Artículo 35. Horas extraordinarias.
1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
2. El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3 de este artículo. Para los trabajadores que por la modalidad o duración de su contrato realizasen una jornada en cómputo anual inferior a la jornada general en la empresa, el número máximo anual de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que exista entre tales jornadas.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, no se computarán las horas extraordinarias que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales, para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en paro forzoso.
3. No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias.
4. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, dentro de los límites del apartado 2 de este articulo.
5. A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.
53 pensamientos en “A35 Horas extraordinarias”
Soy trabajador de una ETT, la empresa usuaria en la cual trabajo tiene firmado un calendario laboral en el cual hay dos festivos que se trabajan.
Si tengo que trabajar, como me tienen que pagar esas horas, como normales, como extras festivas , como?.
Laura Revuelta Seaz
Horas extras de compensación con descansos e IT.
La cosa es que tenía 50 h. a disfrutar en descanso a mediados de 2019 y he estado en una IT hasta ahora. ¿Puedo disfrutar de dichas horas que me deben?
Gracias
Ignacio Elorriaga
Tengo 55 horas extras trabajadas y quiero cogerlas como descanso .creo que son 7 días se comptabiliza el sábado y domingo?
Mohamed
Hola he estado trabajando en el muelle de las palmas de gran canaria en la reparación de barcos un trabajo bastante duro y peligroso y si acordamos con el jefe hacer dos horas extras todos los días pero se suponen que son voluntarias pero es que no son dos son cuatro la mayoría de las veces incluido sábado de 8 a 13 o a 17 días de fiesta según vean ellos porque tampoco te lo dicen o avisan con antelación y además con malas maneras y cállate la boca porque si no ya ahi esta la puerta es lo que te dicen creo que no es legal pero esta vez no me han llamado por no hacer las 4 horas estas todos los días porque además no podia porque tengo una familia a la que me debo¿ Que puedo hacer? Muchas gracias
sixto
BUENAS TARDES MI CONTRATO ES DE 8H INDEFINIDO ME GUSTARIA SABER SI LAS HORAS EXTRAS SON ACUMULABLES POREJEMPLO HOY HAGO 2 HORAS Y MAÑANA HAGO 6 HORAS
lo que hace el dueño me quita las 2 horas y lo pone para el día siguiente que hice 6 horas
ESTO ES CIERTO O NO GRACIAS
MICLE
Hola buenos días trabajo como auxiliar y realizo 200 horas nocturnas, el horario es de 10 a 6 y los dias festivos se trabajan 12h esto es legal? se basan en 162 horas y el resto es extra, son turnos rotativos. Tengo entendido que el cómputo anual no puede superar las 80 horas anuales y supuestamente las horas extras nocturnas están prohibidas. No obstante llevó un año haciendo este tipo de horario aproximadamente… alguien me puede asesorar un poco mas sobre esto?
Eduardo
Hola mi jornada de trabajo acaba a las 21:45 Pero todos los días salimos 22:30, y esas horas no son recompensados d ninguna manera, estoy obligada a echar las? Todos mis compañeros se quedan por miedos a represalias.
Gracias
Serari53
Buenas tardes.
Mi nombre es José y mi duda y mi pregunta es, si en la empresa en la q trabajo tenemos un calendario firmado,nos dicen de realizar horas extras pero no estamos de acuerdo con las condiciones q nos ofrecen y al final sin llegar a ningún acuerdo nos terminan imponiendo esas horas con un 80% de la plantilla, estamos obligados a ir para cumplir sus pretensiones si nos lo imponen y no queremos ir?
Fco José Villarejo Ropero
Hola buenas noches trabajo en una federación deportiva de lunes a viernes en horario de 9 a 2 y de 4 a 7, es decir 40 horas semanales hasta ahi todo correcto.
Pero luego resulta que trabajo los fines de semana con un teléfono de guardia desde las 19.00 horas del viernes hasta el lunes por la mañana que vuelvo a entrar a la oficina, además por si fuera poco, me «obligan» entre comillas claro sino me echan a trabajar desde casa actualizando la web, Campeonatos, Actividades u otras cosas que se realicen. Eso es una media de 2 o 3 horas más los fines de semana trabajando con web y redes sociales.
El problema que tal y como está el trabajo siendo una empresa con pocos trabajadores en la que enseguida te señalarían no puedo hacer nada. Tengo contrato fijo y llevo 12 años en la empresa.
