbre selo dieron por escrito el dia 16,12,011y puso no con forme y luego la en presa le manda un burofax el 21,12,011 diciendole que esta sancionado con 2 dias de susupension y en pleo y sueldo 2 dias 26y 27 d dicienbre bale esto esto eslegal lo puede acer mihijo tiene uncontrato de minusbalido el certificado d minusbalia x intelijencia limitada y discspacidad del sistema auditivo x perdida neurosensorrial de oido podemos poner una de nuncia ante la hispecion de trabajo o de mandar ala en presa x la sancion de los 4 dias lemandamos ala en presa un escrito diciendo que haviendo presentado esteescrito en en cual le recuerdo que ya cunpli la sancion inpuesta x la en presa los dias 20 y 21 d cicienbre 2011 retifiquen en sucomunicacion por burofax y den x cunplidoa la sancion impuesta x la en presa los dias 26 y 27 de dicienbre del 2011 sele manda x fax ala en presa bale an dia 23d dicienbre viene la en ccargada y madice de palabra que son 2 cartas diferentes que ago que puedo acer pon go una de manda en majistratura o una denuncia al hispector de trabajo x discriminacion llebo en la en presa casi un año lo are en en enero 2012 el contrato que tengo esindifinido de minusbalido gracias unsaludo julian
julian
Evidentemente vete inmediatamente a un abogado laboralista o sindicato pero creo que deberias mandar.
Por otro lado, ruego que no se utilice lenguaje sms en estas consultas porque es una locura leerlo y entenderlo.
Carlos Administrador
Hola quería hacer una consulta si mi jornada laboral empieza a las 17 horas y termina a las 7 de la mañana del siguiente día quería saber si me pertenece la nocturnidad por que hace mas de 4 meses que trabajo y no me pagan nocturnidad trabajo en seguridad
Gustavo