Mi pregunta se puede hacer algo………………….
Joaquín
Hola. Mi convenio no recoge que me puedan compensar las horas extras con las vacaciones. Me tomé un día de vacaciones de los 3 que me corresponden y ahora dicen que lo van a descontar de horas extras. Es decir 1 día son 8 horas, y me deben 20horas me pagan 12. Esto es legal?
Convenio del metal de castellon
Manolo García
Hola soy chofer de Taxista mi contrato es de 40 horas semanales. Yo trabajo de 18:00 a 06:00 de la mañana cada día..así llevo desde el día 10 de mayo que empecé a trabajar ..me dijo que ya lo arreglaríamos y a fecha de hoy no me ha pagado las horas extras..ni plus de nocturnidad.NADA… YO NO TENGO BUENA RELACION CON EL ENCARGADO Y ME A DICHO QUE SI NO ESTOY COMODO ya se donde esta la puerta..o esto o el paro…pero no quiero firmar nada porque pierdo casi 400 horas extras k me debe..que debo hacer?? De hecho me despidió porque me ingresaron unos en el hospital y..como excusa puso QUE NO HABIA SUPERADO EL PERIODO DE PRUEBA..Y ME DAN EL ALTA Y NO SOLO ME CONTRATA DE NUEVO..SINO QUE ME HACE UN CONTRATO INDEFINIDO y si yo le demando en Magistratura tengo las de ganar…???
Le puedo reclamar algo???
Jorge Bernabeu
Hola. Yo estuve así y al final del contrato me fui a ccoo como afiliado y el abogado les reclamo hasta la ultima hora extra, incluso la nocturnidad. En 48 horas tenía ingresado el dinero. Si no reclamas te la meten.
Manolo García
Hola, quisiera hacerle una pregunta sobre las horas que constituyen la jornada laboral en oficina de farmacia. En convenio colectivo indica 1783 horas anuales pero no especifica semanales. ¿Como puedo saberlo? ya que si distribuyo esas horas anuales por semanas, me darían 34 h semanales, algo que no coincide con la realidad.
Gracias
Donabel
Buenas noches.
Trabajo en un hotel balneario que se rige por el convenio de hosteleria de Soria. Se nos obliga a hacer horas extraordinarias sin previo aviso, y las compensaciones a esas horas son avisadas a los empleados también de un día para otro, modificando continuamente las jornadas de trabajo con las horas extras, porque hay clientes, y las compensaciones mandandote a casa cuando no hay clientes. Así es como hacen las compensaciones. Esto sucede alrededor de cuatro dias por semana, sin tener nunca un horario fijo ni una jornada fija de horas. Además varios empleados tienen que desplazarse decenas de km para ir a trabajar, sin poder hacer una previsión de su tiempo libre hasta última hora de la tarde para el dia siguiente. A mí, en concreto, de cinco días, ya me han cambiado mi horario y mi jornada tres de ellos. Hoy a las siete y media de la tarde me han comunicado que mañana tengo que entrar a las tres de la tarde, cuando mi hora de entrada es a las diez de la mañana. El motivo es que me tengo las horas en positivo.
Considero que es un abuso querer disponer de la vida de los trabajadores en funcion de si hay clientes o no. Un dia y otro tb…
Gracias. Un saludo
Ratona
Hola, quería hacer una consulta. Estoy con jornada reducida por cuidado de menor (mi contrato habitual era de 8 horas de lunes a viernes). Ahora me dicen que por ley no puedo hacer horas extras. He leído que es verdad, pero me han dicho que los sábados las podría hacer ya que no se realizan en mi jornada habitual que es de lunes a viernes. Alguien sabría decirme algo? Mi convenio es el de consultoria. Muchas gracias
PATRICIA
Hola, estoy en la misma situación que tú, y te confirmo que los sábados o festivos las podemos hacer (tengo el mismo convenio), pero hasta ahora las podía cobrar cómo extraordinarias, sin embargo, ahora me han dicho que si no tengo una jornada completa de 8h no las puedo cobrar, sino que sería sólo a compensar. no és justo!!
Lidia
es la ley la que marca que se tienen que compensar, según indican para distribuir mejor el trabajo, por lo que un trabajador no puede intentar ganar un plus haciendo horas extras, ya que los empresario no les permiten hacer horas extras a no ser que sea por fuerza mayor
estefania
Buenos días…mi empresa me quiere dar días de descanso por las horas extras trabajadas podría saber la equivalencia de horas extras días de descanso….gracias
Juan jose
Hola!! Mi duda es la siguiente. Trabajo bajo el convenio de ocio y tiempo libre. Mi contrato es de lunes a viernes. Puntualmente hacemos una salida de fin de semana des del sábado a las 09h hasta el domingo a las 17h lo que suman 32 horas en total repartidas así: 13 horas en sábado.
8 horas nocturnas
11 horas en domingo.
Mi pregunta es: ¿a cuantas horas equivalen estas 32 horas?
Es decir, las ocho horas que hago nocturnas pueden compensarse con una jornada laboral normal de un martes, por ejemplo? o nos corresponden más horas?
En el convenio no se especifica nada parecido.
Gracias de antemano.
Sara
se puede despedir a varios trabajadores a tiempo parcial mientras el resto de la empresa echa horas extras
alberto perez escaich
Que cantidad debo pagar a la cuidadora de mi madre por 4,5 horas trabajadas en el dia de Reyes
Maribel
Que cantidad debo pagar a la cuidadora de mi madre por 4,5 horas trabajadas en el dia de Reyes
Maribel
Hola,tengo contrato de 20 horas semanales de lunes a sábado y los domingos que trabajemos se pagan aparte.
¿Si en una semana echo 46 horas en lugar de 20 horas, la empresa debe de abonarmelas económicamente o puede darme días libres?
Muchas gracias.
Juan
Buenos días,
Tenía una pregunta a ver si alguien me lo sabe aclarar. Cuando se realizan horas extra y está pactado que se compensarán por días libres ¿quién fija qué días serán?¿puede imponer el jefe cuando serán esos días de compensación de forma unilateral?
Gracias de antemano
Eva
Hola en la empresa que trabajo hay dias que mi jefe no me llama dice que no hay trabajo, pero ahora dice que le debo muchas horas y me dio las vacaciones y quiere que le compense las horas durante el periodo de vacaciones.
Es legal que compense las horas? no es mi culpa es porque el no tiene trabajo gracias
Edgardo
hola mi empresa intenta reducir nuestra jornada laboral(40 horas semanales) para que al mes siguiente se las devamos, para asi no pagar las horas exrtras . Pero las horas que no hechamos las tenemos que hechar por notivos de produccion. Esto es legal
daw
Hola,quería preguntar hasta que fecha tiene na empresa para abonar las horas extras,he leído en el ET en el artículo 35 que tiene 4 meses para compensar en tiempo pero para abonar en dinero no específica ninguna fecha.
Muchas gracias de antemano
Eduardo
Tengo un contrato de trabajo de lunes a domingo con horario de lunes a viernes de 7 horas y sábado de 5. A veces por necesidad del empresario tengo que trabajar más horas el sábado y también el domingo. Quisiera saber si las horas extras que hago el domingo me las computan como extras normales o son diferentes ya que no las pagan
Palmira_ayensa@hotmail.com
en hosteleria se puede acumular dias libres y horas extras para disfrutarlos en la finalizacion del contrato y en consecuencia alargar el contrato?.
muchas gracias y un saludo
enrique
Buenas tardes, ¿Hay alguna sección en el ET en que se especifique la compensación o remuneración por trabajo realizado en días festivos? ¿y en días y horario de cierre del centro de trabajo? Mi convenio es el de centros educativos de formacion no reglada y yo soy personal no docente. Una de mis responsabilidades es atender un teléfono de emergencia cuando el campus está cerrado, lo cual incluye fines de semana, festivos y Navidad y Seamana Santa. Agradecería un poco de orientación sobre a qué agarrarme para pedir ese tipo de compensanción. Gracias. Un saludo
Silvia
Buenas tardes,
Trabajo como cuidadora de una escuela infantil pública de la Junta de Andalucia perteneciente a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, mi trabajo se rige al VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de And. El director del centro me ha propuesto mi colaboracion durante mis vacaciones de navidades a ir al centro escolar a revisar unas obras que se están llevando a cabo en una de las aulas. Durante este periodo en el centro se encuentra una empresa privada de ludoteca que se hace cargo del cuidado de los menores que en estos días requieren del cuidado de otros profesionales agenos a mi. Al regresar de las vacaciones mi director me ha compensado con un día de vacaciones por haber ido al centro y ello a provocado un desacuerdo con el resto de los trabajadores que opinan que al no tratarse de las funciones de un cuidador no es legal que se me conceda un día de permiso. Mi pregunta seria, es realmente legal lo que se me concede???? Ha quienes podrían recurrir para que se me denegara ese permiso?
Un saludo.
MARIA
Estoy trabajando en un restaurante desde 2007 con contrato indefinido y la jornada de 40 horas semanales pero en la realidad al empesar a trabajar en este restaurante el jefe me ha entregado el orario que tengo que cumplir donde resulan 60 horas semanales.En ningun momento no me ha pagado ninguna de las horas que he echo por encima de mis 40 horas pactadas en el contrato de trabajo .Es un incumplimiento grave de parte de mi jefe ? Puedo reclamar las horas y pedir la extincion de contrato por el impago de las horas extras?Gracias!
Elena
Hola, trabajo en una autoescuela, cada dia de lunes a viernes trabajo 8 horas y 15 minutos por lo que a la semana haria 41 horas y 15 minutos. En mi contrato especifica que mi jornada laboral seria de 40 horas semanales de lunes a viernes, esa hora y 15 minutos que hago mas semanalmente se consideraria hora extra?
Mi otra duda es que algunos sabados trabajamos y nos la pagan como horas extras, pero los domingos que trabajamos… nos lo tienen que pagar igual que un sabado o a mayor precio? En mi convenio no lo especifican. Gracias de antemano por contestar y gracias por ayudarnos a tanta gente perdida en este mundo tan injusto donde la gente se aprovecha de nosotros de una manera muy sorprendente.
eva
Hola Eva.
En el Estatuto se establecen 40 horas semanales y en tu convenio tambien , por lo tanto jornada ordinaria, 40 horas
Respecto de las horas de mas, mira que establece tu convenio sobre las horas extras.
Si en tu contrato pone que trabajas de lunes a viernes , como es que trabajas los domingos? En caso de situaciones extraordinarias, que entiendo que no lo son estarias a lo regulado en tu convenio.
En algunos convenios establecen domingos y festivos a mayor precio y establecen compensaciones.
Ana Sanchez
Hola, gracias por contestar. En mi contrato pone de lunes a viernes pero trabajamos algunos sabados y domingos cuando se hacen cursos especiales para la gente que entre seman trabaja y solo pueden hacerlo los fines de semana. Los sabados me pagan la hora según lo dispuesto, pero los domingos me han dicho que me lo deberian de pagar al doble que los sabados, y no se si es así o no porque en mi convenio no pone nada al resptecto.
eva
Si en tu convenio no establece nada y en tu contrato pone que tu trabajo es de lunes a viernes, no deberian de realizar esos cursos los sabados y domingos con caracter obligatorio. De nuevo te recomiendo negociacion, Si te interesa el curso, mitad de tiempo que lo ponga la empresa y mitad tu en todo caso, aunque deberian de hacerlo dentro del horario de trabajo y si no es asi ser de caracter voluntario y compensarlo
Ana Sanchez
Buenas tardes.
Veran el motivo de mi contacto es por que en mi trabajo se da una situación que no sabemos con exactitud donde encajarla.
Por los horarios nosotros de carácter habitual no excedemos las 1800 horas anuales, quitandole ya el periodo vacacional correspondiente. No obstante nosotros tenemos un turno adicional que es de guardia, por si el compañero que esta de turno, se pone malo o no puede asistir por lo que sea.
El problema viene ahí, que cada vez que un compañero falta o se pone malo, el que este de guardia tiene que cubrir ese turno generando por consiguiente un excedente de horas al final del año.
Este excedente, por la definición de horas extras no estaría recogido ahí, pero donde estaría ??
javier
Hola Javier.
Dada la situación actual de desempleo, normalmente los convenios no permiten la realización de horas extras salvo fuerza mayor, por lo tanto la empresa tiene que procurar sustituir al trabajador enfermo por otra persona sin incrementar vuestra jornada laboral.
No obstante si tu convenio no establece nada al respecto el estatuto establece:
Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
Ana Sanchez
Hola Carlos,
Mi contrato laboral establece por convenio 1792 horas de trabajo anual y 40 horas semanales de trabajo. Para el cómputo de horas extraordinarias, utilizan un cálculo semanal, pero me dicen que sólo se consideran horas extras las que superan 40 horas semanales, y si hay un festivo de por medio y tuviese que realizar solo 32, por ejemplo, si hago 33, esa hora no me la pagan como extraordinaria, pero eso superaria, a final de año las 1792. Se que esto cae de cajon, pero se empeñan en no pagarlas. como el estatuto es bastante ambiguo con esto, como podría demostrarse q eso sí son horas extra? gracias
Mariana Fernández
El convenio de aplicación es el que mejor te va a ayudar. En todo caso, concentrate en desmostrarlo con un ejemplo real si se puede sumando las horas efectivas trabajadas en un año completo con el supuesto que ellos dicen.
De todas maneras es muy torticero el argumento de tu empresa, las 40 horas semanales, se entienden que se realizan en una semana de trabajo normal, sin festivos.
Carlos Administrador
Mi contrato es de 39.50, comercio del metal Cádiz, estable convenio 1800 anuales. Si trabajo 39.50 cada semana pero el día 24 de diciembre, cierra el local a las13.00 horas. Esa semana no puedo trabajar las 39.50. ¿ tengo que recuperar esas horas otro día?
Porque esto succede el día 24, el día 31 y los días de feria. Tengo que recuperarlos en el caso de no legal a las 1800 horas anuales??
Consuelo
hola buenas, tengo un contrato de trabajo con jornada de lunes a domingo hay semanas que hacemos 80 o 90 horas a la semana de lunes a domingo si yo ya he efectuado las 40 horas semanales el viernes y ya llevo algunas extras las de sabado y domingo me las deberian de pagar mas caras que las de entre semana como dice el convenio? o al tener en el contrato la jornada de lunes a domingo son todas al mismo precio?
y por otro lado me pueden hacer trabajar todos los sabados y domingos del mes y librar siempre entre semana?
rafa
Hay convenios como hostelería, que por sus condiciones especificas, contemplan el descanso semanal entresemana, pero si hay personal que libra sábado y/0 domingo debe hacerse de forma rotatoria, sobre los convenios no podemos responder, pero si lo has consultado así será.
jorge
Me pueden decir cuanto sale una hora extraordinaria en el convenio de Parking en Andalucía, o donde lo puedo buscar
francisco jose
no, no te lo podemos decir porque esta pagina no puede responder sobre los salarios de todos los trabajadores de españa.
mira en el convenio que indicas, ahi lo suele poner…
Carlos Administrador
Hola soy camionero en Sevilla. No tenemos convenio interno, sólo el provincial.Mi pregunta es si mi jefe puedo compensarme todas las horas extras que hago.Un abogado me había dicho que todas las horas que pasen de ocho diarias me las tienen que pagar, ¿es cierto eso?
Antonio
las horas extraordinarias es obligatorio abonarlas. y se consideran horas extraordinarias, aquellas horas que superan la jornada laboral establecida en calendario.
Carlos Administrador
¿hola queria saber si puedo encontrar algun sitio donde se indique la cuantia que se debe de abonar por Hora extraordinaria de un vigilante de seguridad, ya que el presente convenio de seguridad privada nos redirige al articulo 41 de dicho convenio colectivo y desde este a su vez nos redirige al articulo 35 del estatuto ger¡neral de los trabajadores, o en su defecto alguna forma de calcular lo que debe de cobrar por hora extraordinaria un Vigilante de seguridad.
Gracias
oscar
no damos porque no podemos abarcar, servicio de atención a convenios. Debes investigar mas, lo siento.
Carlos Administrador
Mi empresa me pide que por la noche cuando cierre, la tienda, (en el turno de tarde ) que el dinero en efectivo lo ingrese por la mañana en un número de cuenta que nos han proporcionado , todos los días, en mi tiempo libre, hay gente de la empresa que ha comenzado a hacerlo, pero está fuera de jornada y además que responsabilidad tenemos de ese dinero?Nos lo han comunicado por telefono, como una nueva orden.
Yolanda
al margen de como te hayan dado la orden, conviene aclarar lo que dice el convenio al respecto.
Carlos Administrador
Quisiera saber que retribucion en tiempo libre me deben de dar por realizar trabajos sabados y domingos.
Gracias
cesar
eso hay que mirarlo en el convenio de aplicación.
Carlos Administrador